Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.





La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su título tercero garantiza que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Asimismo, la citada Ley en su artículo 54.3, establece que «las Administraciones Educativas podrán establecer convenios de colaboración con Universidades, Corporaciones Locales y otras Entidades públicas o privadas». Por otro lado, el Ministerio de Educación y Ciencia, a través de Aula Mentor del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ha desarrollado un sistema de educación a distancia para el desarrollo cultural de las personas adultas y para el aumento de su cualificación para un puesto de trabajo, utilizando entornos de aprendizaje abierto, flexible, a distancia y basados en tecnologías de la información y de la comunicación. A través de este sistema se han formado más de 100.000 alumnos y se desarrolla en colaboración con un amplio número de Consejerías de Educación de Comunidades Autónomas, ayuntamientos, ONG y Ministerios de Educación de países iberoaméricanos. La metodología de dicho proyecto se basa en la existencia de una tutoría telemática desarrollada a través de internet, que permite a los alumnos matriculados en cada uno de los más de 100 cursos de esta oferta, contar con un tutor a distancia a través de correo electrónico, acceder a materiales de consulta o formación a través de las páginas del servidor www.mentor.mec.es, realizar test interactivos con corrección inmediata y, finalmente, presentarse a un examen final de carácter presencial con la emisión del correspondiente certificado del Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma correspondiente, si es superada la prueba. Los alumnos pueden realizar su actividad desde el propio domicilio o si no disponen equipamiento informático con acceso a internet, pueden acudir regularmente al Aula Mentor de su localidad. El responsable del aula además de ofrecerle los recursos materiales, le asesorará sobre aspectos tecnológicos y metodológicos del curso. El Ministerio de Educación y Ciencia, mediante el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ofrece las direcciones de internet de los alumnos, desarrolla y mantiene operativos los sistemas de comunicación y los cursos de formación y forma a los tutores y administradores necesarios para el correcto funcionamiento de este sistema. Por todo ello, y de conformidad con la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo al artículo 14.e) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, este Ministerio, previos los informes del Servicio Jurídico y de la Intervención Delegada en el Departamento, ha dispuesto:






Orden del día 14 abril 2006

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su título tercero garantiza que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Asimismo, la citada Ley en su artículo 54.3, establece que «las Administraciones Educativas podrán establecer convenios de colaboración con Universidades, Corporaciones Locales y otras Entidades públicas o privadas». Por otro lado, el Ministerio de Educación y Ciencia, a través de Aula Mentor del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ha desarrollado un sistema de educación a distancia para el desarrollo cultural de las personas adultas y para el aumento de su cualificación para un puesto de trabajo, utilizando entornos de aprendizaje abierto, flexible, a distancia y basados en tecnologías de la información y de la comunicación. A través de este sistema se han formado más de 100.000 alumnos y se desarrolla en colaboración con un amplio número de Consejerías de Educación de Comunidades Autónomas, ayuntamientos, ONG y Ministerios de Educación de países iberoaméricanos. La metodología de dicho proyecto se basa en la existencia de una tutoría telemática desarrollada a través de internet, que permite a los alumnos matriculados en cada uno de los más de 100 cursos de esta oferta, contar con un tutor a distancia a través de correo electrónico, acceder a materiales de consulta o formación a través de las páginas del servidor www.mentor.mec.es, realizar test interactivos con corrección inmediata y, finalmente, presentarse a un examen final de carácter presencial con la emisión del correspondiente certificado del Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma correspondiente, si es superada la prueba. Los alumnos pueden realizar su actividad desde el propio domicilio o si no disponen equipamiento informático con acceso a internet, pueden acudir regularmente al Aula Mentor de su localidad. El responsable del aula además de ofrecerle los recursos materiales, le asesorará sobre aspectos tecnológicos y metodológicos del curso. El Ministerio de Educación y Ciencia, mediante el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa, ofrece las direcciones de internet de los alumnos, desarrolla y mantiene operativos los sistemas de comunicación y los cursos de formación y forma a los tutores y administradores necesarios para el correcto funcionamiento de este sistema. Por todo ello, y de conformidad con la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo al artículo 14.e) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, este Ministerio, previos los informes del Servicio Jurídico y de la Intervención Delegada en el Departamento, ha dispuesto:

1. Objeto y ámbito de aplicación. El objeto de estas ayudas es financiar ayudas a Corporaciones locales para el mantenimiento, en su municipio, del aula Mentor de formación a distancia, y flexible y a través de internet para personas adultas. El número máximo de ayudas concedidas con cargo a esta convocatoria será de 25.

2. Cuantía de las ayudas.

Para el logro de la finalidad señalada se dispone en la aplicación presupuestaria 18.10.322J.463 de una dotación de 120.440 euros y se distribuirá en 25 módulos de 4.817 euros cada uno.

