Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005.





Con fecha 28 de diciembre de 2005, se ha suscrito un Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005.

Contenidos de la Ministerio de Educación y Ciencia Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005. del 20060407







Orden del día 07 abril 2006

Con fecha 28 de diciembre de 2005, se ha suscrito un Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de marzo de 2006.-El Secretario General, Salvador Barberà Sández.

ANEXO Convenio Específico de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Madrid para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005

En Madrid, a 28 de diciembre de 2005.

INTERVIENEN

De una parte, la Sra. Dña. María Jesús San Segundo Gómez de Cadiñanos, Ministra de Educación y Ciencia, nombrada para dicho cargo por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 12.1.g) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y por la Disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, el Excmo. Sr. D. Luis Peral Guerra, Consejero de Educación, nombrado para dicho cargo por Decreto 67/2003, de 21 de diciembre, de la Presidente de la Comunidad de Madrid, actuando en el ejercicio de sus competencias que tiene atribuidas por el artículo 4 de la Ley 8/99, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, a su vez modificada por la Disposición Final Primera de la Ley 1/2001. Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad para la firma de este Convenio y, por este motivo,

EXPONEN

Que por Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, de la Ministra de Educación y Ciencia (BOE n.º 127 de 28 de mayo de 2005) se ha establecido el Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3).

Que la Orden precitada determina en su apartado octavo que el Programa se desarrollará mediante la formalización de Protocolos Generales de Colaboración plurianuales, que se concretarán mediante Convenios Específicos anuales. Que la Ministra de Educación y Ciencia y el Consejero de Educación de la Comunidad Autónoma de Madrid han formalizado, en fecha 30 de noviembre de 2005, el Protocolo General de Colaboración en el Programa I3, en ejecución del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007. Que corresponde al Estado el «Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica», de acuerdo con el artículo 149.1.15.ª de la Constitución Española, que se instrumentaliza mediante el Plan Nacional I+D+I 2004-2007, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del 7 de noviembre de 2003. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Madrid promover la investigación en virtud de las competencias que en dicha materia le confiere el artículo 26 de su Estatuto de Autonomía. Que a los efectos de desarrollar dicho Protocolo General de Colaboración, se formaliza el presente Convenio Específico para las incorporaciones del año 2005. Y que, por consiguiente, las partes abajo firmantes acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio Específico.-El objeto del presente Convenio Específico es el desarrollo del Protocolo General de Colaboración relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), en la Comunidad Autónoma de Madrid, para las incorporaciones del año 2005.

Segunda. Ámbitos de investigación preferentes.-Los ámbitos de investigación que se considerarán preferentes para el año 2005, son los establecidos como líneas prioritarias en el IV Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, aprobado por Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2005:

Área Bienes de Equipo, Diseño y Producción Industrial: Ingeniería colaborativa.

Desarrollo avanzado de sistemas de realidad virtual. Microtecnologías. Robótica para servicios. Desarrollo de equipos de ensayo y medida. Sistemas de fabricación flexible. Telemantenimiento, teleservicio y telediagnosis. Diseño y producción de componentes con materiales compuestos. Logística y producción de bienes y servicios. Diseño y fabricación de sistemas para la seguridad en vehículos. Diseño y producción de bienes de equipo de uso en medicina. Electrónica de potencia avanzada.

Área Energía:

Aerogeneradores.

Energía solar termoeléctrica. Energía fotovoltaica. Cultivos agroenergéticos. Optimización energética de edificios-arquitectura bioclimática. Pilas de combustible. Vector hidrógeno. Superconductividad. Tecnologías limpias de combustión. Tecnologías energéticas en el transporte. Eficiencia y racionalización energética. Energía nuclear.

Área Materiales y Nanotecnología:

Diseño y modelización de nuevos materiales considerando función/aplicación/comportamiento en servicio.

Materiales con elevadas propiedades específicas (propiedad/densidad). Materiales con propiedades mejoradas desde el punto de vista del comportamiento en servicio. Materiales para condiciones extremas de trabajo. Tecnologías transversales de interés para los materiales: ingeniería de superficies y tecnologías de unión. Materiales funcionales avanzados. Nanomateriales y nanociencias. Biomateriales. Durabilidad de los materiales en infraestructuras y edificios. Conservación del patrimonio. Desarrollo de equipos y/o técnicas para caracterización, fabricación y ensayo de materiales. Metrología y normalización.

Área Tecnologías Agroalimentarias:

Desarrollo de metodologías avanzadas para el análisis, mejora y control de las características de calidad y seguridad de los alimentos.

