Resolución CLT/220/2006, de 11 de enero, del Departamento de Cultura, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida.





De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:






Orden del día 19 abril 2006

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Publicar íntegramente en el DOGC y en el BOE el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 13 de diciembre de 2005, por el que se declaran bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida.

2. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde la notificación o publicación en el DOGC.

Acuerdo de 13 de diciembre de 2005, del Gobierno de la Generalidad, por el que se declaran bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida

Por la Resolución CLT/266/2004, de 28 de enero, se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, a favor de las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes; Visto que en la tramitación del expediente no se ha presentado ninguna alegación; A propuesta de la consejera de Cultura, el Gobierno acuerda:

Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida, según la descripción y la ubicación que constan en el anexo 1. La delimitación de la zona arqueológica, cuya justificación consta en el anexo 2, se detalla en el plano que se publica con este Acuerdo.

Anexo 1

Descripción y ubicación

Este conjunto arquitectónico corresponde al edificio público mejor conocido de la ciudad romana de Ilerda, cuya construcción se sitúa en el último tercio del siglo I d. C. (70-100 d. C.). Se trata de un edificio de planta cuadrada situado en un importante cruce de calles de la ciudad, que habría ocupado una superficie de 1.800 m2. Constaba de diferentes espacios, una palestra y un cuerpo de baño, configurado por tres ámbitos rectangulares: frigidarium, tepidarium y caldarium, dispuestos sobre un eje lineal que implicaría a sus usuarios un recorrido de ida y vuelta por las mismas habitaciones. Por lo que respecta a la palestra, de 620 m2, disponía de una piscina de planta rectangular, natatio, y una especie de corredor que alojaba los praefurnia y servicios del cuerpo central. Al norte un gran apodyterium o basílica rectangular con pórtico interior unía la fachada oeste del complejo con el frigidarium, al mismo tiempo que cerraba por el norte de la palestra. Rompiendo la tendencia axial del cuerpo de baño hay una estancia de planta cuadrada adosada al ángulo nordeste del frigidarium con hipocausto que podría pertenecer a una sudatio. Las termas se situaban al extremo sureste de la ciudad flanqueadas al oeste por una importante calle documentada arqueológicamente, que se ha interpretado como un posible cardo de la ciudad. Al sur del complejo se ha restituido otra calle importante como decumanus en base a diversas evidencias. La construcción de un edificio de estas características indica que la ciudad de finales del siglo I d. C. habría vivido un momento esplendoroso, con personajes lo suficientemente importantes como para financiar una obra de tal envergadura. La ciudad habría tenido, por tanto, su momento álgido de desarrollo urbanístico entre la época Flavia y Antonina según lo que se desprende de la construcción de estas termas públicas. Hacia finales del siglo I d. C. toda la extensión de la ciudad estaba ocupada por edificios.

Anexo 2

Justificación de la delimitación

Los valores científicos y patrimoniales de este conjunto arqueológico constatan su significación y singularidad en el contexto histórico de la ciudad romana de Ilerda, que nos permite su análisis, estudio, protección y difusión, por lo que es considerado como uno de los yacimientos arqueológicos más relevantes del patrimonio cultural catalán, que amplía la serie relativamente corta de termas urbanas públicas descubiertas hasta ahora en Cataluña. La delimitación está justificada por el interés social de preservar este importante conjunto para el conocimiento y disfrute de las generaciones futuras. La zona objeto de protección específica es la que abarca la superficie de los solares correspondientes a los números 1, 3, 5, 7, 9 y 11 de la calle Cardenal Remolins y los solares correspondientes a los números 4, 6 y 8 de la calle Democràcia, de la ciudad de Lleida. La declaración incluye la zona descrita y los restos inmuebles, tanto si se encuentran en la superficie como si se encuentran en el subsuelo, sus pertenencias y accesorios, así como los bienes muebles vinculados al yacimiento arqueológico, que tendrán también la consideración de bien cultural de interés nacional.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma de Cataluña

Resolución CLT/220/2006, de 11 de enero, del Departamento de Cultura, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida.

"Resolución CLT/220/2006, de 11 de enero, del Departamento de Cultura, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-7025 publicado el 19 abril 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-7025
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 abril 2006
Fecha Pub: 20060419
Fecha última actualizacion: 19 abril, 2006
Numero BORME 93
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma de Cataluña
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 abril 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 15177
Pagina final: 15178




Publicacion oficial en el BOE número 93 - BOE-A-2006-7025


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-7025 de Resolución CLT/220/2006, de 11 de enero, del Departamento de Cultura, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, las termas públicas de la ciudad romana de Ilerda, en Lleida.


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