Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial.





Advertidos errores en el texto del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de 28 de febrero de 2006, se procede a efectuar las oportunas modificaciones.






Orden del día 03 marzo 2006

Advertidos errores en el texto del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de 28 de febrero de 2006, se procede a efectuar las oportunas modificaciones.

En la página 8015, primera columna, quinto párrafo, donde dice: «En la presente disposición, se procede a asimilar a contratos bilaterales físicos, con carácter previo a la casación del mercado diario, las cantidades de energía eléctrica coincidentes de venta y adquisición presentadas por dichos sujetos, de forma que éstos sólo podrán participar en la casación con la posición neta del grupo al que pertenecen.»

Debe decir: «En la presente disposición, se procede a asimilar a contratos bilaterales físicos, con carácter previo al programa resultante de la casación del mercado diario, las cantidades de energía eléctrica coincidentes de venta y adquisición presentadas y casadas por dichos sujetos, de forma que éstos sólo podrán participar en el programa resultante de la casación con la posición neta del grupo al que pertenecen.» En la página 8015, segunda columna, en el artículo uno, apartado 1, undécima línea, donde dice: «... puedan participar en la casación por la posición...», debe decir: «... puedan participar en el programa resultante de la casación por la posición...». En la página 8016, primera columna, en el artículo dos, apartado 1, primera y segunda líneas, donde dice: «A partir del día 2 de marzo de 2006, para las tasaciones ...», debe decir: «A partir del día 2 de marzo de 2006, para las casaciones ...». En la página 8016, primera columna, en el artículo dos, apartado 1, quinta línea, donde dice: «... se minorará el importe...», debe decir: «... se minorará en el importe...». En la página 8016, segunda columna, en el anexo, apartado 1, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «... diario e intradiario y antes de realizar...», debe decir: «... diario e intradiario y después de realizar...». En la página 8016, segunda columna, en el anexo, apartado 1, primer párrafo, quinta línea, donde dice: «... aquellas ofertas presentadas por...», debe decir: «... aquellas ofertas presentadas y casadas por...». En la página 8016, segunda columna, en el anexo, apartado 1, segundo párrafo, primera línea, donde dice: «El operador del mercado incorporará en la casación...», debe decir: «El operador del mercado incorporará al programa resultante de la casación...». En la página 8016, segunda columna, en el anexo, apartado 1, tercer párrafo, cuarta, quinta y sexta líneas, donde dice: «bilateral las ofertas de venta de menor precio con la totalidad de las ofertas de adquisición del grupo; seguidamente, incorporará a la casación las ofertas de venta...», debe decir: «bilateral las ofertas de venta casadas de menor precio con la totalidad de las ofertas de adquisición casadas del grupo; seguidamente, incorporará al programa resultante de la casación las ofertas de venta...». En la página 8016, segunda columna, en el anexo, apartado 1, cuarto párrafo, cuarta, quinta y sexta líneas, donde dice: «adquisición de mayor precio con la totalidad de las ofertas de venta del grupo; seguidamente, incorporará a la casación las ofertas de adquisición restantes», debe decir: «adquisición casadas de mayor precio con la totalidad de las ofertas de venta casadas del grupo; seguidamente, incorporará al programa resultante de la casación las ofertas de adquisición restantes».



Datos oficiales del departamento Jefatura del Estado

Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial.

"Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-3763 publicado el 03 marzo 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-3763
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 marzo 2006
Fecha Pub: 20060303
Fecha última actualizacion: 3 marzo, 2006
Numero BORME 53
Seccion: 1
Departamento: Jefatura del Estado
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 marzo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 8659
Pagina final: 8659




Publicacion oficial en el BOE número 53 - BOE-A-2006-3763


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-3763 de Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-3763 AQUÍ



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