Recurso de inconstitucionalidad n.º 4834-2013, contra el artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo.





El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 17 de diciembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4834-2013, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión del artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 221, de 14 de septiembre de 2013.

Contenidos de la Tribunal Constitucional Recurso de inconstitucionalidad n.º 4834-2013, contra el artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo. del 20131224







Orden del día 24 diciembre 2013

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 17 de diciembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 4834-2013, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión del artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 221, de 14 de septiembre de 2013.

Madrid, 17 de diciembre de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.



Datos oficiales del departamento Tribunal Constitucional

Recurso de inconstitucionalidad n.º 4834-2013, contra el artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo.

"Recurso de inconstitucionalidad n.º 4834-2013, contra el artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-13509 publicado el 24 diciembre 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-13509
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 diciembre 2013
Fecha Pub: 20131224
Fecha última actualizacion: 24 diciembre, 2013
Numero BORME 307
Seccion: 1
Departamento: Tribunal Constitucional
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 diciembre 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 104292
Pagina final: 104292




Publicacion oficial en el BOE número 307 - BOE-A-2013-13509


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-13509 de Recurso de inconstitucionalidad n.º 4834-2013, contra el artículo único de la Ley Foral 25/2013, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 2 del artículo único de la Ley Foral 28/2012, de 28 de diciembre, por la que se crea, con efectos para el año 2012, un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo.


Descargar PDF oficial BOE-A-2013-13509 AQUÍ



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