ESCISIÓN DE EMPRESAS

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FUENTES NAVERENT, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA) DECORUM HOME ART, S.L. (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se comunica que la Junta general extraordinaria y universal de "Decorum Home Art, S.L." (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 1 de junio de 2023, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Decorum Home Art, S.L.", mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, a la sociedad beneficiaria "Fuentes Naverent, Sociedad Limitada", adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación. La escisión parcial se encuadra dentro de la previsión del artículo 42 LME, por lo que el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de depositar o publicar, previamente, los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de los socios con derecho a voto de la sociedad escindida, habiendo servido de base para la escisión el balance de la sociedad escindida cerrado a 31 de mayo de 2023, y sobre la base del Proyecto de Escisión Parcial de fecha 10 de mayo de 2023, firmado por el órgano de administración de la sociedad escindida. Y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión. Igualmente, los acreedores de cada una de las sociedades partícipes en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión y no estuviera vencido en ese momento, ni suficientemente garantizado, tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

INVEST SOCIEDAD ANONIMA (SOCIEDAD ESCINDIDA) MONTEDEORO S.L., SOTILLO Y RINCON S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 58.1 y 71 del Real Decreto-Ley 5/2023 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los Socios únicos de la sociedad Invest S.A. (Sociedad Escindida), ejerciendo las competencias propias de la Junta, después de aprobar tanto el Balance de Escisión como el Proyecto de Escisión Total, decidieron el pasado 2 de Noviembre de 2.023 aprobar la Escisión Total de la misma, traspasando todo su patrimonio social a título universal a las dos sociedades accionistas de la misma, denominadas Montedeoro S.L. y Sotillo y Rincón S.L. (Sociedades Beneficiarias) en los términos y condiciones del proyecto de escisión formulado y suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes el 31 de octubre de 2.023.

MACI RECUPERACIÓN DE METALES, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) MACI SCRAP, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43, 71 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 27 de noviembre de 2023 la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil "Maci Recuperación de Metales, Sociedad Limitada" acordó por unanimidad de todos sus socios la segregación y el traspaso en bloque por sucesión universal de la rama de actividad de comercio al por mayor de metales de desecho férreos y no férreos a la mercantil de nueva constitución "Maci Scrap, Sociedad Limitada Unipersonal", quedando ésta última subrogada en todos los derechos y obligaciones que reciba y asumiendo a cambio la Sociedad Segregada la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto de Segregación suscrito por el Administrador Único de "Maci Recuperación de Metales, Sociedad Limitada", sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil en el que está inscrita conforme establece el artículo 42 de la LME.

ROFEICA ENERGÍA SOCIEDAD ANONIMA (SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA) RECURSOS ENERGETICOS DE BIOMASA SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 10 del RD 5/25 de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades de capital se hace público que por acuerdo de Junta General de socios de 30 de junio de 2023 de RECURSOS ENERGETICOS DE BIOMASA SL (sociedad beneficiaria de la escisión) acordó la escisión financiera impropia parcial mediante la cual ROFEICA ENERGÍA SA (sociedad parcialmente escindida) escindirá una parte de su patrimonio, consistente en la cartera financiera integrada por la participación que ostenta en la Sociedad NOVALIA SINERGIE SL y las transmitirá en bloque a la Sociedad Beneficiaria Preexistente, RECURSOS ENERGETICOS DE BIOMASA SL que las adquirirá por sucesión universal subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes de patrimonio escindido.

URBAGES 2019, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) URBAGES 2019, S.L. URAUSTU, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 29 de noviembre de 2023, la junta general extraordinaria y universal de socios de "Urbages 2019, S.L." (la "Sociedad Escindida") ha aprobado la escisión total de la misma a favor de dos sociedades beneficiarias de nueva creación que se constituirán con las denominaciones sociales de "Urbages 2019, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria 1", sucesora en la denominación de la Sociedad Escindida) y "Uraustu, S.L." (la "Sociedad Beneficiaria 2" y, conjuntamente con la Sociedad Beneficiaria 1, las "Sociedades Beneficiarias").