3. Beneficiarios y sus requisitos.

3.1 Podrán solicitar estas ayudas Corporaciones locales o agrupaciones de ellas y serán seleccionadas en régimen de concurrencia competitiva.

3.2 Las Corporaciones, una vez seleccionadas, deberán habilitar o contar con un aula para la asistencia de alumnos, equipada con la infraestructura informática y un administrador de la misma, según se expresa en el anexo III. Los ingresos derivados de la matrícula de los alumnos se aplicarán a los costes tutoriales y a aquellos derivados del sostenimiento del aula.

4. Procedimiento y plazo de la solicitud.

4.1 Las solicitudes podrán presentarse en el Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa (calle Torrelaguna 58, 28027 Madrid) o remitirse a éste por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en un plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

4.2 Las instancias deberán ir acompañadas de los anexos I y II, debidamente cumplimentados, así como de una memoria explicativa de las actividades desarrolladas con anterioridad, en su caso, indicando presupuesto detallado, disponiendo los solicitantes del plazo de diez días para subsanación de defectos en la documentación, según dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. 4.3 De acuerdo con el artículo 14.e) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión es requisito indispensable que se acredite debidamente estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Asimismo, deberán tener sus datos bancarios dados de alta en el Fichero Central de Terceros en el Ministerio de Economía y Hacienda.

5. Evaluación y selección.

5.1 La concesión de las ayudas que se convocan se efectuará de acuerdo a los siguientes criterios: a) Valoración del informe explicativo de la conveniencia de un Aula Mentor (ver anexo II)

b) Inexistencia en la localidad de una oferta formativa pública similar y grado de lejanía de localidades en las que exista en la actualidad o esté prevista su apertura. c) Colaboración establecida, en este ámbito, durante los últimos años con el Ministerio de Educación y Ciencia. d) Nivel educativo y formación complementaria del administrador de aula. e) Relación laboral y nivel salarial previsto del administrador de aula.

5.2 El estudio y valoración de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión, creada a tal efecto e integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Director del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa

Vocales: La Consejera Técnica de Medios Audiovisuales, el Consejero Técnico de Nuevas Tecnologías, los Jefes de Servicio de Medios Tecnológicos y de Formación Abierta del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa. Secretario: Un asesor técnico docente del Centro Nacional de Información y Comunicación Educativa. 5.3 La Comisión elaborará, según los criterios enunciados en el punto quinto de esta Convocatoria, la relación de Corporaciones Locales propuestas para concesión, denegación y exclusión, en su caso, de ayudas. Se prescinde del trámite de audiencia, según el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («BOE» del 27), al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.

6. Resolución y notificación.

6.1 Confeccionada la relación definitiva, la Comisión anteriormente citada, a través de su Presidente, elevará las propuestas de concesión, denegación o, en su caso, exclusión de las solicitudes presentadas al Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa quien resolverá, por delegación, según el punto primero.5 de la Orden (ECI/87/2005, de 14 de enero, pág. 3217 del «BOE» de 28 de enero), en el plazo máximo de quince días. Esta Resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, se hará pública la lista de beneficiarios en su servidor web www.mentor.mec.es.

6.2 El importe de las subvenciones concedidas se hará efectivo anticipadamente a los respectivos beneficiarios sobre la base del acuerdo de concesión.

7. Justificación de la subvención.

7.1 Las Corporaciones locales beneficiarias, de acuerdo con la legislación vigente, deberán justificar ante la Secretaría General de Educación y antes del 31 de enero del año 2007 la correcta inversión de la misma mediante: a) Certificado de la Corporación local que acredite haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de la ayuda concedida.

b) Memoria de actividades realizadas, certificada por el responsable de la Corporación local que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda. c) Relación de personas beneficiarias de la acción formativa que la iniciaron y la finalizaron expresando, en este último caso, el curso o cursos realizados. d) Descripción de la aplicación de la subvención al gasto generado por la actividad.

8. Reintegro de la ayuda.

8.1 Serán causas de reintegro de las ayudas recibidas, las contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en todo caso, el incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en el apartado noveno de esta Orden.

8.2 Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente de ayudas de otras Administraciones o entidades públicas, cuando el importe otorgado sea de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la Concesión.

9. Recursos.

Contra la presente Orden y contra la Resolución de concesión de ayudas, que pondrán fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, publicada en el «BOE» de 14 de julio.

Madrid, 22 de marzo de 2006.-P. D. (Orden EC/87/2005, de 14 de enero «BOE» de 28 de enero), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

ANEXO I

Don/Doña ............................................................................................ En su calidad de (1) ............................................................................ Con domicilio en ................................................................................. Localidad ................... Provincia ........................................................ Código postal ..................... Teléfono ......................... Fax ................

