Resolución de 22 de enero de 2018, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo específico de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid, para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional «Cooperative Severe Accident Research Program».





El Rector de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) y el Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear han suscrito, con fecha 23 de octubre de 2017, un Acuerdo específico de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la UPM para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)».






Orden del día 16 marzo 2018

El Rector de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) y el Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear han suscrito, con fecha 23 de octubre de 2017, un Acuerdo específico de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la UPM para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo de Colaboración, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de enero de 2018.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Marti Scharfhausen.

ANEXO

Acuerdo específico de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)»

REUNIDOS

De una parte: Don Fernando Marti Scharfhausen, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (en adelante CSN), cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1732/2012, de 28 de diciembre, en nombre y representación de este Organismo.

De otra parte: Don Guillermo Cisneros Pérez, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid (CIF Q-2818015F), (en adelante UPM), nombrado por Decreto 25/2016 de 5 de abril («BOCM» n.º 81, del 6), actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confieren los estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre («BOCM» n.º 273, de 15 de noviembre de 2010).

Ambos, reconociéndose mutuamente plena facultad para la realización de este acto,

EXPONEN

Primero.

Que el CSN ha firmado el 9 de mayo de 2017 un nuevo Convenio Marco de Colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid.

Segundo.

Que dicho Convenio Marco de Colaboración dispone que los compromisos de colaboración de cada proyecto se materializarán mediante la firma de Acuerdos Específicos de desarrollo, en los que se recogerán expresamente, además de las obligaciones económicas que asume cada Parte, la descripción y características técnicas de cada proyecto, la titularidad y uso del resultado de las investigaciones, las obligaciones y derechos de las partes y la duración con plazo de ejecución.

Que entre los temas objeto de dichos Acuerdos Específicos se encuentra el establecimiento de planes conjuntos de investigación en materia de seguridad nuclear y protección radiológica, conformes con las misiones y capacidades de dichas entidades.

Tercero.

Que el CSN y la Universidad Politécnica de Madrid colaboran desde hace años de forma muy satisfactoria, en el ámbito de la seguridad nuclear.

Cuarto.

Que el CSN ha suscrito un acuerdo bilateral con la Nuclear Regulatory Commission de los Estados Unidos de América (USNRC) para la participación en el denominado «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)». CSARP es un programa de cooperación internacional promovido por la USNRC que permite a sus miembros el acceso tanto a los resultados de los programas experimentales de investigación como a los códigos de cálculo desarrollados en el campo de los accidentes severos por la USNRC.

Quinto.

Que en virtud del acuerdo bilateral, el CSN es el depositario y distribuidor en España de los códigos de accidentes severos desarrollados por la USNRC, de sus herramientas auxiliares, así como, de su documentación y de cuantas actualizaciones se produzcan durante la vigencia del acuerdo. El acuerdo permite al CSN el acceso a un conjunto de códigos de cálculo desarrollados por la USNRC en el ámbito de los accidentes severos y, además, cualquier entidad española que desee acceder a estos códigos debe hacerlo a través del CSN.

Sexto.

Que la Universidad Politécnica de Madrid tiene interés en participar en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» del organismo regulador nuclear de Estados Unidos (USNRC), sobre el cual el CSN y la USNRC tienen suscrito un acuerdo específico de colaboración hasta el 22 de diciembre de 2019, y que el CSN tiene interés en la elaboración por parte de la Universidad Politécnica de Madrid de informes de valoración de los códigos de cálculo de accidentes severos desarrollados en el mencionado programa.

Séptimo.

Que el CSN suscribe el presente Acuerdo en ejercicio de la función que le atribuye su Ley de creación (Ley 15/1980, de 22 de abril), en su artículo 2, letra p) que consiste en establecer y efectuar el seguimiento de planes de investigación en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.

Octavo.

Que mediante el presente Acuerdo el CSN contará con la colaboración de la Universidad Politécnica de Madrid para la valoración de los códigos de cálculo de accidentes severos que utiliza en el desarrollo de sus funciones de licenciamiento y control de las instalaciones nucleares, mejorando con ello la eficiencia de la gestión pública, así como, la Universidad Politécnica de Madrid podrá acceder a dichos códigos de cálculo y al conocimiento asociado a los mismos, mejorando con ello la utilización conjunta de los medios y servicios públicos y justificando la utilidad pública del Acuerdo.

