Tribunal Constitucional

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4851-2014, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad n.º 4851-2014 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en el recurso de suplicación núm. 1898/2013, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su aplicación al personal laboral del sector público, por posible vulneración del artículo 9.3 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de suplicación núm. 1898/2013, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recurso de Inconstitucionalidad n.º 5099-2014, contra el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 5099-2014, promovido por más de cincuenta Diputados de los Grupo Parlamentarios Socialista; IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda plural; y Unión Progreso y Democracia contra el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Madrid, 23 de septiembre de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Resolución de 15 de julio de 2014, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se resuelve el concurso de méritos, convocado por Resolución de 29 de enero de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, y 52, 92 y concordantes de su Reglamento de Organización y Personal, con arreglo a las previsiones contenidas en la base cuarta de la Resolución de 29 de enero de 2014 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 4 de febrero), por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de una plaza de funcionario del Subgrupo A1 al servicio del Tribunal Constitucional (Bibliotecario-Documentalista), previa propuesta de valoración efectuada por la Comisión a que se refiere dicha base, esta Presidencia ha resuelto nombrar para la referida plaza, con la consiguiente adscripción al Tribunal Constitucional, a doña Elena García Bracamonte, funcionaria del Cuerpo facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, con número de registro personal 0538163357A0304.

El plazo de toma de posesión de la plaza será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Resolución de 15 de julio de 2014, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se resuelve el concurso de méritos, convocado por Resolución de 29 de enero de 2014.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, y 52, 92 y concordantes de su Reglamento de Organización y Personal, con arreglo a las previsiones contenidas en la base cuarta de la Resolución de 29 de enero de 2014 (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 4 de febrero), por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de una plaza de funcionario del Subgrupo A1 al servicio del Tribunal Constitucional (Bibliotecario-Documentalista), previa propuesta de valoración efectuada por la Comisión a que se refiere dicha base, esta Presidencia ha resuelto nombrar para la referida plaza, con la consiguiente adscripción al Tribunal Constitucional, a doña Elena García Bracamonte, funcionaria del Cuerpo facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, con número de registro personal 0538163357A0304.

El plazo de toma de posesión de la plaza será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Recurso de inconstitucionalidad n.º 4791-2014, contra la Ley Orgánica 2/2014, de 21 de mayo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 9 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 4791-2014, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Parlamentario Socialista del Senado, contra la Ley Orgánica 2/2014, de 21 de mayo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

Madrid, 9 de septiembre de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.