Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Corrección de errores y erratas del Real Decreto 2267/2004, 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Advertidos errores y erratas en el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 303, de 17 de diciembre de 2004, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 41196, segunda columna, en el artículo 1.c), donde dice: «...,de acuerdo con el apartado 1 de la disposición final primera,...», debe decir: «..., de acuerdo con la disposición final segunda,...».

Corrección de errores del Real Decreto 2392/2004, de 30 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 2005.

Advertidos errores en el Real Decreto 2392/2004, de 30 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica para 2005, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 315, de 31 de diciembre de 2004, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 42773, primera columna, en la disposición adicional séptima, en el epígrafe «Energía adquirida por clientes acogidos a tarifas de acceso de baja tensión y tres períodos», donde dice: «Período 1 (punta) X1= 0,013247.», debe decir: «Período 1 (punta) X1= 0,013427.».

Resolución de 9 de febrero de 2005, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de 3 de febrero de 2005, por el que se aprueba la delegación de determinadas competencias en el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en sesión celebrada el día 3 de febrero de 2005, y de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 4.3 de la Orden de 9 de abril de 1997, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión, ha aprobado la delegación de competencias que se describe en el anexo que se acompaña a esta Resolución.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto ordenar la publicación del mencionado Acuerdo del Consejo en el Boletín Oficial del Estado.

Orden ITC/510/2005, de 1 marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la celebración de actos y a la realización de actividades de promoción que se refieran al ámbito de competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha creado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio como el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo y de telecomunicaciones. El Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, atribuye en el artículo 10 a la Subsecretaria del Departamento las relaciones institucionales, actuando como órgano de comunicación general con los demás Ministerios, Administraciones Públicas territoriales, organismos y entidades públicas o privadas, así como con los agentes económicos y sociales. Asimismo, le corresponde la realización de estudios de interés para el Departamento, así como la coordinación de los planes de actuación del Departamento y sus organismos. Teniendo en cuenta la creciente celebración de congresos, seminarios y todo tipo de actos relacionados con el ámbito de competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como la realización de actividades orientadas a la promoción, en diversos ámbitos sociales, de los fines públicos perseguidos por las distintas políticas del Departamento, a través de los Presupuestos Generales del Estado, desde hace varias anualidades se viene destinando ayuda financiera para las entidades que puedan actuar en dicho ámbito. En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto. 1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases para los años 2005 y 2006 para la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la celebración de congresos, seminarios, jornadas, cursos y actos de carácter similar, relacionados con el ámbito de competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como actividades orientadas a la promoción, en diversos ámbitos sociales, de los fines públicos perseguidos por las distintas políticas del Departamento. Las competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se hallan reguladas de forma general en el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica.

Resolución de 3 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se regula la suplencia de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Málaga.

El artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece la posibilidad de atribuir temporalmente el ejercicio de las competencias que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, corresponden a un órgano administrativo vacante o cuyo titular se encuentra ausente o enfermo, a otro órgano administrativo por parte del órgano competente para el nombramiento de aquellos. Con fecha 2 de marzo, queda vacante la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Málaga, por lo que es preciso atribuir, mientras se dé tal circunstancia, el ejercicio de sus competencias, tanto originarias como delegadas, a otra unidad administrativa, a fin de que continúe el normal funcionamiento de los servicios de dicha provincia. Dicho puesto de trabajo se cubre mediante el sistema de libre designación de acuerdo con el artículo 51 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Por ello, resulta preciso establecer la suplencia de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Málaga, que no supone alternación alguna del régimen competencial vigente. En su virtud, resuelvo:

Primero.-De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las competencias atribuidas al Jefe Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Málaga por el ordenamiento jurídico serán ejercidas por suplencia por el Jefe Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Granada, tanto con carácter originario como por delegación efectuada por el apartado vigésimo primero de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento (Boletín Oficial del Estado número 241, de 6 de octubre de 2004), durante la vacante de la citada unidad administrativa.