Orden INT/751/2019, de 9 de julio, por la que se crea la Unidad de Madres «Irene Villa González», dependiente del centro penitenciario de Alicante.





La Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, regula en su artículo 1, entre otros aspectos, la reinserción social como fin primordial de las instituciones penitenciarias en relación con los condenados a penas y medidas privativas de libertad.






Orden del día 11 julio 2019

La Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, regula en su artículo 1, entre otros aspectos, la reinserción social como fin primordial de las instituciones penitenciarias en relación con los condenados a penas y medidas privativas de libertad.

Por su parte, el Reglamento Penitenciario, aprobado por el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, recoge en su articulado la previsión de que la Administración penitenciaria pueda disponer para los menores y sus madres de Unidades de Madres, separadas arquitectónicamente del resto de los Departamentos, a fin de facilitar las especificidades regimentales, médico-sanitarias y de salidas que la presencia de los menores en el centro hiciesen necesarias.

Desde el punto de vista arquitectónico, la Unidad de Madres se concibe de manera distinta a las edificaciones que se configuran fundamentalmente como prisión, por cuanto también difiere el perfil de población que albergará, tanto desde un punto de vista criminológico como penitenciario y social.

La fundamentación de las Unidades de Madres se asienta sobre el claro objetivo de aminorar el impacto institucional que el ingreso en prisión de las madres, así como la derivada presencia de sus hijos menores de tres años en el ámbito penitenciario, pueda suponer a estos últimos. De igual modo, con estas Unidades se facilita la relación maternofilial, la formación de la personalidad de los menores, la atención de las necesidades médico-sanitarias o el propio régimen de visitas y salidas al exterior. En cuanto a su creación, al igual que la del resto de Unidades dependientes de los centros penitenciarios, ha de llevarse a cabo mediante orden ministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento Penitenciario.

Por todo lo anterior, con esta orden se da respuesta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ya que, como se ha manifestado, a través de la misma se contribuye a mejorar la eficacia, eficiencia y proporcionalidad de la estructura organizativa de la Administración penitenciaria, garantizando al mismo tiempo la seguridad jurídica y la transparencia.

En definitiva, esta orden se adecua a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1. Creación de la Unidad de Madres.

Se crea una nueva Unidad de Madres con la denominación «Irene Villa González», ubicada dentro del complejo penitenciario de Alicante en el polígono de Vallonga, s/n, de esta provincia.

Artículo 2. Dependencia orgánica y funcional.

La Unidad de Madres dependerá orgánica y funcionalmente del centro penitenciario de Alicante, lo que conllevará, en cuanto a la ordenación de recursos humanos, la adscripción general a este del personal designado en aquel.

Artículo 3. Organización, administración y funcionamiento.

La organización, administración y funcionamiento de la Unidad de Madres se regirán por lo dispuesto en la legislación vigente.

Disposición adicional única. No incremento de dotaciones.

Las medidas incluidas en esta orden no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.

Disposición final primera. Autorización a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

Se autoriza al titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta orden, concretando los distintos aspectos del destino y régimen penitenciarios que correspondan a la nueva Unidad de Madres y adoptando las actuaciones que procedan a fin de reordenar los recursos humanos disponibles.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de julio de 2019.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez



Datos oficiales del departamento Ministerio del Interior

Orden INT/751/2019, de 9 de julio, por la que se crea la Unidad de Madres "Irene Villa González", dependiente del centro penitenciario de Alicante.

"Orden INT/751/2019, de 9 de julio, por la que se crea la Unidad de Madres "Irene Villa González", dependiente del centro penitenciario de Alicante." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-10262 publicado el 11 julio 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-10262
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 11 julio 2019
Fecha Pub: 20190711
Fecha última actualizacion: 11 julio, 2019
Numero BORME 165
Seccion: 3
Departamento: Ministerio del Interior
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 11 julio 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 74511
Pagina final: 74512




Publicacion oficial en el BOE número 165 - BOE-A-2019-10262


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-10262 de Orden INT/751/2019, de 9 de julio, por la que se crea la Unidad de Madres "Irene Villa González", dependiente del centro penitenciario de Alicante.


Descargar PDF oficial BOE-A-2019-10262 AQUÍ



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