Tecnologías de procesado mínimo y emergentes. Desarrollo de alimentos e ingredientes funcionales. Producción biotecnológica en la cadena alimentaria. Tecnologías de envase. Nuevos sistemas de producción agrícola y ganadera. Estudio del ecosistema microbiano en alimentos. Ingeniería de procesos y desarrollo de equipos. Metabolismo y nutrición.

Área Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones:

Nuevos componentes, microsistemas y sensores.

Desarrollo de software. Procesado de la información. Computación distribuida y de altas prestaciones. Redes y sistemas de comunicaciones. Sistemas multimedia en red. Aplicaciones emergentes en red. Aplicaciones de interés social en grandes sectores.

Área Ciencias de la Salud y Biotecnología:

Genotipado, microarrays y biochips de ADN.

Bioinformática y modelización virtual. Ingeniería celular, tisular y de órganos. Modelos celulares y animales. Agentes y vectores terapéuticos. Tecnologías de la información y comunicación en biomedicina. Células progenitoras somáticas y medicina regenerativa. Imágenes biomédicas. Diagnóstico molecular. Procedimientos terapéuticos asistidos por ordenador y cirugía mínimamente invasiva.

Área Recursos Naturales y Tecnologías Medioambientales:

Calidad de los recursos hídricos.

Evaluación de impacto ambiental y restauración del medio natural. Técnicas de observación de la tierra. Aspectos socio-económicos de la gestión ambiental. Carácterización del medio natural. Tecnologías de uso sostenible, restauración y conservación de la biodiversidad. Procesos industriales de menor impacto ambiental. Gestión de residuos: recuperación de energía, eliminación, uso de subproductos reciclados. Gestión de aguas residuales: Tratamientos físico-químicos, Tratamientos biológicos, Tecnologías de tratamiento para la reutilización del agua. Corrección ambiental (ruido). Sistemas de tratamiento de emisiones gaseosas.

Área Productos y Procesos Químicos:

Innovación, modelización y simulación de procesos y reactores químicos.

Seguridad y análisis de riesgos. Procesos catalíticos. Procesos bioquímicos. Operaciones avanzadas de separación. Innovaciones y desarrollo de productos. Desarrollo de nuevos materiales. Análisis y caracterización de sustancias químicas y biológicas.

Área Socioeconomía, Humanidades y Derecho:

Democracia y Estado de Bienestar.

Población y Sociedad. Instituciones y desarrollo. Empresa e innovación. Regiones, naciones y organizaciones supranacionales. Geografía y Ecología. Ciencia y Cultura. Lengua, Literatura e Historia. La educación y la formación de capital humano en la «sociedad del conocimiento».

Área Ciencias del Espacio, Física y Matemáticas:

Instrumentación y técnicas experimentales.

Líneas de investigación de interés especial o aplicación a diferentes áreas:

Líneas de investigación de interés especial o aplicación a diferentes áreas:

Áreas Básicas de conocimiento Biomédicas: Biología del Desarrollo, Genética y Reproducción.

Neurociencias. Microbiología y Virología. Inmunología. Ingeniería Biomédica. Endocrinología y Metabolismo. Farmacología y Química Médica.

Tecnología de Sensores:

Bioinstrumentación, sensores, dispositivos e instrumentos biomédicos.

Tecnología de sensores aplicada a materiales. Desarrollo de sensores para control de procesos agroalimentarios.

Genómica, Transcriptómica, Proteómica y Metabolómica:

Transcriptómica, Proteómica y Metabolómica.

Química aplicada a la Proteómica, Genómica, Glicómica y Metabolómica. Desarrollo de Herramientas de Genómica, Proteómica y Metabolómica aplicadas al sector agroalimentario.

Tercera. Línea de incorporación estable.

1. Los puestos de trabajo permanentes de funcionarios y/o contratados laborales, que podrán ser incluidos en el Programa en el año 2005, deberán haber sido ocupados durante dicho año, de acuerdo con lo establecido en la Orden ECI1520/2005, de 26 de mayo y las normas estatutarias y de régimen jurídico propio aplicables a las Universidades y demás Centros de I+D. A efectos de este Convenio, se entiende por puesto de trabajo ocupado en el año 2005, aquellos puestos que se hayan cubierto mediante contrato o nombramiento entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2005.

