Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 11 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020.





La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 16 de enero de 2020, acordó hacer público el acuerdo adoptado de fecha 11 de diciembre de 2019 por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020, del siguiente tenor:

Contenidos de la Consejo General del Poder Judicial Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 11 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020. del 20200213







Orden del día 13 febrero 2020

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 16 de enero de 2020, acordó hacer público el acuerdo adoptado de fecha 11 de diciembre de 2019 por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020, del siguiente tenor:

«1.°) Establecer para el año 2020 los siguientes criterios sobre los turnos precisos para la composición y funcionamiento de las Salas y Secciones de este Tribunal, así como las normas de asignación de las Ponencias que deben turnar los Magistrados:

Sala Primera

La Sala Primera actuará todos los días hábiles de la semana, mediante dos Salas de Justicia.

Estas Salas de Justicia se formarán por el magistrado ponente y los restantes magistrados, por orden de antigüedad dentro de cada una de las salas que componen el cuadro adjunto.

Se exceptúan los casos en que se convoque la Sala en Pleno, al amparo del artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Sala en Pleno será convocada por el presidente cuando se considere necesario que la deliberación sobre un asunto se lleve a cabo por todos los magistrados, atendiendo a la función unificadora y de creación de doctrina jurisprudencial que incumbe al tribunal, en cuyo caso se designará un ponente de entre los magistrados de la sala. Asimismo, cualquier magistrado podrá instar al presidente la convocatoria de la Sala en Pleno para la resolución de un recurso del que sea ponente o conozca su sección. En el caso de que el presidente acuerde que se reúna la Sala en Pleno, se mantendrá la ponencia asignada. Forman parte de la Sala en Pleno todos los magistrados de la Sala Primera.

La composición de las Salas de Justicia se mantendrá inalterable durante todo el año, salvo las modificaciones que puedan imponer necesidades del servicio o las perentorias circunstancias de los magistrados, cuya sustitución en caso de enfermedad, licencia, comisión de servicio, cese por jubilación u otra causa, abstención o recusación, se efectuará por uno de los de cada Sala de Justicia, siguiendo el orden inverso de antigüedad; el presidente, cuando deba ser sustituido, lo será por el magistrado más antiguo de cada una de las Salas de Justicia.

Para el reparto de las ponencias de los recursos de queja que ingresen durante el año, se procederá a su turno entre los magistrados de la Sala de Admisión, integrada por el presidente, así como por un turno anual integrado por el magistrado más antiguo y el más moderno. Esta Sala de Admisión se constituirá los miércoles y tiene atribuida de modo exclusivo la resolución de los recursos de queja, así como la decisión sobre la admisión de los recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal, que serán examinados por el orden que resulte más adecuado, con especial ponderación del orden cronológico de los asuntos. En la Sala de Admisión, si fuera necesaria la sustitución de alguno de sus integrantes, será seguido el orden de antigüedad de los magistrados. En el año 2020, estará compuesta por el Excmo. Sr. Presidente, el Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena y el Excmo. Sr. Don Juan María Díaz Fraile.

Para la asignación de las ponencias de los recursos de casación y extraordinarios por infracción procesal, así como para la de los asuntos restantes (revisiones, cuestiones de competencia, declaraciones de error judicial y demandas de responsabilidad civil), se seguirá el orden de antigüedad de los magistrados. El Presidente de la Sala, en atención a la intensidad de las funciones institucionales, representativas y gubernativas propias de su cargo, podrá estar puntualmente exento en la asignación regular de ponencias.

Siempre que se respete el principio de igualdad en el reparto de trabajo, el presidente podrá alterar el orden correlativo de antigüedad y designar como ponente a otro magistrado en atención a su procedencia, especialidad y examen previo de procesos sustancialmente iguales.

Como quiera que una parte de los procedimientos no concluye por sentencia, al producirse desistimientos, declararse desiertos o terminar por auto, se procederá, en el momento del señalamiento de las vistas o de la votación y fallo, a un reajuste de las ponencias entre los magistrados, aplicándose, en su caso, la previsión contenida en el párrafo anterior y teniendo en cuenta, entre otras circunstancias, la importancia de los asuntos y la similitud de las materias para lograr la igualdad objetiva en el reparto de trabajo, una distribución racional del volumen de asuntos que se han de resolver en cada sesión y la celeridad posible en la fecha de los señalamientos, que serán efectuados por el orden y con las preferencias establecidas legalmente, y ponderando asimismo la necesidad de abordar los recursos por «interés casacional» en supuestos de normas nuevas, contradicción entre audiencias provinciales y oposición a la jurisprudencia, cuando se haga preciso atender con rapidez la función unificadora que compete al Tribunal Supremo.

