Resolución de 14 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento (El Hierro), perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Canarias.





Con fecha 25 de septiembre de 2013 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden IET/1711/2013, de 23 de septiembre, por la que se establece el método de cálculo de los costes fijos y variables de la instalación de producción eléctrica hidroeólica de Gorona del Viento.






Orden del día 27 septiembre 2017

Con fecha 25 de septiembre de 2013 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden IET/1711/2013, de 23 de septiembre, por la que se establece el método de cálculo de los costes fijos y variables de la instalación de producción eléctrica hidroeólica de Gorona del Viento.

En el artículo 4. 3 de la citada Orden IET/1711/2013, de 23 de septiembre, se establece que:

«El valor de las horas anuales de funcionamiento estándar de la central, a efectos del cálculo del valor de la garantía de potencia horaria por MW será de 2.668 h en los años no bisiestos y de 2.675 h en los años bisiestos.

En fecha 31 de enero de 2017 tiene entrada en la Dirección General de Política Energética y Minas escrito del operador del sistema con propuesta de revisión de las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica Gorona del Viento.

En dicho escrito, el operador del sistema indica que una vez se cuenta con experiencia en la operación real de la central hidroeólica, procede revisar los valores para el parámetro horas anuales de funcionamiento estándar (Hi) tomando como periodo de evaluación desde junio de 2015 a agosto de 2016, ya que a partir de junio de 2015 la planta comenzó a funcionar de forma regular.

Con fecha 14 de julio de 2017 se ha remitido a Gorona del Viento El Hierro, SA, titular de la central hidroeólica, propuesta de resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se revisan las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento (El Hierro) (RO2-0214), perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Canarias dando cumplimiento al trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con fecha 10 de agosto de 2017 se ha recibido escrito de Gorona del Viento El Hierro, SA presentado alegaciones a la citada propuesta de resolución.

Teniendo en cuenta la propuesta del operador del sistema y vistas las alegaciones presentadas por el interesado, se considera que la fijación de las horas a partir de los datos relativos al periodo en el que la instalación ha tenido un funcionamiento más regular, desde junio de 2015 a agosto de 2016, podría resultar excesivamente exigente al ser el periodo aún demasiado corto para determinar las horas de funcionamiento estándar de la instalación. Por ello, y ante la ausencia de una mejor información se considera oportuno el valor estándar de potencia disponible para las centrales de bombeo recogido en la orden ETU/1976/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2017. Ello sin perjuicio de que dicho valor pueda ser revisado en el futuro una vez se disponga de un histórico de funcionamiento más largo.

A tenor de lo anteriormente expuesto esta Dirección General de Política Energética y Minas, resuelve:

Primero.

Fijar las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento en los siguientes valores:

Horas de funcionamiento estándar (Hi):

Año normal: 6.395.

Año bisiesto: 6.412.

Segundo.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 14 de septiembre de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

Resolución de 14 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento (El Hierro), perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Canarias.

"Resolución de 14 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento (El Hierro), perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Canarias." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-10988 publicado el 27 septiembre 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-10988
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 septiembre 2017
Fecha Pub: 20170927
Fecha última actualizacion: 27 septiembre, 2017
Numero BORME 233
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 septiembre 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 94352
Pagina final: 94353




Publicacion oficial en el BOE número 233 - BOE-A-2017-10988


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-10988 de Resolución de 14 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisan las horas de funcionamiento estándar de la central hidroeólica de Gorona del Viento (El Hierro), perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Canarias.


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