Resolución de 27 de mayo de 2005, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de los planes de formación continua objeto de los Contrato Programa de ámbito estatal suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004.





Los planes de formación continua objeto de financiación mediante la suscripción de Contratos Programa tienen por objeto tanto la mejora de las competencias y cualificaciones como la actualización y especialización profesional de los trabajadores ocupados, sin que para ello sea necesaria la intermediación de las empresas en las que prestan sus servicios. El contrato programa podrá tener una duración anual o plurianual hasta un máximo de dos años. Respecto de los Contratos Programa de duración plurianual, los compromisos financieros abarcarán un solo ejercicio presupuestario, suscribiéndose anualmente «addendas» al contrato programa en las que se recogerán los compromisos que afecten a los sucesivos ejercicios. La cuantía de la subvención prevista para la anualidad o anualidades siguientes a la de la suscripción del contrato programa estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del respectivo ejercicio económico y al mantenimiento de las circunstancias que justificaron la aprobación de un plan plurianual de formación. En desarrollo de la citada previsión, es objeto de subvención en la presente convocatoria la ejecución de los planes de formación objeto de los Contratos Programa suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004, que se financie con cargo al presupuesto del ejercicio 2005. Las acciones formativas incluidas en estos planes son objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, de acuerdo con las decisiones de la Comisión Europea C(2001)24, de 16 de enero de 2001 y C(2001)100, de 23 de enero de 2001, por las que se aprueban los Programas Operativos de Iniciativa Empresarial y Formación Continua, correspondientes a los Marcos Comunitarios de Apoyo de España para las regiones de objetivos 1 y 3, durante el período 2000-2006. Por todo ello, y previo informe de la Comisión Tripartita de Formación Continua, esta Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal debe proceder a dictar Resolución de convocatoria para la concesión de las subvenciones anteriormente mencionadas. En su virtud, dispongo:






Orden del día 09 junio 2005

Los planes de formación continua objeto de financiación mediante la suscripción de Contratos Programa tienen por objeto tanto la mejora de las competencias y cualificaciones como la actualización y especialización profesional de los trabajadores ocupados, sin que para ello sea necesaria la intermediación de las empresas en las que prestan sus servicios. El contrato programa podrá tener una duración anual o plurianual hasta un máximo de dos años. Respecto de los Contratos Programa de duración plurianual, los compromisos financieros abarcarán un solo ejercicio presupuestario, suscribiéndose anualmente «addendas» al contrato programa en las que se recogerán los compromisos que afecten a los sucesivos ejercicios. La cuantía de la subvención prevista para la anualidad o anualidades siguientes a la de la suscripción del contrato programa estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del respectivo ejercicio económico y al mantenimiento de las circunstancias que justificaron la aprobación de un plan plurianual de formación. En desarrollo de la citada previsión, es objeto de subvención en la presente convocatoria la ejecución de los planes de formación objeto de los Contratos Programa suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004, que se financie con cargo al presupuesto del ejercicio 2005. Las acciones formativas incluidas en estos planes son objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, de acuerdo con las decisiones de la Comisión Europea C(2001)24, de 16 de enero de 2001 y C(2001)100, de 23 de enero de 2001, por las que se aprueban los Programas Operativos de Iniciativa Empresarial y Formación Continua, correspondientes a los Marcos Comunitarios de Apoyo de España para las regiones de objetivos 1 y 3, durante el período 2000-2006. Por todo ello, y previo informe de la Comisión Tripartita de Formación Continua, esta Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal debe proceder a dictar Resolución de convocatoria para la concesión de las subvenciones anteriormente mencionadas. En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto de la convocatoria.-La presente norma tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de subvenciones para la financiación de la ejecución con cargo al ejercicio 2005 de los planes de formación continua objeto de los Contratos Programa suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004 de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas mediante Contratos Programa, de ámbito estatal, para la formación de trabajadores ocupados, en aplicación de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las citadas subvenciones.

Segundo. Solicitud de subvención

La ayuda solicitada no podrá ser superior a la ayuda concedida con cargo al ejercicio presupuestario 2004. Para facilitar la presentación de los modelos mencionados en el primer párrafo de este apartado en soporte magnético, dichos modelos estarán a disposición de las entidades beneficiarias en la página de Internet de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo www.fundaciontripartita.org Dos.-El plazo de presentación de la solicitud de subvención para la suscripción de la adenda al contrato programa, así como de la certificación acreditativa y del documento DS15 que deben acompañar a la citada solicitud, finalizará el 1 de agosto de 2005. Tres.-Las solicitudes se podrán presentar, además de en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (calle Arturo Soria, 126-128, 28043 Madrid).

