Orden DEF/2042/2006, de 20 de junio, que modifica la Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España.





La Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España, modificada por la Orden DEF/725/2003, de 25 de marzo, determina en su apartado séptimo, que en caso de pérdida o sustracción, el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas ha de informar de esta circunstancia a la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa. Por otra parte, el último párrafo del apartado 3.3.a) del anexo I, que describe las tarjetas modelos A, B y D, establece que el código numérico de las tarjetas pertenecientes al personal reservista temporal y voluntario estará formado por los ocho dígitos del documento nacional de identidad. Con el fin de equiparar el procedimiento para la renovación de la tarjeta de identidad militar (TIM) entre los miembros de las Fuerzas Armadas, parece conveniente que el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas informe de la pérdida o sustracción de la TIM a la Dirección General de Personal y no a la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa, del mismo modo que los Ejércitos y la Armada informan a sus Mandos o Jefaturas de Personal correspondientes. Por ello, se determina que sea la Dirección General de Personal y no la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa el organismo al cual se ha de informar de la pérdida o sustracción de la TIM del personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. Por último, se ha visto la necesidad de modificar a doce dígitos en lugar de ocho el código numérico de las tarjetas de identidad militar tipo D de los reservistas temporales y voluntarios, con el fin de conseguir una correcta adecuación con los actuales sistemas informáticos, de manera que éstos identifiquen su situación de reservistas. En su virtud, con la conformidad del Ministro del Interior en lo que respecta al personal del Cuerpo de la Guardia Civil y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 5 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas,






Orden del día 28 junio 2006

La Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España, modificada por la Orden DEF/725/2003, de 25 de marzo, determina en su apartado séptimo, que en caso de pérdida o sustracción, el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas ha de informar de esta circunstancia a la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa. Por otra parte, el último párrafo del apartado 3.3.a) del anexo I, que describe las tarjetas modelos A, B y D, establece que el código numérico de las tarjetas pertenecientes al personal reservista temporal y voluntario estará formado por los ocho dígitos del documento nacional de identidad. Con el fin de equiparar el procedimiento para la renovación de la tarjeta de identidad militar (TIM) entre los miembros de las Fuerzas Armadas, parece conveniente que el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas informe de la pérdida o sustracción de la TIM a la Dirección General de Personal y no a la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa, del mismo modo que los Ejércitos y la Armada informan a sus Mandos o Jefaturas de Personal correspondientes. Por ello, se determina que sea la Dirección General de Personal y no la Subdirección General de Régimen Interior del Ministerio de Defensa el organismo al cual se ha de informar de la pérdida o sustracción de la TIM del personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. Por último, se ha visto la necesidad de modificar a doce dígitos en lugar de ocho el código numérico de las tarjetas de identidad militar tipo D de los reservistas temporales y voluntarios, con el fin de conseguir una correcta adecuación con los actuales sistemas informáticos, de manera que éstos identifiquen su situación de reservistas. En su virtud, con la conformidad del Ministro del Interior en lo que respecta al personal del Cuerpo de la Guardia Civil y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 5 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas,

D I S P O N G O :

Apartado único. Modificación de la Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España, modificada por la Orden DEF/725/2003, de 25 de marzo.

«1. Para recibir la nueva TIM será preciso entregar previamente la antigua, excepto por motivo de pérdida o sustracción en cuyo caso se pondrá en conocimiento del Mando o Jefatura de Personal correspondiente, de la Dirección General de Personal para el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas o de la Secretaría General de Política de Defensa para el personal militar de nacionalidad distinta a la española destinado en alguno de los Cuarteles Generales Internacionales ubicados en España, siguiendo el conducto reglamentario, y acompañando al escrito una fotocopia de la denuncia interpuesta en Comisaría o Puesto de la Guardia Civil por el hecho.»

Dos. El primer párrafo del punto 3.3.a) del anexo I, queda redactado del siguiente modo:

«Para el personal incluido en los puntos 1, 2 y 4 del apartado tercero de esta Orden Ministerial, el primer espacio reservado estará formado por un código numérico, de doce dígitos, integrado por tres grupos diferenciados:»

Tres. Se suprime el último párrafo del punto 3.3.a) del anexo I.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en los que se opongan a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de junio de 2006.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Defensa

Orden DEF/2042/2006, de 20 de junio, que modifica la Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España.

"Orden DEF/2042/2006, de 20 de junio, que modifica la Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-11489 publicado el 28 junio 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-11489
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 junio 2006
Fecha Pub: 20060628
Fecha última actualizacion: 28 junio, 2006
Numero BORME 153
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Defensa
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 junio 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 24282
Pagina final: 24282




Publicacion oficial en el BOE número 153 - BOE-A-2006-11489


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-11489 de Orden DEF/2042/2006, de 20 de junio, que modifica la Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales internacionales ubicados en España.


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