Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «SAT», y de «Mutua Egara», Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.





Se ha incoado expediente en virtud de la documentación presentada por «SAT», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 16, con domicilio social en Sabadell, c/ Illa, n.ºs. 45-51 y «Mutua Egara», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 85, con domicilio en Terrassa, c/ García Humet, n.º 40, en solicitud de que se autorice su fusión al amparo de lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento General sobre colaboración en la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 12), según la redacción dada por el Real Decreto 250/1997, de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 11 de marzo). Teniendo en cuenta que por cada una de las Entidades solicitantes se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento General antes citado, acompañando la solicitud de autorización y la documentación a que se refiere el artículo 48 de la referida norma, procede acceder a lo solicitado, sin perjuicio de las actuaciones que proceda realizar a requerimiento de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social Visto lo actuado, los preceptos legales citados y demás disposiciones de general aplicación. Esta Secretaria de Estado, en virtud de las facultades que le están conferidas, ha resuelto lo siguiente:






Orden del día 20 febrero 2007

Se ha incoado expediente en virtud de la documentación presentada por «SAT», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 16, con domicilio social en Sabadell, c/ Illa, n.ºs. 45-51 y «Mutua Egara», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 85, con domicilio en Terrassa, c/ García Humet, n.º 40, en solicitud de que se autorice su fusión al amparo de lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento General sobre colaboración en la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre (Boletín Oficial del Estado del 12), según la redacción dada por el Real Decreto 250/1997, de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 11 de marzo). Teniendo en cuenta que por cada una de las Entidades solicitantes se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento General antes citado, acompañando la solicitud de autorización y la documentación a que se refiere el artículo 48 de la referida norma, procede acceder a lo solicitado, sin perjuicio de las actuaciones que proceda realizar a requerimiento de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social Visto lo actuado, los preceptos legales citados y demás disposiciones de general aplicación. Esta Secretaria de Estado, en virtud de las facultades que le están conferidas, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Se autoriza, con efectos de 1 de enero de 2007, la fusión de «SAT», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 16 y de «Mutua Egara», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 85, aprobando la denominación de «EGARSAT», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social n.º 276, para la nueva Entidad que se crea con motivo de la fusión, que quedará inscrita con la fecha de efectos antes citada en el registro correspondiente.

Segundo.-La nueva Entidad se subrogará en todos los derechos y obligaciones de las que se extinguen como consecuencia de la fusión, que causarán baja en el Registro de Entidades autorizadas para colaborar en la gestión de la Seguridad Social, sin que se abra respecto de las mismas proceso liquidatorio y quedando obligadas a la cumplimentación de los acuerdos de fusión, así como a la realización de las actuaciones señaladas en la parte expositiva de la presente Resolución. Tercero.-La fianza estará constituida por la suma de las correspondientes a las Mutuas que se extinguen, autorizándose a tal efecto el cambio de titularidad, a favor de la nueva Entidad, de las referidas fianzas, que continuarán a disposición del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Madrid, 28 de diciembre de 2006.-El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «SAT», y de «Mutua Egara», Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

"Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «SAT», y de «Mutua Egara», Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-3579 publicado el 20 febrero 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-3579
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 febrero 2007
Fecha Pub: 20070220
Fecha última actualizacion: 20 febrero, 2007
Numero BORME 44
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 febrero 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 7376
Pagina final: 7376




Publicacion oficial en el BOE número 44 - BOE-A-2007-3579


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-3579 de Resolución de 28 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «SAT», y de «Mutua Egara», Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.


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