Real Decreto 1645/2006, de 29 de diciembre, por el que se dispone el cese de don Manuel María García-Castellón y García-Lomas como Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa.





El Consejo de la Unión Europea adoptó, con fecha 22 de abril de 1996, una Acción común para la creación de un marco de intercambio de magistrados de enlace que permita mejorar la cooperación judicial entre los Estados miembros de la Unión. A tal efecto, el artículo 65 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, previó la existencia, en el Ministerio de Justicia, de plazas para tales magistrados de enlace, que serían nombrados mediante real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia, y dependerán orgánicamente de la misión diplomática a la que se asignen. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 65 de la Ley 66/1997 y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de junio de 1998, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de mayo de 2000, se aprobó el Real Decreto 958/2000, de 26 de mayo, por el que se nombra Magistrado de enlace ante las correspondientes autoridades de la República Francesa a don Manuel María García-Castellón y García-Lomas. La Ley 16/2006, de 26 de mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano de la Unión Europea, ha servido para adaptar el ordenamiento jurídico español a las necesidades derivadas del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia, al tiempo que se incorporan otras medidas complementarias, singularmente, las previstas en la Decisión 2005/671/JAI del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativa al intercambio de información y a la cooperación sobre delitos de terrorismo. La disposición transitoria primera de la Ley 16/2006, de 26 de mayo, establece que el actual miembro español de Eurojust y los magistrados de enlace continuarán desempeñando sus funciones hasta que se efectúen los nuevos nombramientos conforme a las previsiones de esta ley. Por su parte, la disposición adicional primera de la misma norma señala en su apartado 3 que los magistrados de enlace serán nombrados y removidos libremente mediante real decreto, a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Justicia. El nombramiento se hará entre miembros de la carrera judicial o del Ministerio Fiscal con, al menos, cinco años de servicio en la respectiva carrera. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Justicia y de Asuntos Exteriores y de Cooperación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2006,






Orden del día 30 diciembre 2006

El Consejo de la Unión Europea adoptó, con fecha 22 de abril de 1996, una Acción común para la creación de un marco de intercambio de magistrados de enlace que permita mejorar la cooperación judicial entre los Estados miembros de la Unión. A tal efecto, el artículo 65 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, previó la existencia, en el Ministerio de Justicia, de plazas para tales magistrados de enlace, que serían nombrados mediante real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia, y dependerán orgánicamente de la misión diplomática a la que se asignen. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 65 de la Ley 66/1997 y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de junio de 1998, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de mayo de 2000, se aprobó el Real Decreto 958/2000, de 26 de mayo, por el que se nombra Magistrado de enlace ante las correspondientes autoridades de la República Francesa a don Manuel María García-Castellón y García-Lomas. La Ley 16/2006, de 26 de mayo, por la que se regula el Estatuto del Miembro Nacional de Eurojust y las relaciones con este órgano de la Unión Europea, ha servido para adaptar el ordenamiento jurídico español a las necesidades derivadas del cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002, por la que se crea Eurojust para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia, al tiempo que se incorporan otras medidas complementarias, singularmente, las previstas en la Decisión 2005/671/JAI del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativa al intercambio de información y a la cooperación sobre delitos de terrorismo. La disposición transitoria primera de la Ley 16/2006, de 26 de mayo, establece que el actual miembro español de Eurojust y los magistrados de enlace continuarán desempeñando sus funciones hasta que se efectúen los nuevos nombramientos conforme a las previsiones de esta ley. Por su parte, la disposición adicional primera de la misma norma señala en su apartado 3 que los magistrados de enlace serán nombrados y removidos libremente mediante real decreto, a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Justicia. El nombramiento se hará entre miembros de la carrera judicial o del Ministerio Fiscal con, al menos, cinco años de servicio en la respectiva carrera. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Justicia y de Asuntos Exteriores y de Cooperación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2006,

Vengo en disponer el cese de don Manuel María García-Castellón y García-Lomas como Magistrado de enlace ante las correspondientes autoridades de la República Francesa.

Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2006.

La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ



Datos oficiales del departamento Ministerio de la Presidencia

Real Decreto 1645/2006, de 29 de diciembre, por el que se dispone el cese de don Manuel María García-Castellón y García-Lomas como Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa.

"Real Decreto 1645/2006, de 29 de diciembre, por el que se dispone el cese de don Manuel María García-Castellón y García-Lomas como Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-22986 publicado el 30 diciembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-22986
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 diciembre 2006
Fecha Pub: 20061230
Fecha última actualizacion: 30 diciembre, 2006
Numero BORME 312
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de la Presidencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 diciembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 46890
Pagina final: 46890




Publicacion oficial en el BOE número 312 - BOE-A-2006-22986


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-22986 de Real Decreto 1645/2006, de 29 de diciembre, por el que se dispone el cese de don Manuel María García-Castellón y García-Lomas como Magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa.


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