Tercero. Determinación del importe de la subvención.-La subvención a conceder se determinará de forma proporcional a las cantidades percibidas por los beneficiarios en el ejercicio 2004, respetándose su distribución por sectores, teniendo en cuenta el número de solicitudes admitidas y el presupuesto disponible para el presente ejercicio.

Cuarto. Suscripción de la adenda al contrato programa.-Tal como establece el apartado Decimosexto.dos de la Resolución de 17 de agosto de 2004, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, el compromiso económico correspondiente al ejercicio 2005 se hará efectivo mediante la emisión de la oportuna resolución del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal y la suscripción de una adenda al contrato programa. Quinto.-Presupuesto para la financiación de adendas a los Contratos Programa suscritos. Las adendas a los Contratos Programa suscritas al amparo de esta convocatoria se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios 19.101.241A.483.03 y 19.101.241A.483.04 del Presupuesto de Gastos del Servicio Público de Empleo Estatal. La financiación correspondiente al ejercicio 2005 se eleva a 198.000.000 euros, según el siguiente desglose:

Contratos Programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales: 30.171.428,57 euros.

Contratos Programa para la ejecución de planes de formación sectoriales: 156.514.285,71 euros. Contratos Programa para la ejecución de planes de formación de cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social: 5.657.142,86 euros. Contratos Programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos: 5.657.142,86 euros.

La financiación prevista en este apartado podría incrementarse con cargo a los anteriormente citados créditos presupuestarios. En tal caso, en la distribución de dichos fondos se aplicará lo dispuesto en el apartado tercero de esta resolución.

Sexto. Cofinanciación del Fondo Social Europeo.

Uno.-Del presupuesto total señalado en el apartado Quinto de esta convocatoria para el ejercicio 2005, hasta 158.100.000 euros serán objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, según el siguiente detalle: Regiones de Objetivo 1: 105.032.177 euros.

Cantabria: 1.298.818 euros. Regiones de Objetivo 3: 51.769.005 euros.

Son regiones de Objetivo 1 las Comunidades Autónomas de Andalucía, Principado de Asturias, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Murcia, Comunidad Valenciana, Ceuta y Melilla.

Son regiones de Objetivo 3 las Comunidades Autónomas de Aragón, Baleares, Cataluña, La Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco. Dos. Podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo los planes formativos en los que participen:

Trabajadores de pequeñas y medianas empresas (PYMES).

Trabajadores pertenecientes a los siguientes colectivos: mujeres, personas con discapacidad, mayores de 45 años y trabajadores no cualificados, cualquiera que sea el tamaño de la empresa en que prestan sus servicios. Colectivos específicos: autónomos, empleados de hogar y trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social por cuenta propia.

Disposición adicional primera. Modificación del plazo de ejecución de los planes de formación.-Se modifica el apartado Cuarto de la Resolución de 17 de agosto de 2004, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas mediante Contratos Programa, de ámbito estatal para la formación de los trabajadores ocupados, que queda redactado en los siguientes términos:

«Los planes de formación incorporados a los Contratos Programa se podrán ejecutar entre el 1 de julio de 2004 y el 30 de abril de 2006.»

Disposición adicional segunda. Normativa en vigor.-En lo que no se oponga a lo previsto en la presente resolución, será de aplicación lo establecido en la Resolución de 17 de agosto de 2004, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE de 26 de agosto de 2004), por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas mediante Contratos Programa, de ámbito estatal, para la formación de trabajadores ocupados, en aplicación de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las citadas subvenciones.

Disposición derogatoria única.-Queda derogado expresamente el apartado cuarto de la Resolución de 22 de noviembre de 2004, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se modifica la de 17 de agosto de 2004, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas mediante Contratos Programa, de ámbito estatal, para la formación de trabajadores ocupados, en aplicación de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las citadas subvenciones.

Disposición final.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 27 de mayo de 2005.-El Director General, Valeriano Baíllo Ruíz.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 27 de mayo de 2005, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de los planes de formación continua objeto de los Contrato Programa de ámbito estatal suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004.

"Resolución de 27 de mayo de 2005, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de los planes de formación continua objeto de los Contrato Programa de ámbito estatal suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-9709 publicado el 09 junio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-9709
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 09 junio 2005
Fecha Pub: 20050609
Fecha última actualizacion: 9 junio, 2005
Numero BORME 137
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 09 junio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 19746
Pagina final: 19748




Publicacion oficial en el BOE número 137 - BOE-A-2005-9709


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-9709 de Resolución de 27 de mayo de 2005, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de los planes de formación continua objeto de los Contrato Programa de ámbito estatal suscritos al amparo de la Resolución de 17 de agosto de 2004.


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