Resolución de 2 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza.





Suscrita Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa PYME Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Contenidos de la Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Resolución de 2 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza. del 20071030







Orden del día 30 octubre 2007

Suscrita Adenda al Convenio Marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa PYME Digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada Adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 2 de octubre de 2007.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

ADENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA GALICIA, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PYME DIGITAL, EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 14 de septiembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 988/2004, de 30 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra, el Sr. Conselleiro de Innovación e Industria de la Comunidad Autónoma Galicia, Don Fernando Xabier Blanco Álvarez en la representación que ostenta y especialmente facultado para este acto en virtud del Decreto 213/2005, de 3 de agosto, por el que se nombran los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 febrero, de la Xunta y su presidente. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 16 de junio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia en su ámbito territorial:

a) La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b) La Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia le corresponden las políticas autonómicas en relación con elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y control de los programas destinados a promover y fomentar la implantación de la sociedad de la información y el impulso das tecnoloxías de la información e de las telecomunicaciones en todos los ámbitos de la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma de Galicia. c) Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma Galicia para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

IV. El Interés de la Comunidad Autónoma en el desarrollo de actuaciones del Plan Avanza y del Programa Pyme Digital cuyas actuaciones están encaminadas lograr un desarrollo efectivo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma, promoviendo aquellas acciones que faciliten e impulsen la incorporación de todo el tejido empresarial gallego a los nuevos recursos tecnológicos de la información e de las comunicaciones e la implicación de los ciudadanos gallegos en la utilización de las novas tecnologías como factor generador de nuevas capacidades, de empleo y de desarrollo económico. V. Que el Programa PYME Digital enmarcado en el área de actuación de Competitividad e Innovación del Plan Avanza, se orienta a Incrementar el grado de adopción de las TIC en las PYMES españolas, aumentar la implantación del negocio electrónico, e impulsar la implantación de la factura electrónica. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Caracterización de la situación de las PYMES en un sector y/o ubicación geográfica concreta respecto a su grado de digitalización mediante la realización de estudios de diagnóstico tecnológico apropiados.

Implantación en las PYMES de soluciones TIC (aplicaciones o servicios) disponibles en el mercado, de carácter sectorial u horizontal, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES participantes, enmarcados en los niveles y parámetros definidos en el concepto de caracterización de la PYME Digital. Utilización de los Prescriptores próximos a las PYMES para conseguir la Introducción de las TIC y soluciones de negocio basadas en ellas, orientados a la mejora del grado de digitalización de las PYMES que se relacionan con ellos. Fomento de la disponibilidad de nuevas soluciones de negocio electrónico, incluida la factura electrónica, fácilmente aplicables en las PYMES. Facilitar la participación efectiva de las PYMES en los mercados electrónicos, incluidos los de la contratación pública, y en agrupaciones empresariales innovadoras entre proveedores de servicios de TIC y PYMES. Promover la utilización de la factura electrónica y de los procedimientos telemáticos en las relaciones de las PYMES con las AAPP. Proporcionar asesoramiento personalizado a la PYME en el uso de las TIC para la mejora de sus procesos empresariales, mediante la elaboración de diagnósticos y planes de mejora.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma Galicia para el desarrollo del Programa PYME Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa PYME Digital en la Comunidad Autónoma Galicia a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de Galicia se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa PYME Digital en la propia Comunidad podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa PYME Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia con fecha 16 de junio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Entre de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y los requisitos especificados en el artículo 11 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2007, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2007

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma Galicia, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.807.100 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

Las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma de Galicia serán satisfechas con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

Las actuaciones podrán ejecutarse desde la firma de la addenda hasta el 31 de diciembre de 2008 en el caso de tener fondos de cofinanciación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y una vez efectuada la incorporación de los créditos no ejecutados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 69 y 71 del Decreto Legislativo 1/1999, del 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar o modificar las actuaciones a realizar, incluyendo las modificaciones que se consideren necesarias en el Anexo de esta Adenda, siempre que no suponga la alteración sustancial del objeto de la misma. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa PYME Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de Galicia presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta Addenda estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2008. Si bien su vigencia se someterá a la del convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Plan Avanza. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

Programa Pyme digital

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Gestión de las explotaciones agrarias: Incorporación a través de las mujeres titulares en solitario o de manera compartida de las explotaciones agrarias familiares al uso de programas de gestión de las explotaciones desarrollados con estandares abiertos en gallego y adaptados a la realidad de las explotaciones familiares agrarias galegas

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Situación conocida actual:

Promover el uso de las herramientas informáticas en el medio rural utilizando como agentes de introducción las mujeres que trabajen en las explotaciones agrarias familiares de Galicia. Se combaten las dos hendiduras digitales más importantes, la del medio rural al respecto del urbano y la de las mujeres al respecto de los hombres.

