Tribunal de Conflictos de Jurisdicción

CONFLICTO de Jurisdicción 2/2005, suscitado entre la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura y el Juzgado de Primera Instancia n.º 1, de Herrera del Duque.

En la Villa de Madrid, a veintiséis de enero de dos mil seis.

Visto por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, compuesto por los Sres. indicados al margen, el conflicto de jurisdicción suscitado por la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Extremadura en relación con el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Herrera del Duque con fecha 21 de junio de 2004 en el procedimiento de menor cuantía número 83/2000.

CONFLICTO de jurisdicción nº 3/2005-T, planteado entre la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cataluña y el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona.

En la Villa de Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

Visto por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, compuesto por el Presidente Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago y por los Vocales Excmos. Sres. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona, D. Juan José González Rivas, D. Miguel Rodríguez-Piñero Bravo-Ferrer, D. Jerónimo Arozamena Sierra y D. Fernando de Mateo Lage el planteado entre la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cataluña y el Juzgado de Primera Instancia núm. 13 de Barcelona, con arreglo a los siguientes:

CONFLICTO de jurisdicción nº 3/2005-T, planteado entre la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cataluña y el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona.

En la Villa de Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil cinco.

Visto por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, compuesto por el Presidente Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago y por los Vocales Excmos. Sres. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona, D. Juan José González Rivas, D. Miguel Rodríguez-Piñero Bravo-Ferrer, D. Jerónimo Arozamena Sierra y D. Fernando de Mateo Lage el planteado entre la Delegación Especial de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cataluña y el Juzgado de Primera Instancia núm. 13 de Barcelona, con arreglo a los siguientes:

CONFLICTO de jurisdicción n.º 4/2005, suscitado entre el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de las Palmas de Gran Canaria y la Delegación Especial Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Canarias.

En la Villa de Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil cinco. Visto por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, compuesto por el Presidente Excmo. Sr. D. Francisco José Hernando Santiago y por los Vocales Excmos. Sres. D. Juan José González Rivas, D. Manuel Campos Sánchez-Bordona, D. Miguel Rodríguez-Piñero Bravo-Ferrer, D. Jerónimo Arozamena Sierra y D. Fernando de Mateo Lage, el conflicto suscitado entre el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, en el Procedimiento de Concurso Ordinario número 6/04 seguido a instancia de D. José Ignacio Urquijo Gotilla frente a la entidad «Unión Deportiva Las Palmas, S.A.D.», en demanda de declaración de concurso necesario y actuaciones acumuladas de Procedimiento de Concurso Ordinario núm. 8/04, sobre declaración de concurso voluntario promovidas por el entidad «Unión Deportiva Las Palmas S.A.D.», frente a la Delegación Especial Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Canarias, en expediente NIF-A-35-3-14350, en la concurrencia del procedimiento de apremio tributario con el procedimiento concursal.

Antecedentes de hecho