Resolución de 18 de abril de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación «Superación de nuestras propias capacidades», el I Congreso Nacional «Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad» y la II Jornada Nacional COCEMFE: «El Reto de la Autonomía Personal».





El Real Patronato sobre Discapacidad y la Confederación Española de personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), han suscrito, con fecha 9 de abril de 2018, un Convenio para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación «Superación de nuestras propias capacidades», el I Congreso Nacional «Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad» y la II Jornada Nacional COCEMFE: «El Reto de la Autonomía Personal», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Contenidos de la Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Resolución de 18 de abril de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación "Superación de nuestras propias capacidades", el I Congreso Nacional "Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad" y la II Jornada Nacional COCEMFE: "El Reto de la Autonomía Personal". del 20180516







Orden del día 16 mayo 2018

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Confederación Española de personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), han suscrito, con fecha 9 de abril de 2018, un Convenio para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación «Superación de nuestras propias capacidades», el I Congreso Nacional «Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad» y la II Jornada Nacional COCEMFE: «El Reto de la Autonomía Personal», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 18 de abril de 2018.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO

Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la realización de dos congresos (superación y motivación «superación de nuestras propias capacidades» y «pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad») y una jornada («el reto de la autonomía personal»)

En Madrid, a 9 de abril de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre (BOE n.º 280, de 19 de noviembre), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2. g) del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Anxo Antón Queiruga Vila, con DNI n.º 76.778.938-Q, presidente de la Confederación Española de personas con Discapacidad Física y Orgánica (en adelante, COCEMFE), con CIF G-28681955 y domicilio social en la C/ Eugenio Salazar, n.º 2 (28002 Madrid), en su calidad de Presidente, con facultades para suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») en virtud de escritura pública otorgada el 28 de junio de 2016 en Madrid, ante Notario don Rafael González Gozalo, número 893 de protocolo.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo de la Administración General del Estado, que tiene encomendada, entre otras funciones recogidas en el artículo 3 de su Estatuto, promover la aplicación de los derechos humanos, los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos a las acciones sobre discapacidad, facilitar la colaboración entre distintas instituciones, prestar apoyos a organismos en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación, emitir dictámenes técnicos y recomendaciones y desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión, debate y propuesta, así como difundir y promover el más amplio conocimiento de la discapacidad.

Segundo.

Que la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (en adelante COCEMFE) tiene como fines primordiales entre otros, coordinar, representar e impulsar el movimiento asociativo de personas con discapacidad física y orgánica, a la vez que desarrollar una serie de servicios y actividades orientadas a sus organizaciones miembro, con la intención de mejorar la calidad de vida, la plena inclusión en la sociedad y la defensa de s derechos de estas personas en os los ámbitos de la vida.

Tercero.

Que el Real Patronato sobre Discapacidad y COCEMFE reconocen que la realización de actividades conjuntas es beneficioso ya que facilita la integración social de las personas con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad, lo que favorece la rehabilitación y reinserción social de esta personas.

Este convenio es uno de los definidos en el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y COCEMFE en la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y MotivaciónSuperación de nuestras propias capacidadesque se desarrollará en Granada, los días 11 y 12 de abril de 2018, el Congreso Nacional«Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidadque se desarrollará en Málaga, los días 17 y 18 de mayo de 2018 y la Jornada Nacional COCEMFE«El Reto de la Autonomía Personalque se realizará en Madrid, el día 15 de noviembre de 2018.

La colaboración entre el Real Patronato sobre Discapacidad y COCEMFE, para ejecutar la actividad prevista, se desarrollará con las actuaciones expresadas en el Anexo unido a este acuerdo.

Segunda. Compromisos del Real Patronato sobre Discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad aportará:

– La participación de los funcionarios en la elaboración de los contenidos y propuestas de los dos congresos y de la jornada objeto del presente Convenio a través de la realización de distintas reuniones de trabajo.

– El apoyo institucional en la difusión de los congresos y de la jornada, así como la relación con los organismos implicados.

