Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.





El Consejo de Ministros, en su reunión de 23 de mayo de 2014, ha adoptado el Acuerdo por el por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.






Orden del día 23 junio 2014

El Consejo de Ministros, en su reunión de 23 de mayo de 2014, ha adoptado el Acuerdo por el por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone, en su artículo 26, que los Acuerdos del Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado acuerdo, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 2 de junio de 2014.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO

Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en el apartado 3 de su artículo 3, determina que estas enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las Universidades, con sujeción a las normas y condiciones que les sean de aplicación en cada caso. Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

Por otra parte, de acuerdo con las previsiones contenidas en la disposición adicional sexta del referido Real Decreto, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la referida Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el reconocimiento a efectos civiles de los estudios universitarios de ciencias no eclesiásticas, realizados en las Universidades de la Iglesia Católica establecidas en España con anterioridad al Acuerdo de 3 de enero de 1979 sobre enseñanza y asuntos culturales, suscrito entre el Estado Español y la Santa Sede en virtud de lo establecido en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español de 5 de abril de 1962, mantienen sus procedimientos especiales en tanto en cuanto no opten por transformarse en Universidades privadas. No obstante, a los efectos de hacer efectivos dichos procedimientos, los planes de estudios también habrán de ser verificados con arreglo a las condiciones establecidas en el referido Real Decreto.

En virtud de lo anterior, determinadas Universidades, tanto del ámbito civil como del ámbito de la Iglesia Católica, han elaborado los planes de estudios de enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Máster. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y, salvo en los casos de los correspondientes a las Universidades de la Iglesia Católica, que no lo precisan, autorización para su implantación de la correspondiente Comunidad Autónoma.

Acreditadas tanto las verificaciones positivas de los planes de estudios por el Consejo de Universidades como, en su caso, las autorizaciones de su Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 26 del referido Real Decreto, procede elevar a Consejo de Ministros el Acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de mayo de 2014, acuerda:

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se declara el carácter oficial de los títulos de Máster que se relacionan en el anexo al presente acuerdo.

Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación.

Segundo. Publicación del plan de estudios.

Tal como prevé el apartado 3 del artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que modifica el anterior, los Rectores de las respectivas Universidades deberán ordenar la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el diario oficial de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Tercero. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos a los que se refiere el apartado primero serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada su consideración inicial como títulos acreditados.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.

Los títulos universitarios oficiales, objeto del presente acuerdo, a fin de mantener su acreditación, deberán someterse al procedimiento de evaluación previsto en el artículo 27 bis del referido Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, introducido por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, antes del transcurso de cuatro años a contar desde la fecha de su verificación inicial o desde la de su última acreditación.

Quinto. Expedición del título.

Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los Rectores de las Universidades correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.

Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO

I. Universidades civiles. Relación de títulos universitarios oficiales de Máster ordenados por ramas de conocimiento y Universidades

Artes y Humanidades

Universidad Autónoma de Barcelona

4313768. Máster Universitario en Análisis y Gestión del Patrimonio Artístico.

4313798. Máster Universitario en Investigación en Arte y Diseño.

4313767. Máster Universitario en Lengua Española, Literatura Hispánica y Español como Lengua Extranjera.

4313807. Máster Universitario en Tratamiento de la Información y Comunicación Multilingüe.

Universidad de Barcelona

4313977. Máster Universitario en Antropología y Etnografía.

4313056. Máster Universitario en Cinematografía.

4313985. Máster Universitario en Estudios Avanzados en Historia del Arte.

4314051. Máster Universitario en Gestión del Patrimonio Cultural y Museología.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

4314497. Máster Universitario en Cultura Audiovisual y Literaria.

Universidad de Salamanca

4314384. Máster Universitario en Estudios Avanzados e Investigación en Historia (Sociedades, Poderes, Identidades.

4314390. Máster Universitario en Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología.

Universidad de Barcelona

Universidad de Barcelona

4313885. Máster Universitario en Biotecnología Molecular.

4313884. Máster Universitario en Desarrollo e Innovación de Alimentos.

4313900. Máster Universitario en Energías Renovables y Sostenibilidad Energética.

4313899. Máster Universitario en Física Avanzada.

Universidad de Extremadura

4314167. Máster Universitario en Biotecnología Avanzada.

Universidad de León

4314215. Máster Universitario en Investigación en Biología Fundamental y Biomedicina.

Universidad de Salamanca

4314426. Máster Universitario en Ciencias Ambientales.

Universidad de Vigo

4314009. Máster Universitario en Ciencias Biológicas: Biología Molecular, Computacional y Ambiental y Bio-industrias.

Universitat de València (Estudi General)

4313368. Máster Universitario en Biología Evolutiva Integrativa.

Ciencias de la Salud

Universidad Complutense de Madrid

4314485. Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.

Universidad de Barcelona.

4313898. Máster Universitario en Investigación, Desarrollo y Control de Medicamentos.

Universidad de Extremadura

4314241. Máster Universitario en Investigación en Ciencias Sociosanitarias.

4314299. Máster Universitario en Promoción de la Salud mediante la Actividad Física.

Universidad de Santiago de Compostela

4314481. Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.

Universidad Europea de Valencia

4314112. Máster Universitario en Implantología Oral Avanzada.

4314189. Máster Universitario en Ortodoncia Avanzada.

Universidad Nacional de Educación a Distancia

4314091. Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales.

Universitat de València (Estudi General)

4313371. Máster Universitario en Especialización en Intervención Logopédica.

4313934. Máster Universitario en Euromediterráneo en Neurociencias y Biotecnología.

Ciencias Sociales y Jurídicas

Universidad Autónoma de Barcelona

4313312. Máster Universitario en Abogacía.

4313805. Máster Universitario en Análisis Económico / Economic Analysis.

4313769. Máster Universitario en Antropología: Investigación Avanzada e Intervención Social.

4313781. Máster Universitario en Derecho Empresarial.

4313788. Máster Universitario en Gestión de los Recursos Humanos en las Organizaciones.

4313791. Máster Universitario en Integración Europea.

4313815. Máster Universitario en Investigación en Educación.

4313754. Máster Universitario en Psicopedagogía.

4313800. Máster Universitario en Relaciones Internacionales, Seguridad y Desarrollo.

Universidad de Barcelona

4313863. Máster Universitario en Creación y Gestión de Empresas Innovadoras y de Base Tecnológica.

4313893. Máster Universitario en Criminología, Política Criminal y Sociología Jurídico Penal.

4313867. Máster Universitario en Dirección de Empresas del Deporte.

4313883. Máster Universitario en Economía.

4313875. Máster Universitario en Economía, Regulación y Competencia en los Servicios Públicos.

4313882. Máster Universitario en Gestión Cultural.

4313892. Máster Universitario en Gestoría Administrativa.

4313880. Máster Universitario en Internacionalización: Aspectos Económicos, Empresariales y Jurídico-políticos.

4313881. Máster Universitario en Sociología: Transformaciones Sociales e Innovación.

Universidad de Cádiz

4313452. Máster Universitario en Contabilidad y Auditoría.

Universidad de Extremadura



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

"Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2014-6548 publicado el 23 junio 2014

ID de la publicación: BOE-A-2014-6548
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 junio 2014
Fecha Pub: 20140623
Fecha última actualizacion: 23 junio, 2014
Numero BORME 152
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 junio 2014
Letra: A
Pagina de inicio: 48464
Pagina final: 48471




Publicacion oficial en el BOE número 152 - BOE-A-2014-6548


Publicacion oficial en el BOE-A-2014-6548 de Resolución de 2 de junio de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2014-6548 AQUÍ



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