Resolución de 7 de febrero de 2005, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural del yacimiento arqueológico de Tallet 26/168, Manacor.





El Consejo de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 13 de diciembre de 2004, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:






Orden del día 07 marzo 2005

El Consejo de Mallorca en la sesión ordinaria del Pleno que tuvo lugar el día 13 de diciembre de 2004, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

161/2003. Carmen Puerto. Expediente de delimitación de yacimiento arqueológico. Tallet 26/168. Manacor. A la vista que, mediante acuerdo de fecha de 6 de mayo de 2003, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, a favor del yacimiento de Tallet, Manacor.

A la vista que, mediante acuerdo de fecha de 22 de octubre de 2004, la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Mallorca acordó informar favorablemente este expediente y elevarlo al Pleno del Consejo de Mallorca para su declaración. Visto el informe jurídico, de fecha 8 de noviembre de 2004, de la Jefa de Secció Jurídicoadministrativa del Servicio de Patrimonio Histórico. Vista la propuesta del Director Insular de Patrimonio Histórico, de fecha 8 de noviembre de 2004. Por todo eso, y en virtud de lo que dispone el Título I de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares, y de acuerdo con las competencias atribuidas por la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, en los Consejos Insulares en materia de Patrimonio Histórico, y el Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno del 8 de marzo de 2004, este Presidente de la Comisión de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de las Islas Baleares y la normativa concordante. III. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Manacor y al Gobierno de las Islas Baleares. IV. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y al Boletín Oficial del Estado, y se debe anotar en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares, e inste su anotación en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado. El texto definitivo de este acuerdo queda sujeto a los términos que resulten de la aprobación del acta. Contra este acuerdo que agota a la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo delante del órgano que ha dictado este acuerdo, el Pleno del Consejo, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si fuera el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Palma, 7 de febrero de 2005.-La Presidenta, Maria Antònia Munar i Riutort.



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 7 de febrero de 2005, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural del yacimiento arqueológico de Tallet 26/168, Manacor.

"Resolución de 7 de febrero de 2005, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural del yacimiento arqueológico de Tallet 26/168, Manacor." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-3764 publicado el 07 marzo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-3764
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 marzo 2005
Fecha Pub: 20050307
Fecha última actualizacion: 7 marzo, 2005
Numero BORME 56
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 marzo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 8061
Pagina final: 8062




Publicacion oficial en el BOE número 56 - BOE-A-2005-3764


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-3764 de Resolución de 7 de febrero de 2005, del Consell Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la declaración de bien de interés cultural del yacimiento arqueológico de Tallet 26/168, Manacor.


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