EXPONE: Que de acuerdo con la Orden por la que se convocan ayudas a Corporaciones Locales, que vayan a realizar actividades en el marco de la educación de personas adultas, conociendo y aceptando en su totalidad las bases de la convocatoria,

Solicita: Una ayuda de 4.817 € que significa el ........ % del presupuesto de gastos de la actividad solicitada para el año 2006.

En ....................., a ............... de .................................... 2006.

Ilmo. Sr. Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

(1) Exprésese el cargo del firmante de la solicitud. En caso de delegación de atribuciones, cítese la disposición correspondiente.

ANEXO II

Nombre del Ayuntamiento ...................................... NIF ..................... Localidad ............................................. Provincia ..............................

Informe de justificación de la conveniencia de un Aula Mentor.

1. Razones que justifican la acción.

2. Identificación del ámbito territorial de actuación. 3. Colaboración con otras instituciones en la realización y proyección de la actividad. 4. Características de la población atendida o prevista, número de beneficiarios y tipos de formación 5. Resumen de actuaciones similares anteriores, si existieron, con descripción del grado de satisfacción de los alumnos, número de aprobados y otras informaciones de interés. 6. Organización del aula (normas de funcionamiento, número de equipos, horarios de apertura, etc). 7. Ideas o iniciativas para mejorar la acción. 8. Formación del responsable de aula y situación laboral. 9. Presupuesto detallado de la actividad.

ANEXO III

Requerimientos y oferta formativa disponible

Equipamiento mínimo: Cinco ordenadores personales Pentium.

Equipamiento óptimo:

Equipamiento óptimo:

Diez ordenadores personales tipo Pentium IV en red.

Router o cable módem. Impresoras en red. ADSL o cable con tarjeta de conexión. Programas informáticos de los cursos que vayan a ser ofertados.

Descripción de los conocimientos necesarios del administrador del Aula Mentor:

Experiencia docente.

Atención individualizada a alumnos. Conocimientos de formación tutorial a distancia. Configuración de módems y acceso telefónico a redes. Configuración y mantenimientos de proxys y routers. Acceso a bases de datos distribuidas. Animación y difusión de actividades educativas. Mantenimiento de redes y equipos informáticos. Comunicaciones: Paginas www, correo electrónico y FTP.

Oferta formativa disponible:

Electricidad y electrónica: Electrónica digital, Micro PLC, Climatización y Aire acondicionado, Instalador electricista (en preparación) y Captación de energía solar e Instalación de Paneles.

Medios audiovisuales: Fotografía, Imagen en movimiento, Fotografía avanzada y Fotografía digital (en preparación). Salud y Educación: Educación para la salud: Nutrición, Sexualidad, Prevención de drogas y medioambiente, Educación infantil, Escuela de padres, Prevención de drogodependencias en ámbito familiar. Medio ambiente: Agricultura ecológica, Energía solar, Energías renovables e Iniciación a la Ecología. Sociedad y cultura: Las culturas españolas a través de la Arqueología, Historia del Arte, Conflictos Internacionales y Ajedrez. Idiomas: Español para extranjeros, Inglés. Creación y gestión de empresas: Prevención de riesgos laborales, Gestión Inmobiliaria, Habilidades de venta, Contabilidad, Facturaplus, Contaplus, Nóminas y Seguros Sociales, Comercio Exterior, Turismo rural, Marketing (Plan de Marketing), Marketing (Plan de Comunicación), Gestión de calidad, Tributación básico y Tributación avanzado, Teletrabajo y comercio electrónico. Informática básica y Ofimática: Introducción a la informática, Iniciación a Office (últimas versiones), Iniciación a OpenOffice, Iniciación al Procesador de textos, Iniciación a las Bases de datos, Iniciación a la Hoja de cálculo. Word (últimas versiones), Excel, Access, Power Point, Windows XP. Programación: SQL con MYSQL, PHP inicial, PHP avanzado, Iniciación a Java, Profundización en Java, DELPHI, Diseño de base de datos y Programación en Access. Redes y equipos: Mantenimiento de pequeñas redes y Mantenimiento de equipos informáticos. Diseño: Autoedición, Photoshop, Corel Draw, Diseño Gráfico con Corel Draw, Autoedición con Indesign, Autocad y Autocad 3D. Internet y diseño de páginas web: Internet básico, internet para todos, internet avanzado, Seguridad en internet Html, Javascript y DHTML, Flash 5, Flash MX y Edición de páginas web con Dreamwaver.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.

"Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-6758 publicado el 14 abril 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-6758
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 14 abril 2006
Fecha Pub: 20060414
Fecha última actualizacion: 14 abril, 2006
Numero BORME 89
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 14 abril 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 14419
Pagina final: 14421




Publicacion oficial en el BOE número 89 - BOE-A-2006-6758


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-6758 de Orden ECI/1092/2006, de 22 de marzo, por la que se convocan ayudas a Corporaciones locales, para la puesta en marcha y mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-6758 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *