Ministerio de Fomento

Orden FOM/497/2005, de 18 de febrero, por la que se resuelve convocatoria pública de puestos de trabajo por el procedimiento de libre designación.

Anunciada por Orden FOM/3131/2004, de 27 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del 1 de octubre) convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, puestos de trabajo en el Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previa observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III, del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, resuelve la referida convocatoria como a continuación se indica:

1.º Declarar desierto el puesto que se especifica en el anexo a propuesta de la Dirección General de Carreteras.

Orden FOM/498/2005, de 22 de febrero, por la que se resuelve parcialmente concurso específico Ref. FE11/04, convocado por Orden FOM/3848/2004, de 16 de noviembre, para la provisión de puestos de trabajo.

Anunciada por Orden FOM/3848/2004, de 16 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 24 de noviembre), convocatoria pública para cubrir por el sistema de concurso específico (Ref.ª FE11/04) puestos de trabajo vacantes en el Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria, Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto:

Primero.-Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios y en los términos que se expresan en el anexo a la presente.

Orden FOM/508/2005, de 18 de febrero, por la que se convoca concurso general Ref.ª FG01/05, para la provisión de puestos en el Departamento.

Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio, Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de julio, así como en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa autorización del Ministerio de Administraciones Públicas, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto convocar concurso general para cubrir las vacantes que se relacionan en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, adicionado por el artículo 103 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre y a tenor de los análisis de la distribución de efectivos en la Administración General del Estado, podrán participar en el presente concurso: A) Para obtener puestos en los Servicios Centrales: Los funcionarios de carrera en cualquier situación administrativa excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión y los funcionarios que estén destinados o que se encuentren en situaciones administrativas con derecho a reserva de puesto de trabajo distintas de las de servicio activo en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico en Madrid.

Orden FOM/491/2005, de 2 de marzo, por la que se establecen reglas transitorias para la aplicación de las nuevas cuantías de las bonificaciones al transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

El Real Decreto 207/2005, de 25 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y las Ciudades de Ceuta y Melilla, ha aumentado, desde el 33 hasta el 38 por ciento la bonificación de las tarifas de los servicios regulares de transporte para los trayectos directos entre dichos territorios y el resto del territorio nacional, así como para los trayectos interinsulares de los servicios aéreos, y desde el 10 hasta el 15 por ciento la bonificación para los trayectos interinsulares cuando se trate de rutas marítimas. El citado real decreto, cuya entrada en vigor se ha producido el 1 de marzo, extiende sus efectos a los desplazamientos efectuados desde el 1 de enero de 2005. La disposición transitoria única y la disposición final primera del Real Decreto 207/2005, de 25 de febrero, autorizan al Ministro de Fomento para determinar la forma conforme a la cual debe aplicarse el incremento de la bonificación de las tarifas a los servicios de transporte realizados desde el 1 de enero de 2005 hasta su entrada en vigor. De acuerdo con tales previsiones, esta orden determina las formalidades que habrán de seguir las compañías aéreas y marítimas que hayan emitido billetes de viaje con anterioridad al 1 de marzo, para que los residentes en los mencionados territorios puedan acogerse al beneficio de las nuevas reducciones del 38 y del 15 por ciento, según corresponda, desde el 1 de enero de 2005. Se excluyen de este procedimiento transitorio los trayectos interinsulares marítimos efectuados por los residentes en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, toda vez que, por la aplicación del Decreto del Gobierno de las Illes Balears 101/2004, de 23 de diciembre, sus beneficiarios han obtenido el incremento del cinco por ciento en la cuantía de la bonificación desde el 1 de enero de 2005. En su virtud dispongo:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Orden FOM/492/2005, de 2 de marzo, por la que se dictan normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones al Parlamento Vasco.

Por Decreto 2/2005, de 21 de febrero, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco número 36, de 22 de febrero, se convocan elecciones al Parlamento Vasco, que se celebrarán el domingo 17 de abril de 2005. El artículo 22 de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, y el artículo 50 del Reglamento por el que se regula la Prestación de los Servicios Postales, en desarrollo de lo establecido en la citada Ley, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, prevén la participación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, en su condición de operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal, en el normal desarrollo de los procesos electorales. Con el fin de lograr la debida eficacia en la actuación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos en dichas elecciones, dispongo:

I. Envíos postales de propaganda electoral a cursar por correo