Orden ECI/3935/2005, de 21 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria.





Examinado el expediente incoado a instancia de doña Raquel Gómez Pérez, solicitando la inscripción de Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).






Orden del día 16 diciembre 2005

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Raquel Gómez Pérez, solicitando la inscripción de Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por Servicios Generales de Asesoría y Consultoría 2000, S. L., en Barcelona, el 29 de septiembre de 2005, según consta en la escritura pública número tres mil doscientos cincuenta y nueve otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Cataluña, don José Javier Cuevas Castaño. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Barcelona, Avenida Diagonal, número 474, Escalera A, 8.º 3.ª, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Promover e implantar iniciativas para la sensibilización, información, formación y ayuda a las Familias Empresariales que contribuyan a favorecer una empresa sólida y exitosa, basada en una relación familia-empresa bien organizada y estructurada, habida cuenta la capacidad de las empresas familiares para generar empleo y la importancia que el crecimiento de las mismas supone para la economía española. Asimismo, la Fundación se propone resolver los conflictos entre las necesidades económicas de las familias y las de la empresa con el fin de que los empresarios compatibilicen propiedad, gestión y familia; proporcionar formación adecuada para atraer y retener a profesionales no familiares; servir de foro para el intercambio de experiencias entre los empresarios; fomentar la adaptación de la estructura organizativa de la empresa a su crecimiento; fomentar el conocimiento de la empresa familiar en las universidades y transmitir a la sociedad la importancia de las empresas familiares como fuente de generación de riqueza y empleo. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Servicios Generales de Asesoría y Consultoría 2000, S. L., sociedad representada por don Jaume Tomás Sabaté, Vicepresidente: Instituto de la Empresa Familiar, asociación representada por don Fernando Casado Juan, Secretario: Consejo Superior de Cámaras, corporación representada por don Severino García Vigón. En la escritura de constitución y en documentos privados con firma legitimada por notario consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la fundación denominada Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria, de ámbito estatal, con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal, número 474, Escalera A, 8.º 3.ª, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 21 de noviembre de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), el Secretario general técnico, Javier Díaz Malledo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Orden ECI/3935/2005, de 21 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria.

"Orden ECI/3935/2005, de 21 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-20760 publicado el 16 diciembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-20760
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 diciembre 2005
Fecha Pub: 20051216
Fecha última actualizacion: 16 diciembre, 2005
Numero BORME 300
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 diciembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 41244
Pagina final: 41245




Publicacion oficial en el BOE número 300 - BOE-A-2005-20760


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-20760 de Orden ECI/3935/2005, de 21 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Nexia, Fundación para el desarrollo de la Familia Empresaria.


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