Resolución de 3 de noviembre de 2020, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster.





Las dos partes citadas en el encabezamiento, considerando que pueden mejorar el desarrollo de sus respectivos cometidos mediante la cooperación y la ayuda mutua, han decidido colaborar para que estudiantes de Máster de la Universidad Autónoma de Madrid realicen prácticas externas en los centros de actuación de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P.






Orden del día 09 noviembre 2020

Las dos partes citadas en el encabezamiento, considerando que pueden mejorar el desarrollo de sus respectivos cometidos mediante la cooperación y la ayuda mutua, han decidido colaborar para que estudiantes de Máster de la Universidad Autónoma de Madrid realicen prácticas externas en los centros de actuación de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio.

Madrid, 3 de noviembre de 2020.–La Presidenta del Consejo de Administración de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., P. D. (Resolución de 30 de octubre de 2019), la Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., María Peña Mateos.

ANEXO

Convenio entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., y la Universidad Autónoma de Madrid para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster de la Universidad

Madrid, a 3 de noviembre de 2020.

REUNIDOS

De una parte, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. (en adelante, ICEX), con NIF Q2891001F y domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, 278, Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Comercio, y, en su nombre y representación, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio (BOE núm. 164, de 7 de julio de 2018), actuando en representación de la entidad por delegación de competencias acordada por el Consejo de Administración mediante Resolución de 30 de octubre de 2019 (BOE núm. 279, de 20 de noviembre de 2019).

Y de otra parte, la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante Universidad), con NIF Q2818013A y domicilio en Madrid, calle Einsten, n.º 3 (28049) y, en su nombre y representación, doña Lis Paula San Miguel Pradera, actuando como Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por el Sr. Rector Mgfco. de fecha 30 de junio de 2017, actuando en representación de la entidad de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 16 de diciembre de 2019 (publicada en el BOCM de 7 de enero de 2020).

ICEX y la Universidad serán denominados conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte».

Ambas Partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Que el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, contempla, tanto para los estudios de Grado como para los de Máster, las prácticas externas como formación integrada en los planes de estudios. De manera específica, el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.

II. Que de acuerdo con el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, los convenios entre Universidades y empresas o instituciones constituyen uno de los fundamentos básicos para permitir, a través de prácticas externas, la formación integral del alumnado universitario.

III. Que la Universidad tiene entre sus fines acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno mediante el establecimiento de relaciones con instituciones externas que permitan completar el proceso formativo seguido por los estudiantes con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.

IV. Que, ICEX tiene entre sus funciones proveer de una oferta formativa que facilite a la empresa un mejor conocimiento y aprovechamiento de las oportunidades en los mercados exteriores, así como la realización de programas específicos para la formación de futuros profesionales orientados al área internacional de la empresa.

V. Que, ICEX, en el cumplimiento de estas funciones y dentro de sus actividades de colaboración con el entorno académico y educativo, consciente de la necesidad de mejorar el conocimiento de las mejores prácticas en las áreas de comercio internacional, inversiones en el extranjero e internacionalización de la empresa y, a su vez, de formar a los jóvenes de Máster, considera necesaria la creación de un programa de prácticas en los centros de actuación de ICEX en España para universitarios que complemente sus estudios académicos.

VI. Que mediante la relación de colaboración que se establece se pretende dar la oportunidad al estudiante de combinar los conocimientos teóricos con los de contenido práctico, facilitando así su incorporación al mercado laboral.

Por todo ello, ambas Partes acuerdan suscribir el presente Convenio para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster de la Universidad (en adelante, el Convenio), que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Por el presente Convenio se establece el Programa de prácticas académicas externas (en adelante, el Programa) a llevar a cabo entre las dos partes firmantes, para la realización de prácticas formativas externas, sin relación laboral, en los centros de actuación de ICEX en España, por parte de estudiantes de Másteres, tanto oficiales como propios, de la Universidad.

Segunda. Duración de las prácticas.

