Real Decreto 590/2013, de 26 de julio, por el que se indulta a don Luis Fuentes Chanes.





Visto el expediente de indulto de don Luis Fuentes Chanes, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 18 de mayo de 2012, como autor de un delito de detención ilegal, a la pena de dos meses y ocho días de multa con una cuota diaria de doce euros y la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de cuatro años; y una falta de lesiones dolosas, a la pena de un mes y quince días de multa con una cuota diaria de doce euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de julio de 2013,






Orden del día 03 septiembre 2013

Visto el expediente de indulto de don Luis Fuentes Chanes, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 18 de mayo de 2012, como autor de un delito de detención ilegal, a la pena de dos meses y ocho días de multa con una cuota diaria de doce euros y la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de cuatro años; y una falta de lesiones dolosas, a la pena de un mes y quince días de multa con una cuota diaria de doce euros, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de julio de 2013,

Vengo en conmutar a don Luis Fuentes Chanes la pena de inhabilitación absoluta impuesta por otra de dos años de suspensión de empleo público, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 26 de julio de 2013.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Real Decreto 590/2013, de 26 de julio, por el que se indulta a don Luis Fuentes Chanes.

"Real Decreto 590/2013, de 26 de julio, por el que se indulta a don Luis Fuentes Chanes." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-9306 publicado el 03 septiembre 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-9306
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 septiembre 2013
Fecha Pub: 20130903
Fecha última actualizacion: 3 septiembre, 2013
Numero BORME 211
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 septiembre 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 64133
Pagina final: 64133




Publicacion oficial en el BOE número 211 - BOE-A-2013-9306


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-9306 de Real Decreto 590/2013, de 26 de julio, por el que se indulta a don Luis Fuentes Chanes.


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