Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Son Caulelles, Marratxí.





En la sesión del día 15 de septiembre de 2008, la Comissió Insular d’Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Històric de Mallorca, acordó lo siguiente:






Orden del día 04 febrero 2009

En la sesión del día 15 de septiembre de 2008, la Comissió Insular d’Ordenació del Territori, Urbanisme i Patrimoni Històric de Mallorca, acordó lo siguiente:

«Incoar el expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Son Caulelles o cueva des Moro, cuya descripción y delimitación figuran en el informe técnico de fecha 3 de abril de 2007, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de edificación o de derribo en la zona afectada y, también, la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. Cualquier obra que haya que realizar en el inmueble afectado por la incoación tendrá que ser previamente autorizada por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico.

Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento.

El acuerdo de declaración se adoptará en el plazo máximo de veinte meses contados desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una vez transcurrido este plazo. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien.

Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Marratxí y al Gobierno de las Islas Baleares.

Publicar este acuerdo de incoación en el “Boletín Oficial de las Islas Baleares”, y en el “Boletín Oficial del Estado” y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares a fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.»

Todo ello, de conformidad con lo que establecen los artículos 7 i siguientes reguladores del procedimiento de declaración y delimitación de bienes de interés cultural, y con el informe de la Técnico Arqueóloga de Patrimonio Histórico de 25 de agosto de 2008, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

Además, sin perjuicio del trámite de audiencia a los interesados, incluido el Ayuntamiento afectado, previsto en el artículo 9.3 de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, así como del período de información pública, y en definitiva, de la resolución del expediente.

Palma, 30 de diciembre de 2008.–El Presidente del Consell de Mallorca, P.A. (Decreto de 3 de agosto de 2007), el Secretario Delegado de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico, Miquel Barceló Llompart.

ANEXO

Identificación.–La cueva situada en la isleta 97523 parcela 1, en el núcleo urbano de Pòrtol, aparece recogida en el Inventario de Bienes del Govern Balear (Carta Arqueológica) con el código 29/08 i código IMPP 0766. La cueva está declarada BIC por el decreto de 1966 y por lo tanto consta inscrita en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado con el código de identificación núm. R.I.–51-0002518.

Exposición de motivos.–La ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears establece la obligatoriedad de dotar a los elementos declarados con la categoría de BIC de un entorno de protección. Para ajustarnos a ley, desde el órgano competente del Consell de Mallorca se han iniciado los estudios técnicos para llevar a cabo la delimitación del área de la cueva, y así iniciar la tramitación administrativa del expediente de declaración de la delimitación del BIC y de la delimitación del entorno de protección.

Documentación.–Según el artículo 11 de la LPHIB, las delimitaciones de los entornos de protección tendrán que seguir el mismo procedimiento y tramitación que para la declaración de un bien de interés cultural. Así pues, procedemos a incluir los datos requeridos:

a) Tipo de bien:

Cueva artificial de enterramiento.

Bien de Interés Cultural, clasificado como Monumento.

b) Delimitación del entorno:

b1. Propuesta de delimitación del bien: anexo 1.

Espacio más cercano al bien que ha de garantizar la protección física del monumento. Se delimita una franja de 20 × 30 metros alrededor de la cueva que asegura su integridad.

b2. Propuesta de delimitación del entorno de protección: anexo 2.

La configuración del entorno de un bien patrimonial es un fuerte condicionante. Las características de cada elemento requieren un trato diferente del ambiente. La cueva hoy se encuentra en contexto urbano, pero no se trata de un elemento claramente identificable en el territorio (a pesar de que originariamente podía haber un túmulo sobre el recinto funerario que lo haría más visible) ni es un elemento urbano en origen. Por el contrario los espacios funerarios pretalaióticos se sitúan lejos de las zonas habitadas. Entendemos pues que conservar el entorno natural es imprescindible para la lectura correcta del bien protegido.

Se parte de la proyección de un radio de 35 metros alrededor de la cueva. La parte que da al polideportivo desgraciadamente ya ha sido afectada. Pero el hecho de estar cerca de un espacio público tendrá que facilitar la vigilancia y acceso al espacio patrimonial. Se procura que el otro margen de la cueva se mantenga con les sus características de espacio no construido, para garantizar una lectura más aproximada a la de su espacio original. Esto nos dibuja una área de protección que coincide prácticamente con la parcela 01 de la manzana. Se propone delimitar como entorno de protección la parcela completa.

c) Pertenencias o accesorios del bien.–Se excavó por primera vez entre 1915 y 1920 por Josep Colomines y Vicenç Furió. En la publicación del Anuario del Institut d’Estudios Catalans se reseña que no se encontraron materiales. Probablemente ya fue fruto de expoliación con anterioridad a la intervención arqueológica.

d) Bienes muebles vinculados al inmueble.–No se conocen.

e) Memoria histórica.–La cueva de son Caulelles, también conocida como la Cueva del Moro, está situada en un pinar que linda con el polideportivo de la localidad. Como ya hemos referido antes se intervino por primera vez con una perspectiva científica a principios del siglo XX, pero de la actuación resultó solamente una planimetría de la cueva, ya que no se encontraron restos muebles.