El Programa tendrá una duración máxima de setecientas cincuenta horas, que podrá desarrollarse, a criterio de ICEX, en dos periodos:

– Un primer periodo común para todos los estudiantes aceptados en el Programa, consistente en un curso de formación de un máximo de cincuenta horas impartido por la Dirección Ejecutiva de Formación de ICEX (ICEX-CECO) sobre políticas, instrumentos, programas y servicios para la internacionalización de la economía y de la empresa y que, de realizarse, previsiblemente se desarrollaría en el mes de enero de cada año.

– Un segundo periodo de prácticas académicas externas de hasta setecientas horas, a desarrollar en los centros de actuación de ICEX en España previstos en los Estatutos de la entidad, entre los meses de enero a julio de cada año, de acuerdo con los términos de referencia detallados en cada uno de los proyectos formativos ofrecidos.

En ningún caso estas prácticas formativas podrán prorrogarse más allá de las horas ni de las fechas indicadas. Se podrá repartir el tiempo de prácticas del estudiante de forma flexible para conciliar sus necesidades académicas en la Universidad con el cumplimiento del Programa.

Respetando estas características comunes del Programa, el lugar, tiempo, y modalidades del proyecto formativo se fijarán mediante un documento específico a suscribir por el estudiante con ICEX, por el que se establecen los derechos y obligaciones del estudiante y éste se compromete a su cumplimiento (en adelante, el Compromiso).

Tercera. Régimen económico del programa.

El estudiante en formación recibirá, a lo largo de la duración efectiva del Programa, apoyo económico directo por parte de ICEX.

El apoyo mensual neto que percibirá cada estudiante durante el periodo de prácticas será de trescientos euros (300 €). Además, la última mensualidad del programa se incrementará en el importe de una mensualidad neta adicional (es decir, que se percibirán dos mensualidades netas) para aquellos estudiantes que cumplan las siguientes condiciones:

– Que hayan finalizado satisfactoriamente el periodo de prácticas en la fecha establecida en el Compromiso del estudiante; y

– que hayan iniciado el Programa de prácticas antes de la fecha que se fije a estos efectos en el Compromiso del estudiante (con el objeto de que el periodo de práctica realizado por el estudiante tenga una duración mínima y sustancial).

Para la segunda anualidad del programa, así como, en su caso, para el resto de las anualidades que pudieran producirse motivados por las posibles prórrogas al Convenio que pudieran suscribirse, estas cantidades podrán sufrir alguna variación, tanto al alza como a la baja, de conformidad con lo dispuesto en la convocatoria del Programa para cada uno de estos ejercicios y atendiendo a la disponibilidad presupuestaria de ICEX.

La Universidad incorporará al estudiante seleccionado en un Seguro Escolar o en una póliza colectiva de seguro de accidentes y responsabilidad civil que dé cobertura al estudiante durante el período de duración efectiva del Programa en caso de accidente del estudiante.

Cuarta. Requisitos de los estudiantes.

Para beneficiarse del programa, los estudiantes aspirantes deben reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Haber nacido a partir del 1 de enero de 1992, año de referencia para aquellos estudiantes que participen en el programa a celebrar en el curso académico 2020-2021. Esta fecha se irá adaptando al curso académico correspondiente (estudiantes hasta veintiocho años) a lo largo de las anualidades del programa que se desarrollen bajo el presente Convenio.

c) Encontrarse cursando, en el momento de solicitar la participación en el programa, un Máster, oficial o propio, con la única limitación de que esté adscrito a la Universidad.

d) Dominar la lengua española.

e) Inglés avanzado (preferentemente nivel B2).

g) No haber disfrutado con anterioridad de una beca de prácticas en el Programa, ni en ningún otro programa para titulados de similares características gestionado por ICEX.

g) No haber disfrutado con anterioridad de una beca de prácticas en el Programa, ni en ningún otro programa para titulados de similares características gestionado por ICEX.

h) No mantener ninguna relación contractual con ICEX ni directamente, como profesional, ni indirectamente, como trabajador por cuenta ajena de una empresa contratada por ICEX.

Quinta. Selección de los estudiantes.

