Resolución de 20 de marzo de 2019, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Sistema, para la organización del Congreso Internacional «Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978».





El organismo autónomo Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y la Fundación Sistema han suscrito, con fecha 12 de marzo de 2019, un Convenio para la organización del Congreso Internacional «Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978».






Orden del día 29 marzo 2019

El organismo autónomo Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y la Fundación Sistema han suscrito, con fecha 12 de marzo de 2019, un Convenio para la organización del Congreso Internacional «Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de marzo de 2019.–La Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, M.ª Yolanda Gómez Sánchez.

CONVENIO ENTRE EL CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES Y LA FUNDACIÓN SISTEMA PARA LA ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO INTERNACIONAL «BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978»

En Madrid, a 12 de marzo de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña M.ª Yolanda Gómez Sánchez, como Directora General del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (en adelante, CEPC), entidad domiciliada en la Plaza de la Marina Española, 9, 28071 Madrid y con NIF Q-2811010-D, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de su nombramiento por Real Decreto 931/2018, de 20 de julio, y en el ejercicio de las funciones conferidas por el Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio de organización del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Y de otra, doña María Jesús González Verde, en nombre y representación de la Fundación Sistema (en adelante la Fundación), con NIF G28852374, e inscrita en el Ministerio de Cultura con el número 50, en calidad de Secretaria del Patronato de la Fundación Sistema y con domicilio a efectos de notificación, en c/ Fernando el Católico, 13 bajo A, y en ejercicio de las facultades conferidas por Escritura del Notario de Madrid, don Carlos Pérez Ramos con el número 3643 de su protocolo.

INTERVIENEN

En representación de sus respectivas instituciones, reconociéndose recíprocamente la plena capacidad jurídica y de obrar que caso requiere para la formalización del presente convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que el CEPC es un Organismo autónomo de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica y patrimonios propios, adscrito al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, y regulado por el Real Decreto 1269/1997, de 24 julio, que tiene como finalidad el estudio y la investigación de los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, manteniendo a tales efectos las oportunas relaciones con las instituciones propias de los países iberoamericanos y tiene encomendadas entre sus funciones elaborar y promover tareas de estudio e investigación sobre el carácter, evolución y funcionamiento de los sistemas sociales, políticos, constitucionales y administrativos, tanto en su dimensión nacional como internacional y desarrollar ciclos y cursos de enseñanzas especializadas en las materias citadas.

Segundo.

Que la Fundación, fundada en 1981, tiene entre sus fines fomentar el conocimiento y la difusión de las ciencias sociales, promover el estudio e investigación de las corrientes de pensamiento actuales, fomentar el estudio e investigación en el ámbito de las ciencias sociales, históricas y jurídicas y promocionar las artes y las humanidades.

Tercero.

Que en el ejercicio de dichos fines, la Fundación organiza congresos, foros, debates y seminarios, y ha programado para marzo de 2019 la organización del Congreso Internacional «Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978».

Cuarto.

Que es voluntad de las partes firmantes colaborar en la organización dicho congreso, para lo cual suscriben el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es regular la colaboración entre las partes para la financiación y organización del Congreso Internacional «Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978», a celebrar en el Círculo de Bellas Artes, en Madrid, los días 13, 14, 15 y 16 de Marzo de 2019, de acuerdo con el programa que se anexa a este convenio.

Segunda. Obligaciones de las partes.

En virtud del presente acuerdo, las partes se comprometen expresamente y de manera irrevocable a llevar a cabo las siguientes actuaciones:

Obligaciones del CEPC:

• Financiar el proyecto con un máximo de 12.000 € (doce mil euros), de acuerdo con la cláusula tercera.

• Asesorar a la Fundación durante el desarrollo del proyecto.

• La difusión del proyecto con los medios propios y habituales del CEPC.

Obligaciones de la Fundación:

• Asumir la organización y realización del congreso de referencia, correspondiendo a ambas partes la titularidad de los resultados obtenidos.

• Destinar directa e íntegramente la aportación dineraria efectuada por el CEPC a los distintos gastos que genere la organización y realización del congreso. A estos efectos, la Fundación vendrá obligada a proporcionar al CEPC toda la documentación que ésta le solicite en relación con el destino de los fondos aportados.

• La difusión del congreso con los medios propios y habituales de la Fundación.

• Prever la participación de un representante del CEPC –en principio, su Directora o persona a quien esta designe– en el congreso.

• Hacer constar el carácter de colaborador del CEPC en un lugar visible y destacado mediante la inclusión de su logo en cualquier tipo de publicidad o difusión que se realice para dar a conocer el mismo.

Tercera. Aspectos presupuestarios.

El CEPC abonará a la Fundación las facturas relativas a los gastos generados por la organización y realización del congreso, por importe total máximo de 12.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 25.101.462M.226.06 de su Presupuesto de gastos para 2019. Esta aportación representa un 7,11% del presupuesto total previsto para el congreso, estimado en 168.800 €.

Cuarta. Difusión de las acciones.

Cualquier información pública o publicidad que se realice en relación a la actividad a la que se refiere el presente Convenio, hará constar que la misma se organiza por la Fundación y se co-financia por el CEPC a través del Convenio suscrito al efecto.

Ambas partes podrán emplear en todos sus medios de difusión, internet y redes sociales incluidos, la referencia a la presente colaboración.

