Orden CUL/1462/2005, de 19 de abril, por la que se otorga la Garantía del Estado a una pieza, para su exhibición en el Museo del Traje.





A petición del Director del Museo del Traje. De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional sexta de la Ley 2/2004 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, de la Asesoría Jurídica y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales He tenido a bien disponer:






Orden del día 24 mayo 2005

A petición del Director del Museo del Traje. De acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, así como la disposición adicional sexta de la Ley 2/2004 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, de la Asesoría Jurídica y de la Oficina Presupuestaria del Departamento y De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales He tenido a bien disponer:

Primero.-Otorgar la garantía del Estado prevista en las indicadas disposiciones con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan y con total sujeción al Real Decreto 1680/1991.

Segundo.-Dicha garantía se circunscribe exclusivamente al traje para recepción del embajador sueco Nils Nilsson Brahe, de fabricación española, en lana de camello, terciopelo, hilo de plata, seda y lino, que se exhibirá en el Museo del Traje entre el 26 de abril y el 30 de octubre. La recogida de la pieza se realizará a partir del día 21 de abril, mientras que la entrega tendrá lugar hasta el día 10 de noviembre. El valor económico total del bien es de 875.992,34 euros, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/91 y del apartado quinto de esta Orden. Tercero.-Previamente a la entrega del bien garantizado en su lugar de recogida, personal técnico cualificado deberá elaborar un informe exhaustivo sobre su estado de conservación. Obtenida la conformidad escrita de cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado comenzará a surtir efecto a partir de la entrega del bien en su lugar de origen a la empresa encargada de realizar el transporte del mismo. Tras su exhibición en el Museo del Traje, la pieza será entregada a la institución cedente en el lugar por ella designado, firmándose en ese momento el acta de devolución del bien, en la que deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentra la pieza devuelta. En cualquier caso, e independientemente de cuándo se produzca la firma del acta, la garantía del Estado dejará de surtir efecto a partir de la devolución de la pieza en su lugar de origen o en otro designado por el cedente por parte de la empresa encargada de realizar el transporte de la misma. Cuarto.-El centro solicitante de la garantía o los cedentes del bien cultural, asegurarán las cantidades no cubiertas por esta garantía en virtud del artículo 6.2 del Real Decreto 1680/91. Quinto.-Esta garantía se otorga a los bienes culturales descritos en el Anexo que cita el apartado segundo y comporta, según lo dispuesto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1680/1991, el compromiso del Estado de indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras mencionadas, de acuerdo con el valor reflejado en el apartado segundo y las condiciones expresadas en la documentación que obra en el expediente. Sexto.-Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado. Séptimo.-El Museo del Traje enviará a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de la pieza al cedente, certificado extendido por su Director acreditando el término de la garantía otorgada, así como cualquier circunstancia que afecte a la misma. Octavo.-La Institución cesionaria adoptará todas las precauciones necesarias para el estricto cumplimiento de lo previsto en esta Orden, así como las medidas que sean procedentes para la seguridad y conservación del bien garantizado.

Madrid, 19 de abril de 2005.-P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, BOE del 31), el Subsecretario, Antonio Hidalgo López.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Cultura

Orden CUL/1462/2005, de 19 de abril, por la que se otorga la Garantía del Estado a una pieza, para su exhibición en el Museo del Traje.

"Orden CUL/1462/2005, de 19 de abril, por la que se otorga la Garantía del Estado a una pieza, para su exhibición en el Museo del Traje." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-8527 publicado el 24 mayo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-8527
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 mayo 2005
Fecha Pub: 20050524
Fecha última actualizacion: 24 mayo, 2005
Numero BORME 123
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Cultura
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 mayo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 17503
Pagina final: 17504




Publicacion oficial en el BOE número 123 - BOE-A-2005-8527


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-8527 de Orden CUL/1462/2005, de 19 de abril, por la que se otorga la Garantía del Estado a una pieza, para su exhibición en el Museo del Traje.


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