Decreto 24/2016, de 19 de mayo, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas.





PREÁMBULO






Orden del día 12 julio 2016

PREÁMBULO

El monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas, fue declarado Monumento Nacional en 1931, pasando a tener la consideración de Bien de Interés Cultural a partir de la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Debido a su previa declaración como Monumento Nacional, el monasterio carece de entorno de protección.

El Principado de Asturias tiene la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural, histórico y arqueológico, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.18 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

Ahora, y en cumplimiento de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se estima oportuno proceder a delimitar este ámbito de protección.

Mediante Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de fecha 16 de abril de 2015 se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas.

Con posterioridad a esa resolución se han seguido los trámites señalados en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

Se han solicitado informes a las siguientes instituciones consultivas: Real Academia de la Historia, Universidad de Oviedo, Real Instituto de Estudios Asturianos, Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, sobre la procedencia de esta propuesta de delimitación de entorno de protección.

Con fecha 29 de junio de 2015 la Real Academia de la Historia comunica su informe favorable a la propuesta de delimitación del entorno de protección, al igual que hizo la Universidad de Oviedo el 2 de julio y el Real Instituto de Estudios Asturianos el 2 de septiembre.

Con fecha 3 de diciembre de 2015 se recibe informe de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, en el que se analiza la situación del planeamiento urbanístico en el área propuesta para la delimitación del entorno de protección. Ese entorno afecta a suelos clasificados como Suelo Urbano (con las calificaciones de Ordenación Especial, Sistema General Fluvial, Suelo Urbanizable residencial y Suelo No Urbanizable de Interés Agrario).

Con fecha 2 de diciembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el anuncio de información pública. En los 20 días durante los que se prolongó este plazo de información pública no se recibió en la Dirección General de Patrimonio Cultural ningún escrito relativo a este expediente.

El conjunto de la tramitación fue analizado por el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias en su reunión del 8 de marzo de 2016, que emitió un informe favorable a la delimitación del entorno de protección patrimonial.

Cumplimentados, pues, los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y siguientes de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 19 de mayo de 2016,

DISPONGO:

Artículo único. Delimitación del entorno de protección.

Se procede a delimitar el entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas, según la descripción que se hace constar en el Anexo que se adjunta y que forma parte del presente decreto.

Disposición final primera. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Disposición final segunda. Publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

También se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 19 de mayo de 2016.–El Presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández Fernández.–El Consejero de Educación y Cultura, Genaro Alonso Megido.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección del Monasterio de San Salvador de Cornellana, en el Concejo de Salas

El conjunto de la Iglesia y Monasterio de San Salvador de Cornellana se emplaza en el valle que se configura en la confluencia de los ríos Nonaya (en su margen derecha) y Narcea (en su margen izquierda), en el extremo urbano Sur de la localidad de Cornellana, aunque en una posición relativamente aislada, generada precisamente por el curso del Nonaya.

En sus alrededores próximos se disponen tierras destinadas a usos agropecuarios, con una topografía sensiblemente llana, así como un caserío disperso casi siempre tradicional.

La gran escala del conjunto edificado, así como la práctica inexistencia de límites visuales próximos (salvo en su orientación Oeste), supone una influencia visual clara y distante apoyada tanto en el propio trazado del Camino, que coincide en el acceso del Monasterio con la carretera SL-7.

Así, los límites del entorno de protección asumen por el Norte el cauce del río Nonaya y por el Este el del río Narcea, mientras que por el Sur la carretera a Cermoño, con la fuerte pendiente que adquiere, impone un límite claro, que es además fondo de las visuales desde el Norte. Por el Oeste, el caserío existente genera una fachada urbana de cierta escala que controla y limita la escena con claridad.

Por otro lado, no puede dejar de subrayarse en este caso la importancia jurídica que tiene la consideración de la totalidad de esta Vega como zona inundable, según la cartografía sectorial del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, lo que supone una limitación definitiva por sí misma del régimen de usos del entorno, a la que el planeamiento urbanístico se deberá adaptar de oficio de manera inmediata.

