Real Decreto 1281/2012, de 31 de agosto, por el que se indulta a don Miguel Víctor Carrión Delgado.





Visto el expediente de indulto de don Miguel Víctor Carrión Delgado, condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, sección primera, en sentencia de 27 de mayo de 2010, como autor de un delito continuado de estafa y un delito continuado de falsedad, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de nueve meses con una cuota diaria de veinte euros, por el primero de ellos (estafa) y a la pena de dos años de prisión e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de nueve meses con una cuota diaria de veinte euros, por el segundo, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de agosto de 2012,






Orden del día 26 septiembre 2012

Visto el expediente de indulto de don Miguel Víctor Carrión Delgado, condenado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, sección primera, en sentencia de 27 de mayo de 2010, como autor de un delito continuado de estafa y un delito continuado de falsedad, a la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de nueve meses con una cuota diaria de veinte euros, por el primero de ellos (estafa) y a la pena de dos años de prisión e inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de nueve meses con una cuota diaria de veinte euros, por el segundo, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de agosto de 2012,

Vengo en conmutar a don Miguel Víctor Carrión Delgado las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 31 de agosto de 2012.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Real Decreto 1281/2012, de 31 de agosto, por el que se indulta a don Miguel Víctor Carrión Delgado.

"Real Decreto 1281/2012, de 31 de agosto, por el que se indulta a don Miguel Víctor Carrión Delgado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-12045 publicado el 26 septiembre 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-12045
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 26 septiembre 2012
Fecha Pub: 20120926
Fecha última actualizacion: 26 septiembre, 2012
Numero BORME 232
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 26 septiembre 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 68389
Pagina final: 68389




Publicacion oficial en el BOE número 232 - BOE-A-2012-12045


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-12045 de Real Decreto 1281/2012, de 31 de agosto, por el que se indulta a don Miguel Víctor Carrión Delgado.


Descargar PDF oficial BOE-A-2012-12045 AQUÍ



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