Noveno.

Que el objetivo del presente Acuerdo específico de colaboración es establecer las condiciones de colaboración entre dichas entidades para la consecución de un fin común de interés público.

Por lo que formalizan el presente Acuerdo específico de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objetivo.

El objetivo del presente Acuerdo es ampliar la difusión en España del conocimiento obtenido en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» de la USNRC, permitiendo a la UPM participar en el mismo y facilitándole el acceso al código MELCOR y a las herramientas analíticas a él asociadas.

El alcance de las actividades que se considera necesario realizar para alcanzar este objetivo se detalla en la Memoria Técnica que se adjunta a este Acuerdo.

Segunda. Vigencia.

Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma por ambas partes. El plazo de ejecución de las actividades contenidas en el Acuerdo es hasta el 22 de diciembre de 2019. No obstante, el Acuerdo podrá ser objeto de modificación o prórroga, por un máximo de cuatro años, por mutuo acuerdo de las partes si fuera necesario rectificar las actividades acordadas o variar su plazo de ejecución, y siempre que ello sea compatible con el respeto a las obligaciones presupuestarias impuestas legalmente. En este caso, se formalizará la oportuna cláusula adicional con las condiciones de la prórroga o modificación con anterioridad a la fecha de vencimiento del Acuerdo.

Tercera. Obligaciones de las partes.

Son obligaciones de la Universidad Politécnica de Madrid dentro de este Acuerdo:

▪ Realizar las actividades que se describen en la Memoria Técnica que se adjunta, relacionadas con el objetivo descrito en la cláusula primera.

▪ Poner a disposición del Acuerdo el personal necesario para garantizar la máxima calidad de los trabajos en él incluidos.

▪ Poner a disposición del CSN los resultados, métodos, códigos, metodologías, y, en general, toda la información que se genere durante la realización de las actividades objeto de este Acuerdo.

▪ Documentar los trabajos realizados dentro del Acuerdo, en la forma que se describe en la Memoria Técnica.

▪ Poner a disposición de la Universidad Politécnica de Madrid los datos e información de que disponga, y que pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.

▪ Poner a disposición de la Universidad Politécnica de Madrid los datos e información de que disponga, y que pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.

▪ Analizar los informes aportados por la UPM en el marco de este Acuerdo.

Cuarta. Presupuesto y financiación.

El Acuerdo no tendrá coste económico para el CSN y tampoco para la Universidad Politécnica de Madrid.

Quinta. Seguimiento del acuerdo.

El CSN y la Universidad Politécnica de Madrid designan respectivamente como Coordinadores Técnicos del Acuerdo a los siguientes técnicos:

Por el CSN: Don Fernando Robledo.

Por la Universidad Politécnica de Madrid: Don José César Queral Salazar.

Los Coordinadores Técnicos serán responsables de controlar el desarrollo del Acuerdo, y de adoptar, por mutuo acuerdo, las decisiones necesarias para la buena marcha de las actividades contempladas en el mismo. Para ello, podrán asesorarse de los expertos que consideren oportuno.

Sexta. Terminación y suspensión.

Las partes, de mutuo acuerdo o a petición de Parte por incumplimiento del clausulado, podrán rescindir o suspender temporalmente este Acuerdo, preavisando con al menos tres meses de antelación a la fecha en que la resolución deba ser efectiva.

La Universidad Politécnica de Madrid entregará al CSN un informe de los resultados obtenidos hasta el momento de la interrupción y podrá utilizar libremente dichos resultados, siempre que se salvaguarden las condiciones estipuladas en la cláusula séptima y siguientes.

Séptima. Confidencialidad.

Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información reservada a la obtenida en aplicación de este Acuerdo específico de colaboración, por lo que asumen de buena fe el tratamiento de restricción en su utilización por sus respectivas organizaciones, a salvo de su uso para el destino o finalidad pactados o de su divulgación, que habrá de ser autorizada previamente caso por caso.

La aplicación en otros proyectos de los conocimientos adquiridos por las partes como consecuencia de su participación en este proyecto no estará restringida por ninguna condición adicional.

