Resolución de 19 de junio de 2020, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Máster en Traducción Literaria.





Obtenida la verificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, previo el informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, así como la autorización de la Comunidad Autónoma de Madrid y acordado el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2013 (publicado en el BOE del 23 de abril).






Orden del día 30 julio 2020

Obtenida la verificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, previo el informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, así como la autorización de la Comunidad Autónoma de Madrid y acordado el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2013 (publicado en el BOE del 23 de abril).

Modificado el mencionado plan de estudios con informe favorable de la Agencia Evaluadora Fundación para el Conocimiento Madri+d de fecha 4 de junio de 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se establece el procedimiento para la modificación de planes de estudios ya verificados.

Este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Traducción Literaria.

Madrid, 19 de junio de 2020.–El Rector, Joaquín Goyache Goñi.

ANEXO

Modificación del Plan de Estudios del título de Máster Universitario en Traducción Literaria

Rama de Conocimiento: Artes y Humanidades

Tabla 1. Distribución del plan de estudios en créditos ECTS:

Tabla 2. Esquema del plan de estudios:

* De los 30 créditos optativos, el alumno escogerá un mínimo de 15 créditos correspondientes a una especialidad. Los 15 créditos optativos restantes deberán ser completados por asignaturas optativas, y podrán o no configurar una segunda especialidad.

El Máster puede cursarse siguiendo una o dos especialidades, siendo obligatoria la elección de al menos una, en función de las cuatro lenguas ofrecidas.

Especialidades: Lengua inglesa; Lengua alemana; Lengua francesa y Lengua italiana.



Datos oficiales del departamento Universidades

Resolución de 19 de junio de 2020, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Máster en Traducción Literaria.

"Resolución de 19 de junio de 2020, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Máster en Traducción Literaria." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-8846 publicado el 30 julio 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-8846
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 julio 2020
Fecha Pub: 20200730
Fecha última actualizacion: 30 julio, 2020
Numero BORME 206
Seccion: 3
Departamento: Universidades
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 julio 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 60801
Pagina final: 60802




Publicacion oficial en el BOE número 206 - BOE-A-2020-8846


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-8846 de Resolución de 19 de junio de 2020, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica la modificación del plan de estudios de Máster en Traducción Literaria.


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