ESCISIÓN DE EMPRESAS de EDIGOM MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) MOGIDE MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

ESCISIÓN DE EMPRESAS de EDIGOM MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) MOGIDE MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) a fecha de 25 enero, 2017

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el Socio Único de la Sociedad Escindida ha decidido, con fecha 12 de enero de 2017, la segregación de la Sociedad Escindida mediante la división y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio, afecto a la actividad de hostelería y restauración (que constituye una unidad económica), a favor de la Sociedad Beneficiaria "Mogide Málaga, S.L.U.", filial 100% de "Edigom Málaga, S.L.U.", de conformidad con el Proyecto de Segregación formulado por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria.


Orden del día

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el Socio Único de la Sociedad Escindida ha decidido, con fecha 12 de enero de 2017, la segregación de la Sociedad Escindida mediante la división y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio, afecto a la actividad de hostelería y restauración (que constituye una unidad económica), a favor de la Sociedad Beneficiaria "Mogide Málaga, S.L.U.", filial 100% de "Edigom Málaga, S.L.U.", de conformidad con el Proyecto de Segregación formulado por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, no siendo necesarios el informe de los administradores sobre el proyecto de segregación ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión conforme a los arts. 49, 52, 73 y 78 Bis LME. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 LME de oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Málaga, 12 de enero de 2017.- El Administrador Único de "Edigom Málaga, S.L.U." y "Mogide Málaga, S.L.U.", D. José Gómez Rueda.



Datos oficiales de la ESCISIÓN DE EMPRESAS

EDIGOM MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) MOGIDE MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

"EDIGOM MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) MOGIDE MÁLAGA, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)" corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BORME-C-2017-348 publicado el

ID de la publicación: BORME-C-2017-348
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Fecha de publicación:
Fecha Pub: 20170125
Fecha última actualizacion: 25 enero, 2017
Numero BORME 17
Seccion: 2
Departamento: ESCISIÓN DE EMPRESAS
Numero de anuncio: A170003815
ID del anuncio: A170003815
Fecha de publicacion:
Letra: C
Pagina de inicio: 399
Pagina final: 399



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