En su caso: la información de carácter propietario que pudiera ser necesaria para la realización de los trabajos será facilitada a la Universidad Politécnica de Madrid por el CSN. La Universidad Politécnica de Madrid tratará esta información como reservada, y solamente podrá ser utilizada para las tareas objeto del Acuerdo. En caso de ser requerida para ello, la Universidad Politécnica de Madrid devolverá esta información al CSN a la finalización de los trabajos concretos en que se haya utilizado.

Octava. Propiedad de los resultados.

Los resultados de las actividades que se realicen dentro del alcance de este Acuerdo pertenecerán exclusivamente a las partes, como únicos titulares de los mismos.

En caso de que los trabajos o resultados del Acuerdo sean objeto de difusión, ya sea oral o escrita, por cualquiera de las partes, ésta deberá ser aprobada por ambas partes. Para la cesión a terceros de los resultados del Acuerdo, se deberá contar con el acuerdo conjunto y escrito de ambas entidades.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Acuerdo, que tiene naturaleza administrativa, se regulará por lo establecido en el mismo, quedando excluido de la aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, al amparo de su artículo 4.1.d) sometiéndose a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las demás normas de Derecho Administrativo, los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

Décima. Controversias.

Las partes convienen en solventar de mutuo acuerdo las diferencias que puedan presentarse en aplicación de este Acuerdo. Para ello, surgida la controversia, cada Parte designará un representante. En el caso de no lograrse común acuerdo, las partes someterán la cuestión al conocimiento y competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Habiendo leído el presente por sí mismos y hallándose conformes, lo firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto en Madrid, a 23 de octubre de 2017.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Fernando Marti Scharfhausen.–Por la Universidad Politécnica de Madrid, el Rector Magnífico, Guillermo Cisneros Pérez.

ANEXO 1

Memoria técnica del Acuerdo específico de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) para la participación en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» de la USNRC

1. Introducción.

Desde mediados de los años ochenta, el CSN y la USNRC han firmado, y renovando periódicamente, un acuerdo bilateral que permite al CSN participar en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)». Todos los organismos reguladores de nuestro entorno participan en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» de la USNRC. El CSN, como miembro del CSARP, tiene acceso a los códigos de cálculo desarrollados por la NRC en el área de los accidentes severos y sus consecuencias radiológicas en el exterior de la central. Además, cualquier otra entidad pública o privada española puede tener acceso a estos códigos de cálculos, siempre y cuando los solicite a través del CSN.

Desde la ocurrencia del accidente de la central nuclear de Fukushima los accidentes severos se han ido teniendo en cuenta cada vez más en los procesos de licenciamiento, habiendo emitido los organismos reguladores de los diferentes países requisitos específicos para las centrales nucleares en esta materia. El trabajo en el campo de los accidentes severos requiere el empleo de herramientas analíticas. Ejemplos de esta necesidad son, entre otros muchos, la evaluación de las medidas de mitigación de los accidentes severos, tales como, los recombinadores autocatalíticos de hidrógeno y los venteos filtrados de la contención. También tienen utilidad en la evaluación de los Análisis Probabilistas de Seguridad (APS) nivel 2. La participación española en el proyecto BSAF (Benchmark Study of the Accident at the Fukushima Daichii) también ha hecho un amplísimo uso del código MELCOR, desarrollado por la USNRC dentro de CSARP.

2. Objetivo del convenio.

El objetivo del Acuerdo que se propone consiste en ampliar la difusión en España del conocimiento obtenido en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» de la USNRC, permitiendo a la Universidad Politécnica de Madrid (en adelante UPM) participar en el mismo y acceder al código de cálculo de accidentes severos MELCOR («Methods for Estimations of Leakages and Consequences of Releases») y a la herramienta SNAP («Symbolic Nuclear Analysis Package») auxiliar para la utilización del código de cálculo MELCOR, que facilita la preparación y depuración de los ficheros de entrada al código de cálculo, la ejecución de casos con el mismo, la visualización de resultados y la ejecución interactiva con el modelo que se simula.

El Acuerdo específico de colaboración no tendrá coste para el CSN y estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el día 22 de diciembre de 2019, fecha en que finaliza el acuerdo de colaboración entre el CSN y la USNRC sobre el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)», pudiendo, en su caso, ser objeto de renovación.

