Resolución de 19 de septiembre de 2006, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la Colección Guasp, Valldemossa.





El Consell de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 4 de septiembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:






Orden del día 16 octubre 2006

El Consell de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 4 de septiembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

A la vista que, mediante acuerdo de fecha de 24 de noviembre de 2005, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Colección Guasp, Valldemossa.

A la vista que, mediante acuerdo de fecha de 16 de junio de 2006, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consell de Mallorca para su declaración. Visto el informe jurídico, de fecha 25 de julio de 2006, de la Técnica de la sección Jurídicoadministrativa del Servicio de Patrimonio Histórico. Por todo ello, y en virtud del que dispone el capítulo segundo de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, a los Consells Insulars en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico de la CIM, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004, este Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante. III. Este acuerdo debe publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y al Boletín Oficial del Estado, y debe anotarse en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarse a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares y se inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado. IV. Este acuerdo debe comunicarse a los interesados, al Ayuntamiento de Valldemossa y al Gobierno de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo, que agota a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo delante del órgano que ha dictado este acuerdo, el Pleno del Consell, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Palma, 19 de septiembre de 2006.-La Presidenta del Consell Insular de Mallorca, María Antònia Munar i Riutort.

ANEXO

Informe Técnico

1. Introducción. La iniciación del presente expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural de la colección Guasp ha sido motivada por la reciente presentación en la Universidad de las Islas Baleares de la tesis doctoral «La xilografía en Mallorca a través de sus colecciones: La Imprenta Guasp (1576-1958)», de Miquela Forteza Oliver. Esta extensa investigación, que incluye la catalogación de las principales colecciones xilográficas de Mallorca, ha permitido conocer todo este patrimonio con profundidad y por lo tanto poder valorar las prioridades y necesidades para su correcta protección. Desde este punto de vista, hay que remarcar que la tesis de Miquela Forteza, constituye la base del expediente de declaración y ha permitido detallar con exhaustividad las piezas objeto de la protección.

Entre las particularidades que hacen de la colección Guasp un conjunto excepcional, no solo con respecto a Mallorca sino también a nivel europeo, se tienen que mencionar la gran cantidad de matrices xilográficas que la configuran, su variedad cronológica, estilística o temática o la conservación de la prensa del siglo xvii con la cual se hacían las estampas. Por otra parte, la colección Guasp ejemplariza la importancia de Mallorca como foco estampador de primer orden, con grabadores isleños de gran valía, sobre todo hasta el siglo xix. Además, cómo ha puesto de relieve la tesis de Miquela Forteza, estampas como las que configuran la colección Guasp ocuparon un lugar clave en el panorama de las artes plásticas de la época moderna, ya que gracias a las reproducciones que de ellas se han hecho, se convirtió en un medio esencial de transmisión de modelos iconográficos y estilísticos y sirvieron de referencia e inspiración para la creación de todo tipo de obras artísticas.

2. Memoria histórica.

La dinastía de impresores de la familia Guasp tiene sus orígenes en el siglo xvi cuando fue fundada por Gabriel Guasp I hacia el 1575, y desapareció definitivamente en 1958.

En relación a los grabadores presentes en la colección, el porcentaje de xilografías anónimas supera en mucho a las firmadas, si bien a partir del siglo xvii algunos grabadores empiezan a ser conocidos por que incluyen en sus obras las iniciales identificativas, a la manera de un monograma, e incluso su nombre completo. La colección Guasp, una vez desaparecida la imprenta en 1958, pasó por diversas manos. El mismo año la prensa y las xilografías fueron adquiridas por el anticuario Sr. Claudio Perdiguero, que las llevó a Madrid y negoció la reventa a un americano. Finalmente no se llevó a cabo la operación y pasaron a manos de la Sra. Micaela Ferrer que las devolvió a Mallorca, donde estuvieron expuestas durante un tiempo en los corredores del claustro de la Catedral. Por embargo a la Sra. Ferrer, el nuevo propietario fue el banco de Santander y poco después se formó un «Patronato de la prensa y xilografías de la Antigua Imprenta Guasp» que solicitó instalar la prensa y las xilografías en la Cartuja de Valldemossa, concretamente en la Celda Municipal del claustro. Desde 1960 es propiedad de la familia Capllonch, y la colección continúa en el mismo espacio, convertido en Museo.

3. Memoria descriptiva.

Las matrices xilográficas: Las xilografías que conforman la colección abarcan el periodo que va desde finales del siglo xv en el siglo xx, con mayor predominio de las del siglo xviii, con una selección amplia de temáticas y tipologías diversas, que permite percibir una evolución formal que se evidencia especialmente en los complementos decorativos y que sigue un camino paralelo a los dictámenes de las modas españolas y europeas, pudiendo contemplarse piezas de un medievalismo con incidencias renacentistas, hasta piezas de fórmulas barrocas y tardobarrocas que perviven hasta bien entrado el siglo xix que conviven con las nuevas modas decimonónicas burguesas.

Actualmente la colección Guasp está integrada por 1.590 matrices xilográficas que conforman 1.642 estampas, ya que 52 de aquéllas están grabadas por las dos caras. La mayoría están bien conservadas. La prensa: Aparte del numeroso conjunto de matrices xilográficas, se tiene que mencionar otro bien de un valor excepcional y que consideramos parte integrante de la colección Guasp como Bien de Interés Cultural: la prensa para llevar a cabo las impresiones. Datación: En el frontal de la barra transversal que corona el maderamen donde se acciona el tórculo se puede leer una inscripción toscamente grabada: «Año 1622». Si damos por buena esta fecha, tenemos que concluir que la prensa de los Guasp es una de las más antiguas que se conservan en la actualidad en Europa, junto con las que se conservan en el Museo Platin-Moretus de Amberes.

4. Estado de conservación.

La máquina ha sido objeto de algunas restauraciones, las cuales sin embargo no han afectado a sus partes esenciales.

Estado de conservación. En líneas generales, podemos decir que el estado de conservación global de la colección es bueno, aunque algunas de las matrices precisan de una restauración esmerada. Además, las condiciones de conservación de las cuales dispone el edificio permiten mantener la colección en buen estado.

5. Principales medidas de protección.

Se tendrá que mantener la unidad de toda la colección que ahora se propone declarar Bien de Interés Cultural, y que se detalla al anexo que acompaña este informe, en aplicación del arte. 46 de la ley 12/98, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.

Se tendrá que comunicar a la administración competente en materia de patrimonio histórico cualquier movimiento que se pueda producir en los fondos que actualmente integran la colección y que se detalla al anexo que acompaña este informe. En todo caso, deberá ajustarse a lo que contempla la ley 12/98, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, especialmente en el suyos artículos 3 (colaboración de los particulares), 22 (protección general de los bienes del patrimonio histórico), 26 (deber de conservación), 27 (incumplimiento del deber de conservación), 28 (reparación de daños), 44 (Régimen general de los bienes muebles), 46 (colecciones), 47 (conservación).



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 19 de septiembre de 2006, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la Colección Guasp, Valldemossa.

"Resolución de 19 de septiembre de 2006, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la Colección Guasp, Valldemossa." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-18078 publicado el 16 octubre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-18078
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 octubre 2006
Fecha Pub: 20061016
Fecha última actualizacion: 16 octubre, 2006
Numero BORME 247
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 octubre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 35821
Pagina final: 35822




Publicacion oficial en el BOE número 247 - BOE-A-2006-18078


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-18078 de Resolución de 19 de septiembre de 2006, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural a favor de la Colección Guasp, Valldemossa.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-18078 AQUÍ



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