Orden INT/2967/2006, de 25 de septiembre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia.





El Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone, en su artículo 1.2, que por el Ministerio del Interior se determinarán los términos municipales y núcleos de población a los que serán de aplicación las medidas establecidas en el mencionado Real Decreto-ley, destinadas a las personas y bienes afectados por los incendios acaecidos durante los días 4 a 14 del mes de agosto de 2006 en la Comunidad Autónoma de Galicia. Tras la evaluación del alcance de los incendios, y una vez determinados por los servicios periféricos de la Administración General del Estado el ámbito geográfico concreto afectado, ha podido establecerse una relación de los municipios damnificados que, por lo tanto, pueden ser beneficiarios del catálogo de actuaciones de carácter extraordinario que prevé la citada norma legal. Por ello, en virtud de lo dispuesto en el citado artículo 1.2 del Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto,






Orden del día 29 septiembre 2006

El Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone, en su artículo 1.2, que por el Ministerio del Interior se determinarán los términos municipales y núcleos de población a los que serán de aplicación las medidas establecidas en el mencionado Real Decreto-ley, destinadas a las personas y bienes afectados por los incendios acaecidos durante los días 4 a 14 del mes de agosto de 2006 en la Comunidad Autónoma de Galicia. Tras la evaluación del alcance de los incendios, y una vez determinados por los servicios periféricos de la Administración General del Estado el ámbito geográfico concreto afectado, ha podido establecerse una relación de los municipios damnificados que, por lo tanto, pueden ser beneficiarios del catálogo de actuaciones de carácter extraordinario que prevé la citada norma legal. Por ello, en virtud de lo dispuesto en el citado artículo 1.2 del Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto,

D I S P O N G O :

Artículo único. Ámbito de aplicación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 25 de septiembre de 2006.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

ANEXO Provincia de A Coruña

Abegondo; Ames; Aranga; Ares; Arteixo; Arzúa; Baña (A); Bergondo; Betanzos; Boimorto; Boiro; Boqueixón; Brión; Camariñas; Cambre; Carballo; Carnota; Carral; Cedeira; Cee; Cerceda; Cerdido; Cesuras; Coristanco; Coruña (A); Culleredo; Curtis; Dodro; Dumbría; Ferrol; Fisterra; Frades; Laracha (A); Lousame; Malpica de Bergantiños; Mazaricos; Melide; Mesía; Moeche; Monfero; Muros; Muxía; Narón; Negreira; Noia; Oleiros; Ordes; Oroso; Ortigueira; Outes; Oza Dos Ríos; Paderne; Padrón; Pino (O); Pobra Do Caramiñal (A); Ponteceso; Pontes de García Rodríguez (As); Porto Do Son; Rianxo; Ribeira; Rois; San Sadurniño; Santa Comba; Santiago de Compostela; Santiso; Sobrado; Teo; Toques; Tordoia; Touro; Trazo; Val Do Dubra; Valdoviño; Vedra; Vilasantar; Vimianzo; Zas.

Provincia de Ourense

Allariz; Amoeiro; Arnoia (A); Avión; Baltar; Bande; Baños de Molgas; Barbadás; Barco de Valdeorras (O); Beariz; Blancos (Os); Boborás; Bola (A); Bolo (O); Carballeda de Avia; Carballeda de Valdeorras; Carballiño (O); Cartelle; Castrelo Do Val; Castro Caldelas; Celanova; Cenlle; Chandrexa de Queixa; Coles; Cortegada; Cualedro; Esgos; Gomesende; Gudiña (A); Irixo (O); Laza; Leiro; Lobeira; Lobios; Maceda; Manzaneda; Maside; Melón; Merca (A); Mezquita (A);Monterrei; Muíños; Nogueira de Ramuín; Oímbra; Ourense; Paderne de Allariz; Pereiro de Aguiar (O); Peroxa (A); Piñor; Pobra de Trives (A); Porqueira; Punxín; Rairiz de Veiga; Ramirás; Riós; Rúa (A); Rubiá; San Amaro; San Cibrao Das Viñas; San Cristovo de Cea; San Xoán de Río; Sandiás; Sarreaus; Taboadela; Teixeira (A); Toén; Trasmiras; Veiga (A); Verín; Viana Do Bolo; Vilamarín; Vilar de Barrio; Vilariño de Conso; Xinzo de Limia; Xunqueira de Ambía; Xunqueira de Espadanedo.

Provincia de Pontevedra

Agolada; Arbo; Baiona; Barro; Caldas de Reis; Cambados; Campo Lameiro; Cangas; Cañiza (A); Catoira; Cerdedo; Cotobade; Covelo; Crecente; Cuntis; Dozón; Estrada (A); Forcarei; Fornelos de Montes; Gondomar; Nigrán; Grove (O); Illa de Arousa (A); Lalín; Lama (A); Marín; Meaño; Meis; Moaña; Mondariz; Moraña; Mos; Neves (As); Oia; Pazos de Borbén; Poio; Ponteáreas; Pontecaldelas; Pontecesures; Pontevedra; Porriño (O); Portas; Redondela; Rodeiro; Rosal (O); Salceda de Caselas; Salvaterra de Miño; Sanxenxo; Silleda; Soutomaior; Tomiño; Tui; Valga; Vigo; Vila de Cruces; Vilaboa; Vilagarcía de Arousa; Vilanova de Arousa.

Provincia de Lugo

Abadín; Antas de Ulla; Baleira; Baralla; Barreiros; Becerreá; Begonte; Bóveda; Carballedo; Castro de Rei; Castroverde; Cervantes; Cervo; Chantada; Corgo (O); Cospeito; Fonsagrada (A); Friol; Guitiriz; Guntín; Incio (O); Láncara; Lugo; Meira; Monforte de Lemos; Monterroso; Navia de Suarna; Outeiro de Rei; Palas de Rei; Páramo (O); Pobra do Brollón (A); Pol; Pontenova (A); Quiroga; Rábade; Ribas de Sil; Sarria; Saviñao (O); Sober; Taboada; Vilalba; Xermade.



Datos oficiales del departamento Ministerio del Interior

Orden INT/2967/2006, de 25 de septiembre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia.

"Orden INT/2967/2006, de 25 de septiembre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-17008 publicado el 29 septiembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-17008
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 septiembre 2006
Fecha Pub: 20060929
Fecha última actualizacion: 29 septiembre, 2006
Numero BORME 233
Seccion: 1
Departamento: Ministerio del Interior
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 septiembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 34022
Pagina final: 34022




Publicacion oficial en el BOE número 233 - BOE-A-2006-17008


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-17008 de Orden INT/2967/2006, de 25 de septiembre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2006, de 28 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia.


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