3. Actividades a desarrollar.

Las principales actividades del Acuerdo serán las siguientes:

• Elaboración por parte de la UPM de informes de valoración del código de cálculo MELCOR y de su herramienta auxiliar SNAP, empleados para simular la progresión de un accidente severo en las centrales nucleares de agua ligera, incluidas las piscinas de almacenamiento de combustible gastado.

Dichos informes de valoración comprenderían los aspectos siguientes: actualizar a la última versión del código MELCOR los modelos de planta de las centrales nucleares españolas y realizar cálculos de planta con MELCOR y su herramienta analítica SNAP para compararlos con anteriores análisis, cooperar en la implantación de SNAP en el CSN, participar en los posibles cursos que se puedan realizar en España sobre MELCOR durante la vigencia de este Acuerdo, participar de forma activa en reuniones internacionales que involucren el uso del código MELCOR, tal como CSARP y EMUG, análisis de los resultados de los programas de investigación sobre accidentes severos en los que participa el CSN y verificación y validación de los modelos incluidos en el código MELCOR, incluyendo posibles mejoras de estos modelos.

• Formación de especialistas en la utilización del código MELCOR y de su herramienta auxiliar SNAP y aplicación del conocimiento adquirido en la evaluación de la seguridad de las centrales nucleares españolas.

4. Equipo para la realización del trabajo.

Las personas de la UPM encargadas de realizar los trabajos objeto de este Acuerdo son las siguientes:

Director del proyecto: José César Queral Salazar.

Investigadores: Gonzalo Jiménez Varas, Marta Ruiz Zapatero.

La UPM podrá sustituir a estas personas por otras en caso de necesidad, siempre que las nuevas personas dispongan de cualificaciones técnicas similares a las de las personas a las que sustituyen y sean previamente aceptadas por el CSN.

5. Informes de resultados.

Los resultados que se obtengan como producto de las actividades englobadas dentro de este Acuerdo quedarán debidamente documentados.

La UPM elaborará informes de seguimiento en los que se dará cuenta del estado de avance del proyecto en relación con los objetivos marcados para el periodo correspondiente. Se incluirá una descripción de las actividades realizadas y el grado de consecución de los objetivos hasta la fecha del informe, así como las presentaciones, reuniones, etc., que se hayan realizado durante el periodo. La periodicidad de estos informes de seguimiento será cuatrimestral.

La UPM elaborará un informe final del proyecto en el incluirá una exposición del desarrollo del proyecto y de los logros alcanzados, su comparación con los objetivos previstos y los resultados y productos que se hayan obtenido.

6. Cronograma.

Tal y como se señala en el punto 5 de esta Memoria Técnica, se elaborarán informes de seguimiento cuatrimestrales y un informe final de proyecto.

ANEXO 2

Memoria económica de costes del Acuerdo específico de colaboración entre el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y la Universidad Politécnica de Madrid (UPM) para la participación en el «Cooperative Severe Accident Research Program (CSARP)» de la USNRC

1. Presupuesto.

El Acuerdo no tendrá coste económico para el CSN y tampoco para la UPM.

La aportación de la UPM será la elaboración de los informes recogidos en la Memoria Técnica.



Datos oficiales del departamento Consejo de Seguridad Nuclear

Resolución de 22 de enero de 2018, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo específico de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid, para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional "Cooperative Severe Accident Research Program".

"Resolución de 22 de enero de 2018, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo específico de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid, para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional "Cooperative Severe Accident Research Program"." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-3739 publicado el 16 marzo 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-3739
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 marzo 2018
Fecha Pub: 20180316
Fecha última actualizacion: 16 marzo, 2018
Numero BORME 66
Seccion: 3
Departamento: Consejo de Seguridad Nuclear
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 marzo 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 30754
Pagina final: 30760




Publicacion oficial en el BOE número 66 - BOE-A-2018-3739


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-3739 de Resolución de 22 de enero de 2018, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo específico de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid, para posibilitar la participación de la UPM en el proyecto internacional "Cooperative Severe Accident Research Program".


Descargar PDF oficial BOE-A-2018-3739 AQUÍ



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