Cuadro de composición de las salas:

Sala 1. La sala integrada por los Excmos. Sres. don Antonio Salas Carceller, don Francisco Javier Arroyo Fiestas, don Eduardo Baena Ruiz, doña María Angeles Parra Lucán y don José Luis Seoane Spiegelberg formará sala los martes y miércoles.

Sala 2. La sala integrada por los Excmos. Sres. don Ignacio Sancho Gargallo, don Rafael Sarazá Jimena, don Pedro José Vela Torres y don Juan María Díaz Fraile formará sala los miércoles y jueves.

El Presidente de la Sala presidirá y turnará por periodos mensuales o bimensuales, según necesidades del servicio y de la adecuada composición de las salas, en la Sala de Justicia que se fije en el cuadro de señalamientos, al que se dará la publicidad acostumbrada.

Cuando no la presida el presidente, cada Sala de Justicia será presidida por el magistrado más antiguo de los que la integren.

Orden de señalamiento de ponencias: Excmos. Sres.:

1. D. Francisco Marín Castán (Presidente de la Sala).

2. D. Antonio Salas Carceller.

3. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.

4. D. Ignacio Sancho Gargallo.

5. D. Rafael Sarazá Jimena.

6. D. Eduardo Baena Ruiz.

7. D. Pedro José Vela Torres

8. Dña. María Ángeles Parra Lucán.

9. D. José Luis Seoane Spiegelberg

10. D. Juan María Díaz Fraile.

Sala Segunda

En orden al funcionamiento del Tribunal y al reparto de los asuntos de su competencia, la Sala Segunda actuará, de ordinario, de lunes a viernes de cada semana, por medio de dos Tribunales. En todo caso, para la deliberación y decisión de los recursos de casación estarán constituidos por cinco Magistrados.

El reparto de asuntos se llevará a efecto de acuerdo con las diferentes materias de que la Sala ha de conocer:

a) Recurso de casación.

b) Recursos de Revisión.

c) Causas Especiales (Aforados).

d) Errores Judiciales.

e) Recursos de Queja.

f) Cuestiones de Competencia.

g) Incidentes de Recusación.

1.º En los casos de las letras a), b), d), e), f) y g) las ponencias se turnarán correlativamente según el orden de registro de los asuntos a los Magistrados conforme a la relación de ponentes por el orden de antigüedad que figura en este Acuerdo.

2.° En los supuestos de la Sala de Admisión, incluida en el Apartado c) se establece un turno rotatorio de llamamientos durante cuatro meses.

A. Recursos de Casación.

Las ponencias se asignarán por orden de antigüedad de los Magistrados, según el orden de ingreso de los asuntos.

A.1 Sala de Admisión de recursos de casación interpuestos contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

A.1 Sala de Admisión de recursos de casación interpuestos contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

1) Esta Sala de Admisión conocerá de los recursos de casación en los que concurran los presupuestos siguientes de manera cumulativa:

1.1) Que se trate de recursos de casación interpuestos contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (art. 847.1, letra b) de la LECRIM, tras su redacción por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales).

1.2) Que se trate de recursos de casación interpuestos en procedimientos penales incoados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.

2) La composición de esta Sala, desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020, será la siguiente:

Presidente: Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.

Magistrados:

Excmo. Sr. Don Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

Excma. Sra. Doña Susana Polo García.

3) La inadmisión a trámite del recurso de casación en estos casos podrá acordarse por providencia sucintamente motivada siempre que haya unanimidad por carencia de interés casacional.

4) En caso de que algún asunto fuere admitido, la deliberación y fallo del mismo corresponderá, con carácter general, al Pleno de la Sala Segunda.

A.2 Sala de Admisión General.

1) Esta Sala de Admisión conocerá de los recursos de casación en los que no concurran las circunstancias anteriores.

2) La composición de esta Sala, desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020, será la siguiente:

Presidente: Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez

Magistrados:

Excmo. Sr. Don Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.

Excmo. Sr. Don Vicente Magro Servet.

3) La Sala, por unanimidad, podrá acordar –mediante auto- la admisión de los recursos.

Después de los trámites relativos a la admisión, las actuaciones se envían de nuevo al Ponente nombrado inicialmente, el cual propondrá lo que legalmente proceda sobre si éste se resolverá con vista o sin ella, y la causa esperará luego el correspondiente turno de señalamiento.

