Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.





Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2021 del X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio n.º 99003945011981) que fueron suscritas con fecha 10 de marzo de 2022, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO.–Industria en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,






Orden del día 06 mayo 2022

Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2021 del X Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio n.º 99003945011981) que fueron suscritas con fecha 10 de marzo de 2022, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO.–Industria en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL X CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTA ALIMENTICIAS

En Madrid, siendo las 12 horas del día 10 de marzo de 2022, se reúnen, en las instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle José Abascal, núm. 45.

De una parte, la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias representada por don Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado.

Y de otro lado, por la representación social, don Antonio Muñoz Ramos en representación de UGT FICA, y en representación de la Federación de Industria de CC.OO., don Luis Francisco García García.

Comparecen, pues, de una parte la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias, y de otra la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación (UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO., en representación de los trabajadores del sector de Fabricantes de Pastas Alimenticias llegando a los siguientes acuerdos:

Primero.

Firmar las tablas salariales del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de Pastas Alimenticias definitivas para el año 2021, en aplicación del artículo 18 del citado Convenio, en el que se establece:

«En el caso de que el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio fuese superior al 1%, se establece una clausura de revisión salarial en igual cuantía a la diferencia entre el IPC real de cada ejercicio y el citado 1% que será llevado a las tablas salariales pagándose los atrasos correspondientes con carácter retroactivo al 1 de enero del año de que se trate. Se actualizan pues las tablas definitivas de 2021, con un incremento total del 6.5%.»

Segundo.

Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial».

Tercero.

En el supuesto de que una vez firmadas las tablas se detectase algún error de cálculo, las partes acuerdan proceder a su subsanación.

Asimismo se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial», se autoriza a don Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente acta y tablas salariales definitivas para el año 2021 (6,5 %).

Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los presentes acuerdos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Trabajo y Economía Social

Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

"Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2022-7476 publicado el 06 mayo 2022

ID de la publicación: BOE-A-2022-7476
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 mayo 2022
Fecha Pub: 20220506
Fecha última actualizacion: 6 mayo, 2022
Numero BORME 108
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Trabajo y Economía Social
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 mayo 2022
Letra: A
Pagina de inicio: 64068
Pagina final: 64071




Publicacion oficial en el BOE número 108 - BOE-A-2022-7476


Publicacion oficial en el BOE-A-2022-7476 de Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.


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