– Una aportación económica de quince mil euros (15.000,00€), con cargo a la aplicación 26.106.231F.226.06 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2018, y destinada a cofinanciar las actividades objeto de este convenio, conforme figura en el Anexo.

En cumplimiento del apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de la aportación económica del Real Patronato sobre Discapacidad se efectuará una vez justificadas las actividades previstas mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos. El ingreso se realizará en la cuenta número ES63-0049-1892-6520-1053-4822.

Dicho abono se efectuará contra certificado suscrito por el Director del Organismo, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

Tercera. Compromisos de COCEMFE.

COCEMFE se compromete a colaborar en el objeto de este Convenio, a través de:

– Aportación de recursos materiales y/o profesionales.

– La participación del personal en la coorganización de los congresos y de la jornada objeto de este convenio.

– Una aportación económica de cinco mil seiscientos cuarenta y nueve mil euros con veinticinco céntimos (5.649,25€), destinada a cofinanciar las actividades previstas en el Anexo de este Convenio. La citada aportación económica se efectuará a medida que las actividades lo requieran y, en todo caso, deberá estar desembolsada en su totalidad antes de que finalicen los efectos del presente Convenio.

– Elaborar una nota de prensa con detalle de los trabajos realizados antes, durante o después del desarrollo del Congreso. Dicha nota se enviará al Real Patronato sobre Discapacidad, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

– Elaborar una Memoria Anual de las actuaciones desarrolladas objeto de este convenio, incluyendo las notas de prensa citadas anteriormente, de la cual se presentará un ejemplar.

– Justificar al Real Patronato sobre Discapacidad la totalidad de los gastos y pagos realizados.

Gastos: Se remitirá una relación detallada de todos los gastos realizados indicando su naturaleza así como la cuantía total para cada tipo de gasto.

Deberán adjuntarse los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente justificativos del gasto realizado, y si se pidiese la devolución de los mismos, se deberá solicitar expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Los gastos o los compromisos de gastos previstos, deberán realizarse desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio hasta la finalización de la actividad.

Pagos: Los pagos efectuados deberán justificarse en el plazo de un mes desde la recepción de la aportación correspondiente al Real Patronato sobre Discapacidad y antes del fin de la vigencia del convenio. El incumplimiento de este extremo conllevará la obligación de reintegro parcial o total de los fondos recibidos, así como el pago de intereses de demora que se devenguen desde el día en el que se realizó el pago hasta el momento en el que se acuerde la procedencia del reintegro.

El tipo de interés de demora aplicable será el que se estipula en el artículo 17 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

Cuarta. Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de COCEMFE con el Real Patronato sobre Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Quinta. Derechos de explotación.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente Convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad del Real Patronato sobre Discapacidad, en la parte proporcional al porcentaje de financiación. Dicha documentación podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento del COCEMFE y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Sexta. Logotipo.

Asimismo, la documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente Convenio deberán incluir el logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

La eventual publicidad y difusión que en su caso se lleve a cabo sobre las actividades objeto del Convenio, se estará en lo que resulte de aplicación a lo dispuesto en la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los dos representantes del Real Patronato sobre Discapacidad serán designados por el Director de dicho organismo y los dos representantes de COCEMFE, serán designados por el Presidente.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Octava. Modificación del Convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión Mixta, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio. En todo caso, la modificación del Convenio exigirá la suscripción del correspondiente acuerdo de modificación por parte de las entidades firmantes del mismo, limitándose la Comisión Mixta a proponer que se lleve a cabo dicha modificación.

Novena. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal se informa al representante de COCEMFE de que sus datos personales se incorporan en ficheros de datos de carácter personal cuya titularidad ostenta el Real Patronato sobre Discapacidad con la finalidad de gestionar las relaciones institucionales, los convenios y la agenda de contactos. Se informa asimismo de que tiene la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que legalmente le corresponden mediante carta dirigida al Real Patronato sobre Discapacidad Ref. Protección de datos, calle Serrano, 140, 28006 Madrid.

Décima. Plazo de vigencia y efectos.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico y publicado en el Boletín Oficial del Estado y hasta el 31 de diciembre de 2018. No procede la prórroga del convenio.

