Resolución de 27 de junio de 2007, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinada formación deportiva de balonmano de nivel 1, autorizada por la Comunidad de Madrid.





Con fecha 23 de enero de 1998, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, que configura como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, y aprueba las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas. En su Disposición transitoria primera, el mencionado Real Decreto 1913/1997, prevé que, hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial, previsto en el artículo 18.2 del propio Real Decreto. Para obtener tal efecto académico, las formaciones han de cumplir una serie de requisitos: contar con la previa autorización administrativa del órgano competente de las Comunidades Autónomas, prevista en el punto 3 de la ya citada Disposición transitoria primera, del Real Decreto 1913/1997; ajustarse a lo dispuesto en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre; y contar también con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes, previsto en el apartado vigésimo octavo de la ya mencionada Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre. Este reconocimiento ha de otorgarlo el Consejo Superior de Deportes, cuando proceda, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma, y conforme a lo previsto en la Orden de 30 de julio de 1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos a las que se refieren el artículo 42 y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. La Dirección General de Deportes, de la Comunidad de Madrid, ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de la formación de nivel 1 que previamente autorizó en la citada modalidad a la Federación Madrileña de Balonmano, con el objeto de que pueda obtener los efectos académicos ya señalados. Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el citado apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, he resuelto:






Orden del día 17 julio 2007

Con fecha 23 de enero de 1998, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, que configura como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, y aprueba las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas. En su Disposición transitoria primera, el mencionado Real Decreto 1913/1997, prevé que, hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial, previsto en el artículo 18.2 del propio Real Decreto. Para obtener tal efecto académico, las formaciones han de cumplir una serie de requisitos: contar con la previa autorización administrativa del órgano competente de las Comunidades Autónomas, prevista en el punto 3 de la ya citada Disposición transitoria primera, del Real Decreto 1913/1997; ajustarse a lo dispuesto en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre; y contar también con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes, previsto en el apartado vigésimo octavo de la ya mencionada Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre. Este reconocimiento ha de otorgarlo el Consejo Superior de Deportes, cuando proceda, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma, y conforme a lo previsto en la Orden de 30 de julio de 1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos a las que se refieren el artículo 42 y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre. La Dirección General de Deportes, de la Comunidad de Madrid, ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de la formación de nivel 1 que previamente autorizó en la citada modalidad a la Federación Madrileña de Balonmano, con el objeto de que pueda obtener los efectos académicos ya señalados. Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el citado apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, he resuelto:

Primero.-A los efectos de correspondencia formativa de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre a las formaciones de nivel 1, de entrenadores deportivos de balonmano, autorizada por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid e impartida por la Federación Madrileña de Balonmano, que se detalla en el Anexo de esta Resolución.

Segundo.-A los efectos de correspondencia formativa a los que se refiere el apartado Primero, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de esta Resolución, que dieron lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

Madrid, 27 de junio de 2007.-El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Jaime Lissavetzky Díez.

ANEXO Formaciones de nivel 1 que se reconocen, autorizadas por la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid e impartida por la Federación Madrileña de Balonmano

A) Cursos que se reconocen

Diploma de Entrenador-Monitor de Balonmano. Nivel 1

Autorizado por: Resol. 1285/2005/00. Fechas: 27/06/05 al 31/07/05. Lugar: Leganés. Código de plan: PT1307N1BMBM00.

Total de cursos reconocidos: 1.

B) Plan de formación que se reconoce

Código de plan: PT1307N1BMBM00

Requisitos de acceso: Edad 16 años. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatorio o equivalente a efectos académicos. Bloque común:

Fundamentos biológicos: 15 horas.

Comportamiento y aprendizaje: 10 horas. Teoría y práctica del entrenamiento: 15 horas. Organización y legislación del deporte: 5 horas.

Bloque específico: Formación técnica, táctica y reglamento, Didáctica de la modalidad deportiva, Seguridad e higiene en el deporte y Desarrollo profesional: 75 horas.

Requisitos posteriores: Periodo de prácticas: 150 horas.

Carga lectiva total: 270 horas.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 27 de junio de 2007, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinada formación deportiva de balonmano de nivel 1, autorizada por la Comunidad de Madrid.

"Resolución de 27 de junio de 2007, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinada formación deportiva de balonmano de nivel 1, autorizada por la Comunidad de Madrid." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-13799 publicado el 17 julio 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-13799
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 julio 2007
Fecha Pub: 20070717
Fecha última actualizacion: 17 julio, 2007
Numero BORME 170
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 julio 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 31048
Pagina final: 31049




Publicacion oficial en el BOE número 170 - BOE-A-2007-13799


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-13799 de Resolución de 27 de junio de 2007, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinada formación deportiva de balonmano de nivel 1, autorizada por la Comunidad de Madrid.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-13799 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *