Real Decreto-ley 12/2013, de 18 de octubre, por el que se conceden suplementos de crédito por importe de 70.000.000 de euros en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad para atender necesidades de financiación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.





El presente Real Decreto-ley tiene como finalidad proceder a la concesión de suplementos de créditos en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad con la finalidad de atender necesidades de financiación en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas por importe global de 70.000.000 de euros.






Orden del día 19 octubre 2013

El presente Real Decreto-ley tiene como finalidad proceder a la concesión de suplementos de créditos en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad con la finalidad de atender necesidades de financiación en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas por importe global de 70.000.000 de euros.

La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas se encuentra en una difícil situación desde el punto de vista de su financiación. En la actualidad presenta insuficiencias de crédito que le impiden adquirir los compromisos de gasto indispensables para mantener operativa su actividad y su remanente de tesorería no le permite afrontar la cadencia de los pagos debidos durante el año 2013.

Para compensar la falta de liquidez del organismo, el apartado 2 del artículo 6 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, concedió un suplemento de crédito por importe de 25.000.000 de euros a la citada agencia estatal para atender sus necesidades de financiación.

Así, además de las obligaciones adquiridas de pago de nóminas al personal contratado, existen otros gastos asociados a proyectos y contratos que deben ejecutarse obligatoriamente durante 2013, por ser ésta la última anualidad del proyecto, por la propia programación científica o por exigirlo expresamente así la convocatoria o resolución de concesión, cuyo incumplimiento originaría la apertura de procedimiento de reintegro por las cantidades subvencionadas y no gastadas dentro del plazo de ejecución del proyecto, más los correspondientes intereses.

Estas razones determinan la urgencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas en recibir el suplemento de crédito tanto para poder cumplir con los compromisos adquiridos como para atender a los pagos derivados de la ejecución de su presupuesto.

En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de octubre de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1. Concesión de suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad para atender necesidades de financiación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

1. Se concede un suplemento de crédito en el presupuesto de la Sección 27 «Ministerio de Economía y Competitividad», Servicio 11 «Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación», Programa 000X «Transferencias internas», Concepto 430 «Al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)» por importe de 20.000.000 de euros.

2. Se concede un suplemento de crédito en el presupuesto de la Sección 27 «Ministerio de Economía y Competitividad», Servicio 11 «Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación», Programa 000X «Transferencias internas», Concepto 730 «Al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)» por importe de 50.000.000 de euros.

Estos suplementos de crédito tendrá el siguiente reflejo en el presupuesto de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

Presupuesto de ingresos:

Artículo 2. Financiación de los suplementos de crédito.

Los suplementos de crédito que se conceden en el presente real decreto-ley se financiarán con deuda pública.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de octubre de 2013.

JUAN CARLOS R.

La Presidenta del Gobierno, en funciones,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN



Datos oficiales del departamento Jefatura del Estado

Real Decreto-ley 12/2013, de 18 de octubre, por el que se conceden suplementos de crédito por importe de 70.000.000 de euros en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad para atender necesidades de financiación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

"Real Decreto-ley 12/2013, de 18 de octubre, por el que se conceden suplementos de crédito por importe de 70.000.000 de euros en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad para atender necesidades de financiación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2013-10947 publicado el 19 octubre 2013

ID de la publicación: BOE-A-2013-10947
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 octubre 2013
Fecha Pub: 20131019
Fecha última actualizacion: 19 octubre, 2013
Numero BORME 251
Seccion: 1
Departamento: Jefatura del Estado
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 octubre 2013
Letra: A
Pagina de inicio: 85169
Pagina final: 85170




Publicacion oficial en el BOE número 251 - BOE-A-2013-10947


Publicacion oficial en el BOE-A-2013-10947 de Real Decreto-ley 12/2013, de 18 de octubre, por el que se conceden suplementos de crédito por importe de 70.000.000 de euros en el presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad para atender necesidades de financiación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.


Descargar PDF oficial BOE-A-2013-10947 AQUÍ



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