Llegada la fase de señalamiento, para vista o fallo, se efectuará un reajuste o returno de las ponencias en la medida que sea necesario para asegurar la debida proporción en la distribución del trabajo de la Sala, en atención a la distinta suerte que hayan podido correr las distintas causas (inadmisión, desistimiento, crisis procesales que determinen la terminación del recurso sin sentencia, etc.), o las particulares circunstancias que concurran en los Magistrados ponentes (jubilación, enfermedad, relevación temporal de ponencias por haberle correspondido alguna ponencia de especial complejidad o haber sido nombrado Instructor de alguna causa especial de similar dificultad, etc.)- Este reajuste se llevará a efecto por riguroso orden de antigüedad de los Magistrados.

Cuando en cualquier votación el Ponente vote en forma distinta de la mayoría y quiera formular voto particular, pasará la Ponencia al Magistrado más moderno, salvo que la asuma el Presidente, o designe a otro Magistrado o el propio Magistrado Ponente exprese su disposición a reflejar el criterio de la mayoría.

B. Recursos de Revisión.

En cuanto al turno de ponencias, se seguirá el mismo criterio que para los recursos de casación.

En la tramitación de estos recursos no intervendrá la Sala de Admisión.

C) Causas Especiales (Aforados).

Son causas especiales las instruidas contra personas aforadas, respecto de las cuales corresponde a la Sala Segunda su instrucción y enjuiciamiento.

El Tribunal que habrá de conocer las Causas Especiales resolverá sobre su admisión a trámite y, en su caso, las enjuiciará, estando formado por el Presidente de la Sala y dos o cuatro Magistrados, según los casos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 145 LECrim.

Estos Magistrados serán nombrados por un periodo de cuatro meses; siguiendo un doble turno: uno o dos, en su caso, por turno de antigüedad -de mayor a menor- y el otro o los otros dos, por turno de menor a mayor antigüedad.

El conocimiento y decisión de los recursos frente a las resoluciones del Instructor designado en la admisión corresponderá a una Sala compuesta por tres Magistrados, nombrados por un período de cuatro meses, siguiendo el orden de los que precedan inmediatamente a los Magistrados designados para la admisión, partiendo del más antiguo, excluyendo al Presidente.

Conforme a estos criterios, el Tribunal de Causas Especiales estará formado, en principio, de la siguiente manera (cuando deba integrarse por cinco Magistrados):

1) Del 1 de febrero de 2020 al 31 de mayo de 2020:

Presidente: Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.

Magistrados:

Excmo, Sr. Don Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.

Excmo. Sr. Don Antonio del Moral García.

Excmo. Sr. Don Pablo Llarena Conde.

Excmo. Sr. Don Vicente Magro Servet.

2) Del 1 de junio de 2020 al 30 de septiembre de 2020:

Presidente: Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.

Magistrados:

Excmo. Sr. Don Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre.

Excmo. Sr. Don Antonio del Moral García.

Excma. Sra. Doña Ana M.ª Ferrer García.

Excmo. Sr. Don Pablo Llarena Conde

3) Del 1 de octubre de 2020 al 31 de enero de 2021:

Presidente: Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.

Magistrados:

Excmo. Sr. Don Andrés Martínez Arriata.

Excmo. Sr. Don Andrés Palomo del Arco.

Excma. Sra. Doña Ana M.ª Ferrer García.

Excmo. Sr. Don Eduardo de Porras Ortiz de Urbina.

La Sala de Recursos frente a las resoluciones del Instructor estará integrada, en principio, por los siguientes Magistrados:

1) Del 1 de febrero de 2020 al 31 de mayo de 2020:

Excmo. Sr. Don Julián A. Sánchez Melgar.

Excmo. Sr. Don Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

Excma. Sra. Doña Susana Polo García.



Datos oficiales del departamento Consejo General del Poder Judicial

Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 11 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020.

"Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 11 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-2129 publicado el 13 febrero 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-2129
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 febrero 2020
Fecha Pub: 20200213
Fecha última actualizacion: 13 febrero, 2020
Numero BORME 38
Seccion: 3
Departamento: Consejo General del Poder Judicial
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 febrero 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 14142
Pagina final: 14160




Publicacion oficial en el BOE número 38 - BOE-A-2020-2129


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-2129 de Acuerdo de 16 de enero de 2020, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 11 de diciembre de 2019, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, relativo a la composición y funcionamiento de las salas y secciones del Tribunal Supremo y asignación de ponencias para el año judicial 2020.


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