ICEX, atendiendo a las solicitudes de participación que reciba de sus distintos centros de actuación, realizará una descripción de cada una de las plazas de prácticas ofertadas, incluyendo en cada caso el proyecto formativo que se ofrece y el perfil de estudiante que se requiere, y remitirá esta información a la Universidad.

A la vista de los perfiles presentados por ICEX, la Universidad realizará una selección entre los estudiantes interesados, remitiendo a ICEX hasta un máximo de cuatro (4) currículos por cada una de las plazas ofertadas o perfiles demandados.

Estos currículos serán enviados a ICEX para que realice una primera selección de los estudiantes que se ajusten mejor al perfil que se necesita. Posteriormente, ICEX se pondrá en contacto directamente con los candidatos resultantes de esta primera selección para iniciar el proceso de selección final de los estudiantes.

Sexta. Régimen jurídico de la relación que se establece entre ICEX y el estudiante en prácticas.

Las prácticas académicas objeto de este Convenio tienen carácter formativo, y de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Durante la vigencia del Programa, el estudiante que participe en las prácticas no podrá ocupar puesto de trabajo alguno en ICEX, ni siquiera de carácter eventual.

Mediante la firma del documento «Compromiso del estudiante», ICEX y los estudiantes en prácticas aceptarán expresamente que la relación que se establece no es de carácter laboral y se comprometerán a no establecer vínculo laboral alguno entre ellos, ni siquiera de carácter eventual, mientras el Programa esté vigente.

La participación en el Programa no supone para el estudiante en prácticas la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente Convenio o en el Compromiso.

Séptima. Derechos y obligaciones de las Partes.

Todas las partes implicadas en el Programa han de cumplir los derechos y obligaciones derivados de la normativa que resulte de aplicación, de forma particular, de las normas reguladoras de las prácticas académicas externas citadas en el expositivo del presente Convenio, de las relativas a Seguridad Social, Seguridad y Salud laboral y protección de datos personales, así como de las normas o Códigos internos de ICEX.

En este sentido, las Partes del Convenio quedarán obligadas en los siguientes términos:

1. La Universidad está obligada a:

– Realizar la selección entre sus estudiantes, atendiendo a los perfiles solicitados por ICEX.

– Designar un tutor académico por cada estudiante seleccionado para las prácticas.

– Incorporar a los estudiantes en un Seguro Escolar o póliza colectiva de seguro de accidentes y responsabilidad civil que dé cobertura al estudiante en caso de accidente durante el periodo de duración efectiva del Programa.

Adicionalmente, la Universidad estará facultada para proponer que los tutores de prácticas designados por ICEX reciban un reconocimiento por la labor realizada.

2. ICEX está obligado a:

– Elaborar, en caso necesario, el Plan de Formación de un máximo de cincuenta horas, para el periodo formativo común para todos los estudiantes, según lo indicado en la cláusula segunda anterior.

– Coordinar la comunicación entre los solicitantes de los perfiles y la Universidad, facilitando los contactos y sirviendo de apoyo en la elección de los candidatos.

– Elaborar, junto a los solicitantes de los perfiles, el plan de actividades formativas que transmitirá a la Universidad en el que se detallará el perfil del estudiante, así como las funciones y objetivos de aprendizaje propuestos.

– Cumplir con la legislación en materia de Seguridad Social y en materia de retenciones en relación con las prácticas, de conformidad con la normativa sobre esta materia que se encuentre vigente en el momento de formalizarse cada una.

– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de los centros de actuación de ICEX, así como de la normativa que sea de su interés, especialmente la relativa a seguridad y prevención de riesgos. Igualmente informará al estudiante del deber de confidencialidad que éste deberá asumir con respecto de la información a la que tenga acceso.

– Ejercer las funciones de Secretaría Técnica del Programa.

– Realizar el seguimiento y evaluación del resultado del Programa con estudiantes y la Universidad.

Por su parte, ICEX, a través de los solicitantes de los perfiles quienes actuarán como tutores internos, queda obligado a:

– Diseñar un plan de actividades formativas.

