Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Martín de Castañeda, declarado bien de interés cultural con categoría de monumento.





El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 10 de enero de 2008, acuerda delimitar el entorno de protección del Monasterio de San Martín de Castañeda, declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.






Orden del día 03 junio 2008

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 10 de enero de 2008, acuerda delimitar el entorno de protección del Monasterio de San Martín de Castañeda, declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 4 de abril de 2008.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

El Monasterio Cisterciense de San Martín de Castañeda fue declarado monumento el 3 de junio de 1931. En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está considerada Bien de Interés Cultural. A fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.1.b de la citada Ley, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la misma, la Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales, por Resolución de 3 de mayo de 2007, incoó procedimiento de delimitación del entorno de protección del Monasterio de San Martín de Castañeda. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de León y SEK de Segovia informaron favorablemente la pretendida adecuación. Cumplidos los tramites preceptivos de información Pública y Tramite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto delimitar el entorno de protección del Monasterio de San Martín de Castañeda, declarado bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, y a tal efecto se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de enero de 2008, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.-Se delimita el entorno de protección del monasterio de San Martín de Castañeda, en la localidad de Galende (Zamora), declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.-Delimitación del entorno de protección:

El entorno de protección queda recogida en una línea que, comenzando en el cruce de la carretera del Campamento con la carretera ZA‑122, sigue hacia el noroeste bordeando el límite oeste de las parcelas de la manzana 89673 con frente a la carretera, hasta su intersección con el camino del prado, donde la línea realizará un quiebro hasta alcanzar la parcela 28 de la manzana 88774, siguiendo en dirección oeste por la carretera ZA-122 o la calle barrio Estal, bordeando el límite sur de la manzana 88774, hasta la parcela 53, y desde aquí sigue bordeando el límite sur de la manzana 85787. Desde aquí, sigue en dirección sur, por la calle barrio Estal bordeando por el este los límites de las siguientes manzanas 85781, 84766, 84767 y 84755. Con la misma dirección, la línea sigue bordeando las parcelas de la manzana 84758 con frente a la calle barrio de la Granja, hasta su encuentro con el cruce con la cuneta del Camino que conduce a «la portilla». Sigue por este camino, hasta que se pierde, en un punto distante 178,84 de la esquina sureste del muro que delimita la explanada de la antigua zona claustral. Y desde aquí, se cierra el polígono en el punto en que se inicia esta delimitación.

Motivación: El área de protección descrita, se justifica en razón de posibilitar la correcta percepción del bien, en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación de su valor histórico. Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso‑administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 10 de enero de 2008.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo, M.ª José Salgueiro Cortiñas.



Datos oficiales del departamento Comunidad de Castilla y León

Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Martín de Castañeda, declarado bien de interés cultural con categoría de monumento.

"Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Martín de Castañeda, declarado bien de interés cultural con categoría de monumento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-9603 publicado el 03 junio 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-9603
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 junio 2008
Fecha Pub: 20080603
Fecha última actualizacion: 3 junio, 2008
Numero BORME 134
Seccion: 3
Departamento: Comunidad de Castilla y León
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 junio 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 25627
Pagina final: 25628




Publicacion oficial en el BOE número 134 - BOE-A-2008-9603


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-9603 de Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección del monasterio de San Martín de Castañeda, declarado bien de interés cultural con categoría de monumento.


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