Undécima. Extinción del convenio.

Serán causas de extinción de este convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo éstas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Será motivo de resolución, el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

No obstante, si causara perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y a consecuencia se interrumpirán las actividades del convenio.

Duodécima. Responsabilidad civil.

El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.

Decimotercera. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Mario Garcés Sanagustín.–Por el Presidente de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), Anxo Antón Queiruga Vila

ANEXO

Actividades a realizar en el año 2018

COCEMFE tiene como una de sus misiones esenciales el fortalecimiento institucional propio y de sus Entidades para conseguir, entre otras, la plena inclusión social y laboral de las personas con discapacidad física y orgánica.

El Real Patronato sobre Discapacidad tiene entre sus objetivos, desarrollar actividades como órgano técnico de encuentro, reflexión y debate con la sociedad civil relacionada con la discapacidad, incluidas las asociaciones y fundaciones, a fin de ayudar a orientar las estrategias, planes, programas y acciones relativas a las personas con discapacidad y a sus familias y la inclusión social de éstas y sus familias.

Por este motivo se plantea la realización de las siguientes actividades en el marco de este Convenio con el Real Patronato sobre Discapacidad:

Coorganización en el «I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación «Superación de nuestras propias capacidades»

1. Objetivos:

1.1 Objetivos generales: Motivar a las personas asistentes para que consigan superarse a sí mismas.

1.2 Objetivos específicos:

– Dotar de técnicas y herramientas para que personas motivadas consigan los retos que se propongan.

– Dar a conocer casos de personas que han conseguido superarse a sí mismas en diferentes campos de la actividad humana.

– Sensibilizar a la sociedad de que los únicos límites deberían ser los que marcan la naturaleza.

2. Destinatarios: Los destinatarios del Congreso serán:

– Personas con discapacidad física y orgánica.

– Personas con discapacidad visual, discapacidad auditiva, enfermedad mental, trastorno del espectro autista, síndrome de Down y discapacidad intelectual.

– Directivos y técnicos del movimiento asociativo de la discapacidad.

– Estudiantes universitarios.

– Cualquier otra persona interesada en el tema.

3. Fechas de celebración: Miércoles 11 y jueves 12 de abril de 2018.

4. Lugar de celebración: Hotel Abades Nevada Palace (Granada).

Coorganización del I Congreso Nacional Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad

1. Objetivos:

1.1 Objetivos generales:

– Ser un foro de encuentro para el debate de la situación del colectivo de personas con discapacidad física y orgánica entre Administraciones Públicas, entidades sociales de la discapacidad, investigadores y usuarios.

– Mostrar la importancia que tiene para las personas con discapacidad física y orgánica, el contar con un tejido asociativo fuerte.

1.2 Objetivos específicos:

– Conocer los principales avances en educación, empleo, salud, políticas públicas, accesibilidad y TIC´s en relación al colectivo de personas con discapacidad física y orgánica.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Resolución de 18 de abril de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación "Superación de nuestras propias capacidades", el I Congreso Nacional "Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad" y la II Jornada Nacional COCEMFE: "El Reto de la Autonomía Personal".

"Resolución de 18 de abril de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación "Superación de nuestras propias capacidades", el I Congreso Nacional "Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad" y la II Jornada Nacional COCEMFE: "El Reto de la Autonomía Personal"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-6533 publicado el 16 mayo 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-6533
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 mayo 2018
Fecha Pub: 20180516
Fecha última actualizacion: 16 mayo, 2018
Numero BORME 119
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 mayo 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 51007
Pagina final: 51015




Publicacion oficial en el BOE número 119 - BOE-A-2018-6533


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-6533 de Resolución de 18 de abril de 2018, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, para la organización del I Congreso Nacional sobre Superación y Motivación "Superación de nuestras propias capacidades", el I Congreso Nacional "Pasado, presente y futuro de las organizaciones de la discapacidad" y la II Jornada Nacional COCEMFE: "El Reto de la Autonomía Personal".


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