– Designar un tutor quien será el que coordinará las actividades formativas y velará por el cumplimiento de los objetivos del Plan de Actividades Formativas previamente establecido. El tutor mantendrá un contacto permanente tanto con el estudiante, así como con el tutor designado por la Universidad y la Secretaría Técnica del Programa.

– Proporcionar la información complementaria y los medios materiales indispensables que precise el estudiante para la realización de las prácticas y estimular el aprovechamiento del mismo.

– Visar, a la finalización de las prácticas, una memoria final realizada por el estudiante, que remitirán a la Secretaría Técnica del Programa para su traslado al tutor académico de la Universidad.

– Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.

3. Por último, los estudiantes que participen en el programa, una vez hayan firmado el Compromiso y de conformidad con lo que se recoja en este, estarán obligados a:

– Aprovechar al máximo las posibilidades derivadas de las prácticas formativas que ICEX le ofrezca.

– Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones de los tutores asignados por los solicitantes de los perfiles bajo la supervisión del tutor académico de la Universidad.

– Respetar los reglamentos y normas de ICEX.

– Mantener contacto con sus tutores y la Universidad, así como con los responsables de la Secretaría Técnica del Programa.

– Notificar la finalización anticipada en el Programa y rescisión de su compromiso con una antelación de al menos diez (10) días hábiles. La finalización solo podrá hacerse efectiva los días 1 o 15 del mes en que tenga lugar.

– Realizar, a la finalización de las prácticas, una memoria final, que su tutor remitirá a la Secretaría Técnica del Programa para su traslado al tutor académico de la Universidad.

– El estudiante se compromete, tanto antes como después de su participación en el programa y con carácter indefinido, a emplear la diligencia exigible para salvaguardar el carácter confidencial de la información propiedad de ICEX a la que hubiera tenido acceso con ocasión de la realización de dichas prácticas.

– El estudiante tiene derecho a disponer del tiempo suficiente para acudir a exámenes, ya sean parciales o finales, tutorías, presentación de trabajos académicos, o por cualquier otro motivo acordado con ICEX y la Universidad.

Octava. Rescisión anticipada de la práctica.

ICEX se reserva el derecho a rescindir anticipadamente las prácticas del estudiante por:

– La constatación de irregularidades en la documentación presentada o en los datos expuestos en su solicitud.

– El incumplimiento grave de alguna de las obligaciones contraídas por el estudiante.

– La imposibilidad sobrevenida de mantener los compromisos adquiridos.

– El cese de actividades de los solicitantes de los perfiles en el Programa o fuerza mayor que impida la realización de alguna de las actividades.

– Mutuo acuerdo o por renuncia expresa del estudiante.

– Por incumplimiento, a juicio de ICEX, de las disposiciones que regulan su funcionamiento y organización interna y, en especial, cualesquiera disposiciones en materia de confidencialidad.

ICEX, con carácter previo a la rescisión anticipada de las prácticas de cualquier estudiante, informará de tal decisión a éste y a la Universidad.

Novena. Comisión de Seguimiento.

Para la aplicación y seguimiento del presente Convenio, así como para su adecuada interpretación, se constituye una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un máximo de dos (2) representantes de cada una de las Partes, que adoptará acuerdos por unanimidad.

Por parte de la Universidad formarán parte de la Comisión de Seguimiento:

– El titular del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad o persona en quien delegue expresamente.

– El titular del Vicerrectorado de Estudios de Posgrado o persona en quien delegue expresamente.

Por parte de ICEX formarán parte de la Comisión de Seguimiento:



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Resolución de 3 de noviembre de 2020, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster.

"Resolución de 3 de noviembre de 2020, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-13880 publicado el 09 noviembre 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-13880
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 09 noviembre 2020
Fecha Pub: 20201109
Fecha última actualizacion: 9 noviembre, 2020
Numero BORME 295
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 09 noviembre 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 97928
Pagina final: 97938




Publicacion oficial en el BOE número 295 - BOE-A-2020-13880


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-13880 de Resolución de 3 de noviembre de 2020, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de Máster.


Descargar PDF oficial BOE-A-2020-13880 AQUÍ



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