Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Perú.





El 20 de octubre de 2016 la República del Perú ha procedido a la firma del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos anexos debidamente cumplimentados.






Orden del día 16 noviembre 2016

El 20 de octubre de 2016 la República del Perú ha procedido a la firma del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos anexos debidamente cumplimentados.

El texto del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2011, páginas 1630 a 1643, junto con el texto del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, páginas 1645 a 1665.

El contenido de los anexos cumplimentados por la República del Perú es el siguiente:

ANEXO I

Autoridades competentes (art. 2.1)

Por la República del Perú:

a. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

b. El Ministerio de Economía y Finanzas.

ANEXO II

Instituciones competentes en los Estados Parte del Convenio (art. 2.2)

En la República del Perú:

1. Sistema Nacional de Pensiones:

a. Oficina de Normalización Previsional –ONP–, para prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia.

b. Comisiones Médicas competentes encargadas de la clasificación del estado de invalidez.

2. Sistema Privado de Pensiones:

a. Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), para las prestaciones de vejez, invalidez y sobrevivencia.

b. Comité Médico de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (COMAFP), para la calificación de invalidez para el otorgamiento de pensiones.

c. Comité Médico de la Superintendencia (COMEC), para la calificación de invalidez para el otorgamiento de pensiones.

ANEXO III

Organismos de enlace en cada uno de los Estados Parte del Convenio (art. 2.3)

a. Oficina de Normalización Previsional –ONP–.

Para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones.

b. Superintendencia de Banca Seguros y AFP –SBS–.

Para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones.

ANEXO IV

Regla de cálculo para el pago de pensiones (art. 13.3)

En Perú:

Las reglas concretas para la aplicación de la legislación peruana a efectos de la determinación de las cuantías de las pensiones, serán las constituidas de conformidad con el Decreto Supremo n.º 099-2002-EF, en el cual se establecen las pautas a seguir para la determinación del monto de la pensión de jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones regulado por el Decreto Ley n.º 19990.

ANEXO V

Acuerdos sobre reembolsos de gastos administrativos y médicos (art. 25.2)

(En blanco)

* * *

Conforme a lo previsto en su artículo 33, el Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social entró en vigor el 20 de octubre de 2016 entre la República del Perú y los Estados que habían procedido anteriormente a la firma del Acuerdo: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Portugal y Uruguay.

Madrid, 11 de noviembre de 2016.–La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Perú.

"Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Perú." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2016-10672 publicado el 16 noviembre 2016

ID de la publicación: BOE-A-2016-10672
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 noviembre 2016
Fecha Pub: 20161116
Fecha última actualizacion: 16 noviembre, 2016
Numero BORME 277
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 noviembre 2016
Letra: A
Pagina de inicio: 80013
Pagina final: 80014




Publicacion oficial en el BOE número 277 - BOE-A-2016-10672


Publicacion oficial en el BOE-A-2016-10672 de Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Perú.


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