La cueva tiene 10 metros de largo por 2,5 de ancho y 1,80 de alto. Tiene acceso por un foso escalonado. La cámara tiene sección ojival y gira carenada, con banco perimetral y fosa central. El banco está dividido en trastes, separados por una especie de nervios cortados sobre la roca. A lado derecho, justo en la entrada, se abre un pequeño nicho.

Al no encontrarse material (ni restos humanos ni artefactos) no podemos describir la función específica de cada elemento, más allá de la hipótesis por comparación.

La cronología a la que se adscribe es el período pretalaiótico final (1700-1500 aC).

La cueva ha sido reseñada en diversas publicaciones, tanto de carácter histórico y arqueológico como espeleológico. Las más relevantes las citamos a continuación:

Furió, Vicenç Coves artificials de Santa Eugènia (Mallorca) i sos voltants, Anuario de l’Institut d’Estudis Catalans, vol VI, 1915-1920, Barcelona

Hemp, W.J (1927) Some Rock-cut tombs and habitation caves in Mallorca, Oxford (reedit. en castellano en 1966)

Nadal Gelabert, Guillem (1930) Estudio de los monumentos arqueológicos de Lloret, Sencelles, Santa Eugenia, Alaró, Santa Maria y Pòrtol

Bestard, Andreu Ç (1933) Cueva artificial d’enterrament de Son Caulelles.

Mascaró Pasarius, Josep (1960) Cuevas Prehistóricas de Mallorca, BSAL.

Mascaró Pasarius, Josep (1962) Corpus de Toponimia de Mallorca, Palma.

Mascaró Pasarius, Josep (1967) Monumentos prehistóricos de la isla de Mallorca e instrucciones para su conservación.

Veny, Bartolomé (1968) Las cuevas sepulcrales del bronce antiguo de Mallorca, Biblioteca Prehistórica Hispana Vol IX, Madrid.

Encinas, J.A.; Ginés, J; Trias, M (1974) Inventario espeleológico de Mallorca, Bol. Soc. His. Bal Vol XI, Palma.

Fornés, J; Garcia, J; Quintana, C; Ramis, D (1997) Les coves prehistòriques de Marratxí: Una aportació a l’estudi de l’àmbit funerari II Jornades d’estudios locals. Marratxí.

Pons Homar, Gabriel (1999) Anàlisi espacial del poblament al pretalaiòtic final i al talaiòtic I de Mallorca. Palma, col. La Deixa 2.

Arconuru-Zabala, Javier; Sastre, Vicenç (2002) Els jaciments arqueològics de Marratxí III Jornades d’estudios locals. Marratxí.

Las cuevas de enterramiento tiene que estar por fuerza relacionadas con los espacios de hábitat coetáneos. En la época que nos ocupa el elemento patrimonial característico del poblamiento son los navetiformes. La mayoría de estos poblados no se habrían conservado, pero se han localizado restos de navetas en la zona del casco urbano de Pòrtol. La conservación de estos restos nos permitirá hacer una lectura más completa del período de bronce en Marratxí.

Las cuevas de enterramiento tiene que estar por fuerza relacionadas con los espacios de hábitat coetáneos. En la época que nos ocupa el elemento patrimonial característico del poblamiento son los navetiformes. La mayoría de estos poblados no se habrían conservado, pero se han localizado restos de navetas en la zona del casco urbano de Pòrtol. La conservación de estos restos nos permitirá hacer una lectura más completa del período de bronce en Marratxí.

f) Informe detallado sobre el estado de conservación del bien.–Desde hace unos años la cueva ha permanecido inaccesible a los posibles visitantes, con una valla de hierro que impide el acceso. Esto ha permitido que no se continúe llenando la cueva de basura, a pesar de que la parte externa sigue expuesta a actos incívicos. La suciedad y las pintadas son frecuentes sobre el elemento patrimonial. El interior se conserva en buenas condiciones.

Se intuye una pequeña elevación en el terreno alrededor de la cueva, tal vez restos de un posible túmulo que cubriese el enterramiento. No se conserva bastante como para asegurar su existencia. En palabras de Bestard (1933) «A nivell de sòl, per damunt del soterrani i dibuixant més o manco la seva silueta. Es pot observar una filera de pedres a la part nord que devia servir, segurament com d’altres ja desaparegudes, de murada de contenció o de defensa de la impetuositat dels elements climàtics».



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Son Caulelles, Marratxí.

"Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Son Caulelles, Marratxí." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-1961 publicado el 04 febrero 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-1961
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 04 febrero 2009
Fecha Pub: 20090204
Fecha última actualizacion: 4 febrero, 2009
Numero BORME 30
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 04 febrero 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 12284
Pagina final: 12287




Publicacion oficial en el BOE número 30 - BOE-A-2009-1961


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-1961 de Resolución de 30 de diciembre de 2008, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección de la cueva de Son Caulelles, Marratxí.


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