Acuerdo de 12 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento.





Mediante Resolución del Director General de Cultura de 30 de mayo de 2014, se incoó expediente para la declaración de la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento.






Orden del día 07 abril 2015

Mediante Resolución del Director General de Cultura de 30 de mayo de 2014, se incoó expediente para la declaración de la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha propuesto la declaración del bien mencionado y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

Proceder a la declaración de la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante como Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento. En el anexo del presente acuerdo se detallan la descripción del bien, la delimitación de su entorno de protección y la justificación del mismo.

Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, interesados y Ayuntamiento afectado.

Santander, 12 de marzo de 2015.–La Secretaria del Consejo de Gobierno, Leticia Díaz Rodríguez.

ANEXO

Descripción del Bien

En el siglo XII se edificó esta pequeña capilla en lo que entonces eran las afueras de Escalante.

Es un ejemplo de la pervivencia de trazas románicas en un periodo histórico posterior (gótico). La estructura de la ermita es sencilla, tiene una única nave y un pequeño ábside semicircular cubierto con bóveda de cañón con arco triunfal apuntado y sin clave definida. Destaca sobre todo por el excepcional conjunto escultórico conservado en su interior.

Los muros son de mampostería ordinaria, salvo los esquinales que son de sillería. La puerta de entrada es sencilla, de arco de medio punto apoyado sobre cimacios decorados con entrelazos (el de la izquierda) y ajedrezado (el de la derecha). El ábside cuenta con 16 canecillos decorados con motivos diversos, sobre los que se apoya una sencilla cornisa en bisel. En el hastial se eleva una reducida espadaña de una sola tronera, en sillería.

En el interior la decoración se concentra en el arco triunfal, presbiterio y ábside. El arco triunfal es de medio punto y se apoya sobre cimacios y columnas con capiteles historiados. La columna de la izquierda tiene fuste acanalado en arista curva y su capitel esta formado por cuatro animales afrontados, de cuyos lomos surgen unas volutas elevadas que se unen en las esquinas. El cimacio esta decorado con motivos florales y cabezas de animal en los ángulos.

El arco que abre el ábside es de medio punto y se apoya sobre columnas cariátides adosadas al muro. La de la izquierda tiene una magnífica imagen de la Virgen sedente, con el niño encima. Cuenta con un original capitel con arquillos superpuestos rehundidos, rematado por una especie de argolla en el ángulo. El cimacio está decorado con una figura humana en posición horizontal, un pájaro y una vasija de frente, muy carenada. En la columna derecha aparece la figura de un apóstol o clérigo, que sostiene con sus manos un libro abierto. En el capitel se representa la matanza de los inocentes: dos soldados, espada en mano, sostienen la cabeza decapitada de un niño mientras tres mujeres se echan las manos a la cabeza en un gesto de dolor. El cimacio está decorado con bolas con caperuza y rostro humanos.

El muro del ábside está recorrido por una línea de impostura con bolas y cabezas pequeñas de animal. En el centro del muro se abre la única ventana románica conservada. Es de medio punto, con arquivoltas de ajedrezado y aves y un gran boquetón que apoya sobre columnas de capiteles decorados, el de la izquierda con figuras de animales afrontados, con cabeza humanoide y el de la derecha con gruesas medias bolas con rosas de cuatro y cinco pétalos.

El exterior del edificio muestra un aspecto moderno fruto de una restauración reciente, apareciendo la mampostería característica del románico rural.

Delimitación y justificación del entorno de protección

Los límites de la finca en la que se encuentra ubicado el inmueble delimitan el entorno de protección del mismo, dado que es el necesario para permitir la adecuada percepción y comprensión del bien.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Cantabria

Acuerdo de 12 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento.

"Acuerdo de 12 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2015-3747 publicado el 07 abril 2015

ID de la publicación: BOE-A-2015-3747
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 abril 2015
Fecha Pub: 20150407
Fecha última actualizacion: 7 abril, 2015
Numero BORME 83
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Cantabria
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 abril 2015
Letra: A
Pagina de inicio: 29744
Pagina final: 29746




Publicacion oficial en el BOE número 83 - BOE-A-2015-3747


Publicacion oficial en el BOE-A-2015-3747 de Acuerdo de 12 de marzo de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la ermita de San Román, en el término municipal de Escalante, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento.


Descargar PDF oficial BOE-A-2015-3747 AQUÍ



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