Orden EYE/229/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, de declaración de mineral natural del agua procedente de sondeo con la denominación «Bureba», situado en Quintanaurría (Carcedo de Bureba, Burgos).





Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de sondeo denominado «Bureba», recurso de la Sección B), situado en la localidad de Quintanaurría, término municipal de Carcedo de Bureba, en la provincia de Burgos, y del que resultan los siguientes






Orden del día 24 abril 2008

Examinado el expediente relativo a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de sondeo denominado «Bureba», recurso de la Sección B), situado en la localidad de Quintanaurría, término municipal de Carcedo de Bureba, en la provincia de Burgos, y del que resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

1. Con fecha 18 de mayo de 2005, don Ignacio Astelarra Cavaller, en nombre y representación de la entidad Aguas de Santolín, S.A., presenta en la Delegación Territorial de Burgos una solicitud para que se proceda a la declaración de la condición de «mineral natural» del agua procedente de sondeo situado en terreno propiedad de la empresa que representa, perteneciente al término municipal de Carcedo de Bureba. Junto con la solicitud presenta el plano con la identificación y localización del sondeo con sus coordenadas UTM (Huso 30; X: 463.402 Y: 4.712.818 Z: 763), DNI y poderes del solicitante, escritura de propiedad, informe hidrogeológico y los resultados analíticos de las aguas. 2. Las publicaciones reglamentarias se llevan a efecto, con fecha 11 de julio de 2005 en el «Boletín Oficial de Castilla y León», con fecha 19 de julio de 2005 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» y el 2 de agosto de 2005 en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, se pone en conocimiento de la Junta Vecinal de Quintanaurría del Ayuntamiento de Carcedo de Bureba el 28 de junio de 2005. Durante el período de información pública no se han recibido alegaciones. 3. Con fecha 23 de febrero de 2006, se realiza la toma de muestras de las aguas en presencia del representante de la Sección de Minas y del dueño-promotor del expediente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General para el Régimen de la Minería en su artículo 39. 4. Con fecha 27 de febrero de 2006, la Sección de Minas, con el visto bueno del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos, informa favorablemente la tramitación del expediente de declaración del agua. 5. Con fecha 1 de marzo de 2006, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos envía la muestra para su análisis e informe por el Instituto Geológico y Minero de España, de acuerdo con el artículo 39.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería. 6. El Instituto Geológico y Minero de España emite, con fecha 9 de junio de 2006, informe favorable a las características físico-químicas de la muestra de agua procedente del referido manantial para mineral natural, a la vista de los resultados del análisis realizado por su laboratorio. 7. Con fecha 27 de septiembre de 2006, el solicitante presenta documentación complementaria relativa a la solicitud de declaración como agua mineral natural, en la que se incluye los resultados de doce análisis físico-químicos y bacteriológicos mensuales consecutivos de muestras de agua. 8. Con fecha 9 de noviembre de 2006, la Sección de Minas con el visto bueno del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos informa favorablemente la solicitud de declaración de agua «mineral natural». 9. Con fecha 10 de noviembre de 2006, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos remite el expediente al Servicio de Minas de la Dirección General de Energía y Minas para continuar con la tramitación. 10. La Agencia de Protección de la Salud y Seguridad Alimentaria de la Consejería de Sanidad, con fecha 14 de febrero de 2007, emite informe vinculante, favorable a la declaración de agua «mineral natural» del agua de referencia. 11. Con fecha 8 de marzo de 2007, el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Burgos notifica a la Confederación Hidrográfica del Ebro la solicitud de declaración de agua mineral natural. 12. Con fecha 11 de octubre de 2007, el Servicio de Minas emite informe favorable a la declaración de «mineral natural», siendo ratificado en los mismos términos por la Dirección General de Energía y Minas.

1. El Consejero de Economía y Empleo es el competente para resolver, de acuerdo con el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, y el Decreto 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo. 2. En la presente resolución se han cumplido los preceptos del Real Decreto 1704/2002, de 18 de octubre de 2002, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de aguas de bebida envasadas, modificado por el Real Decreto 1744/2003, de 19 de diciembre. 3. En el expediente se han cumplido los requisitos de procedimiento recogidos en la vigente Ley de Minas y en su Reglamento. Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Minas resuelvo:

Declarar como «mineral natural» el agua procedente de sondeo denominado «Bureba», recurso de la Sección B), situado en la localidad de Quintanaurría, término municipal de Carcedo de Bureba, en la provincia de Burgos, promovido por Aguas de Santolín, S.A.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, contados también desde el día siguiente a la recepción de la notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 15 de enero de 2008.-El Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva Rodríguez.



Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León

Orden EYE/229/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, de declaración de mineral natural del agua procedente de sondeo con la denominación «Bureba», situado en Quintanaurría (Carcedo de Bureba, Burgos).

"Orden EYE/229/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, de declaración de mineral natural del agua procedente de sondeo con la denominación «Bureba», situado en Quintanaurría (Carcedo de Bureba, Burgos)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-7308 publicado el 24 abril 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-7308
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 abril 2008
Fecha Pub: 20080424
Fecha última actualizacion: 24 abril, 2008
Numero BORME 99
Seccion: 3
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 abril 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 21418
Pagina final: 21418




Publicacion oficial en el BOE número 99 - BOE-A-2008-7308


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-7308 de Orden EYE/229/2008, de 15 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, de declaración de mineral natural del agua procedente de sondeo con la denominación «Bureba», situado en Quintanaurría (Carcedo de Bureba, Burgos).


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