Por tanto, los límites y las limitaciones están claras y refuerzan el entorno preventivo del propio Camino en este tramo.

Sobre la base de estos criterios se configura un entorno de protección de 8,14 hectáreas de extensión, que comprende el ámbito situado dentro del perímetro delimitado por los siguientes puntos:

Polígono 14.

1-2 Parte del extremo SE del puente sobre el río Nonaya (parcela 9002), en sentido horario hasta el extremo NO de la parcela 9015.

2-3 Límite de la parcela 9015 atravesando el camino hasta el extremo NO de la parcela 1.

3-4 Límite de la parcela 9015 con las parcelas 1, 3, 4, 2, 14 y 11.

4-5 Límite de la parcela 9002 con las parcelas 11, 10a, 8, 9012, 15 y 19.

5-6 Límite de la parcela 22 con las parcelas 19, 20, 43, 39, 37 y 35.

6-7 Límite de la parcela 35 con la parcela 359.

7-8 Segmento virtual atravesando la parcela 9006 (carretera SL-7) hasta el extremo N de la parcela 9007 (carretera SL-7).

8-9 Límite de la parcela 9007 (carretera SL-7) con las parcelas 212a y 388.

9-10 Límite de la parcela 388 con las parcelas 242, 269 y 387a.

10-11 Límite de la parcela 211 con las parcelas 387a, 389a y 494.

Polígono 201.

12-13 Límite E de la parcela 185 del polígono 13.

12-13 Límite E de la parcela 185 del polígono 13.

13-14 Límite S de la parcela 9013 (río Nonaya) hasta el extremo SO del puente.

14-1 Segmento virtual atravesando el puente hasta el extremo SE del mismo.

Parcelas, subparcelas y solares afectados en su totalidad por la delimitación:

Polígono 14:

Rústica:

Parcelas: 1, 2, 3, 4, 8, 11, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 35, 37, 39, 41, 43, 45, 46, 48, 211, 388 y 9012.

Subparcelas: 10a, 212a y 212b.

Urbana:

Solares: 46 y 47.

Polígono 201:

Urbana:

Manzana 3040: 01, 02, 03, 04, 05, 07, 08, 09 y 10.

Manzana 4050: 05 y 06.

Parcelas, subparcelas y solares afectados parcialmente por la delimitación:

Polígono 14:

Rústica:

Parcela: 9006:

Delimitación gráfica del entorno de protección del Monasterio de San Salvador de Cornellana, en el Concejo de Salas

Datos administrativos

1. Expediente CPCA 260/15.

2. Incoación del expediente:

a) Fecha de incoación:

16 de abril de 2015.

b) Fecha de notificación de la incoación:

24 de abril de 2015.

c) Fecha de publicación:

BOPA: 9 de mayo de 2015.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural:

24 de abril de 2015.

3. Instrucción:

a) Instituciones que han emitido informe favorable:

Universidad de Oviedo.

Real Academia de la Historia.

Real Instituto de Estudios Asturianos.

CUOTA.

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA de 2 de diciembre de 2015. Duración 20 días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Salas.

d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del 8 de marzo de 2016.



Datos oficiales del departamento Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Decreto 24/2016, de 19 de mayo, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas.

"Decreto 24/2016, de 19 de mayo, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-6694 publicado el 12 julio 2016

ID de la publicación: BOE-A-2016-6694
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 julio 2016
Fecha Pub: 20160712
Fecha última actualizacion: 12 julio, 2016
Numero BORME 167
Seccion: 3
Departamento: Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 julio 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 48803
Pagina final: 48807




Publicacion oficial en el BOE número 167 - BOE-A-2016-6694


Publicacion oficial en el BOE-A-2016-6694 de Decreto 24/2016, de 19 de mayo, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Salvador de Cornellana, en el concejo de Salas.


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