Las partes intercambiarán sus logotipos a efectos de difusión.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

Para el desarrollo y seguimiento del presente convenio se creará una comisión que se encargará del seguimiento, vigilancia y control del desarrollo del convenio, integrada por un representante designado por el CEPC y otro por la Fundación. Esta Comisión se reunirá tantas veces como resulte necesario para el cumplimiento del presente convenio.

El presente convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado, y estará en vigor hasta el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes, y en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2019.

El presente convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado, y estará en vigor hasta el cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes, y en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2019.

Séptima. Modificación del convenio.

En caso de resultar necesario, la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.

Octava. Causas de resolución.

Sin perjuicio de su extinción por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, el presente convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:

1. Por finalización del periodo de vigencia del convenio.

2. Por no realizarse el congreso objeto del presente convenio.

3. Por mutuo acuerdo de las partes, en sus propios términos.

4. Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del convenio.

5. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

6. Por las demás establecidas en la legislación vigente.

Novena. Incumplimiento del convenio.

En caso de incumplimiento, se requerirá a la parte incumplidora para que, en un plazo de un mes, cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.

Si trascurrido el plazo indicado, desde la notificación por escrito del requerimiento, persistiera el incumplimiento, se dará traslado a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio quien, además, determinará, en su caso, la posible indemnización a satisfacer por dicho incumplimiento.

Décima. Naturaleza del convenio.

En cumplimiento del presente convenio las partes se someten a las reglas de la buena fe.

Este convenio está regulado por el Título Preliminar Capítulo VI de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes se someten a la jurisdicción contencioso-administrativa para la resolución de cualquier divergencia que pudiera surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, los interesados firman por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el CEPC, la Directora General, M.ª Yolanda Gómez Sánchez.–Por la Fundación, la  Secretaria del Patronato de la Fundación Sistema, María Jesús González Verde

BALANCE Y PERSPECTIVAS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

Programa

Día 13 de marzo

9,00 Acreditaciones y Entrega de documentación.

9,30 h. Inauguración:

– Carmen Calvo, (Vicepresidenta del Gobierno. Profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba).

– Braulio Medel (Presidente de la Fundación Unicaja. Catedrático Emérito de Hacienda Pública de la Universidad de Málaga).

– Manuel Menéndez (Presidente de la Fundación Liberbank y Catedrático de Economía de la Universidad de Oviedo).

– Roberto Fernández (Presidente de la CRUE. Rector y Catedrático de Historia Moderna de la Universidad de Lleida).

– Alberto Duran (Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Once).

11,30. Descanso-Café.

12,00 h. Primera parte: Balance histórico.

Primera mesa redonda: La Constitución de 1978 en perspectiva histórica. Visiones internacionales.

Coordinador: Fernando Martínez López (Catedrático de Historia Contemporánea en la Universidad de Almería y Director General para la Memoria Histórica).

– Ian Gibson (Hispanista).

– Sebastian Balfour (Catedrático de Historia de la London School of Economics).

– Marie Claude Chaput (Catedrática Emérita de Historia de la Universidad de Paris- Nanterre).

– Bernard Vincent (Historiador).

13,30 h. Debate.

14,15 h. Comida.

16,00 h. Segunda mesa redonda: La Constitución de 1978 en perspectiva histórica. Visiones desde España.

Coordinador: César Luena (Doctor en Historia y Diputado).

– Santos Juliá (Catedrático Emérito de Historia de la UNED).

– Mercedes Cabrera (Catedrática de Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos de la Universidad Complutense de Madrid).

– Enrique Moradiellos (Catedrático de Historia Contemporánea en la Universidad de Extremadura).

– Juan Pablo Fusi (Catedrático Emérito de Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid).

18,00 h. Descanso-café.

18,30 h. Debate.

Día 14 de marzo

10,00 h. Segunda parte: Perspectivas de futuro.

Tercera mesa redonda: Opinión pública, tendencias políticas y demandas de reforma constitucional.

Coordinador: José Félix Tezanos (Catedrático Emérito de Sociología de la UNED y Presidente del CIS).

– Antonio Alaminos (Catedrático de Sociología de la Universidad de Alicante. Director de Investigaciones del CIS).

– Capitolina Díaz (Catedrática de Sociología de la Universidad Carlos III de Madrid).

– Fernando Vallespín (Catedrático de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid).

– Carolina Bescansa (Doctora en Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Complutense de Madrid. Diputada).

12,00 h. Descanso.

12,30 h. Debate.



Datos oficiales del departamento Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

Resolución de 20 de marzo de 2019, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Sistema, para la organización del Congreso Internacional "Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978".

"Resolución de 20 de marzo de 2019, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Sistema, para la organización del Congreso Internacional "Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-4649 publicado el 29 marzo 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-4649
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 marzo 2019
Fecha Pub: 20190329
Fecha última actualizacion: 29 marzo, 2019
Numero BORME 76
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 marzo 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 32743
Pagina final: 32749




Publicacion oficial en el BOE número 76 - BOE-A-2019-4649


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-4649 de Resolución de 20 de marzo de 2019, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se publica el Convenio con la Fundación Sistema, para la organización del Congreso Internacional "Balance y perspectivas de la Constitución Española de 1978".


Descargar PDF oficial BOE-A-2019-4649 AQUÍ



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