2. El Ministerio de Educación y Ciencia aportará y transferirá a la Comunidad Autónoma de Madrid la cuantía máxima de 9.100.000 euros, a los efectos de incentivar la captación e incorporación estable de profesores-investigadores españoles y extranjeros, con una trayectoria investigadora destacada. Dicha cuantía corresponde a la financiación de 70 puestos de trabajo del primer nivel, por la cuantía equivalente a las retribuciones de un profesor/a titular de Universidad. 3. La financiación de los puestos permanentes con cargo al Ministerio de Educación y Ciencia, se realizará de acuerdo con lo establecido en la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo, y el Protocolo General de Colaboración 2005-2007.

Cuarta. Requisitos de la trayectoria investigadora destacada en la línea de incorporación estable.-A los efectos de la evaluación de la trayectoria investigadora en la línea de incorporación estable del Programa, y de la concesión o denegación de las correspondientes ayudas a las entidades beneficiarias, las Comunidades Autónomas aplicarán los criterios establecidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con la Orden ECI/1520/2005, de 26 de mayo y el Protocolo General de Colaboración 2005-2007.

Quinta. Gestión de las ayudas.-La gestión de las ayudas del Programa se efectuará por la Comunidad Autónoma de Madrid según el régimen jurídico contemplado en el apartado décimo de la Orden de ECI/1520/2005, de 26 de mayo, aplicable a las subvenciones y ayudas, y de acuerdo con la regla séptima del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Sexta. Transferencia.-El Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.463B.750 transferirá a la Comunidad Autónoma de Madrid la cantidad máxima de 9.100.000 euros correspondiente al Programa I3-2005 objeto del presente Convenio, con cargo a los siguientes ejercicios presupuestarios:

Año 2006: 6.066.667 euros, que se abonarán al inicio del ejercicio presupuestario.

Año 2007: 3.033.333 euros, que se abonarán tras la recepción de conformidad de las justificaciones remitidas por la Comunidad Autónoma de Madrid.

Séptima. Justificaciones y remanentes.

1. La Comunidad Autónoma de Madrid presentará al Ministerio de Educación y Ciencia, antes del ejercicio presupuestario siguiente al de la transferencia recibida, una certificación conforme la transferencia ha sido integrada en su propio presupuesto y destinada a la financiación de los objetivos del Programa, detallados en el presente Convenio Específico, así como cuantas otras justificaciones le sean requeridas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente y en el Protocolo General de Colaboración.

2. Asimismo los remanentes de fondos podrán ser aplicados al ejercicio presupuestario del año siguiente, de acuerdo con lo que se establezca en el Convenio Específico correspondiente a dicho año.

Octava. Vigencia del Convenio Específico.

1. El presente Convenio Específico entrará en vigor en la fecha de su firma y estará vigente para las incorporaciones del año 2005 y compromisos adquiridos con carácter plurianual para los años 2006 y 2007, hasta que se realicen las justificaciones y remanentes establecidos en la cláusula séptima.

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, este Convenio podrá ser resuelto por acuerdo mutuo y voluntario de las partes, o por denuncia del mismo por incumplimiento de alguna de ellas, a la que se comunicará fehacientemente, previa audiencia de la misma y con, al menos, dos meses de antelación. En cualquier caso deberán cumplirse los compromisos asumidos con las Universidades y otros Centros de I+D.

Novena Naturaleza del Convenio.-El presente Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 3.1 c) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y se realiza al amparo de lo establecido en el artículo 6.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Resolución de controversias.

1. El presente Convenio se rige en cuanto a su interpretación y desarrollo por el ordenamiento jurídico administrativo, con expresa sumisión de las partes a la jurisdicción contencioso-administrativa, en los términos que establece el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso serán de aplicación los principios de la vigente ley de contratos de las Administraciones Públicas para resolver las dudas que pudieran suscitarse.

2. La resolución de las controversias y conflictos que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes, en el seno de la Comisión de Evaluación y Seguimiento del Programa. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Y por lo expuesto, las partes deciden suscribir, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, el presente Convenio Específico, en el lugar y la fecha arriba indicados.-La Ministra de Educación y Ciencia, María Jesús San Segundo Gómez de Cadiñanos.-El Consejero de Educación, Luis Peral Guerra.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005.

"Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-6305 publicado el 07 abril 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-6305
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 abril 2006
Fecha Pub: 20060407
Fecha última actualizacion: 7 abril, 2006
Numero BORME 83
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 abril 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 13732
Pagina final: 13734




Publicacion oficial en el BOE número 83 - BOE-A-2006-6305


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-6305 de Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del Protocolo General relativo al Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (Programa I3), para el año 2005.


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