Promover el uso de las herramientas informáticas en el medio rural utilizando como agentes de introducción las mujeres que trabajen en las explotaciones agrarias familiares de Galicia. Se combaten las dos hendiduras digitales más importantes, la del medio rural al respecto del urbano y la de las mujeres al respecto de los hombres.

Actuaciones:

Seleccionar el software y traducirlo al gallego.

Elaborar una guía didáctica que incorpore los contenidos del programa. Seleccionar 20 explotaciones 6 en Lugo, 6 en Orense, 4 en A Coruña y 4 en Pontevedra con mujeres titulares o que tienen iniciado el proceso de cotitularidad (solicitud ayuda SGI). Formar a las mujeres seleccionadas en el uso del software. Colaborar en la implantación del programa en la explotación e adaptación a sus características. Evaluación del proyecto.

Objetivos:

Incrementar el porcentaje de población que incorporaron las TIC a su vida cotidiana.

Disminuir la hendidura digital entre mujeres e hombres. Disminuir la hendidura digital entre rural y urbano. Convertir a las mujeres en agentes de modernización en el medio rural Promover el comercio digital y la mejora da gestión económica de las explotaciones agrarias familiares.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Objetivos hogar e inclusión de ciudadano:

Objetivo Incrementar el porcentaje de población que incorporaron las TIC a su vida cotidian.

Indicador: Explotaciones agrarias familiares que utilizan TIC para a su gestión.

Para poder facer un seguimento efectivo dos indicadores e poder axustar as accións ás oportunidades detectadas, o Ministerio achegará as ferramentas e cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2008

Guía didáctica (elaboración-12.000 €/publicación-12.000 €): 24.000 €.

Formación mujeres seleccionadas: 40.000 €. Material informático para a explotación agraria: 80.000 €. Servicios de proximidad y conciliación: 6.000 €. Evaluación: 10.000 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Servicio Gallego de Promoción de Igualdade do Home e da Muller/ Dirección Xeral de Promoción Industrial e Sociedade da información.

6. Período de ejecución.-Antes del 31-12-2008.

Actuación 2. Programa de ayudas para la realización de eventos y formación en SI

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Las tecnologías de la información están provocando enormes cambios en nuestra forma de aprender, trabajar, comprar, vender, crear y obtener información, es decir, de relacionarnos con nuestro entorno. Por ello, es necesario que desde las administraciones públicas se hagan un esfuerzo para favorecer la difusión y la formación para que todos los ciudadanos puedan acceder a las ventajas que este nuevo mundo ofrece.

En Galicia se ha detectado una gran «brecha digital» en cuanto a la implantación de las TIC en relación con las regiones de su entorno. Dicha «brecha» frena las posibilidades de desarrollo económico y social, ya que cada vez más, las nuevas tecnologías son un elemento de mayor peso. Es necesario, por tanto, llevar a cabo programas que acerquen y muestren todas las posibilidades que la Sociedad de la Información ofrece. Objetivos:

El objetivo que se persigue es impulsar la realización de actuaciones de difusión, de sensibilización y de formación que estén específicamente relacionadas con la implantación y desarrollo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Con el fin de alcanzar los anteriores objetivos se lleva a cabo una orden en concurrencia competitiva, en la que se otorgan ayudas para la realización de eventos que posibiliten la aproximación de la ciudadanía a las nuevas tecnologías. Dichas ayudas están dirigidas a entidades de derecho público y privado, sin ánimo de lucro, con excepción de las administraciones públicas, incluyendo también a las universidades.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Los indicadores que reflejan la «brecha digital» existente y que se pretende que mejoren con la realización de esta iniciativa son los siguientes:

Datos obtenidos de Instituto Nacional de Estadística para la segunda ola de 2006.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2008

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Directora General de la Dirección Xeral de Promoción Industrial e Sociedade da Información.

6. Período de ejecución.-Esta acción se ejecutará durante el ejercicio 2007.

Actuación 3. Incorporación de las NTIC a micropymes lideradas por mujeres

1. Descripción y objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Situación conocida actual:

Poco uso por parte de las microempresas creadas por mujeres de las TIC en los diversos procesos internos y externos de las empresas.

El autoempleo y la creación de empresas por parte de mujeres está siendo una salida a la problemática de paro femenino que en Galicia supera en porcentaje al estatal; una salida potenciada y subvencionada desde este organismo de igualdad. Aunque que no tenemos datos desagregados por sexo del empresariado, consideramos que la incorporación de las TIC a estas empresas creadas por mujeres es una garantía de competitividad y supervivencia. Además es una apuesta por el uso del idioma gallego en Internet e de las soluciones informáticas sostenibles al hacerse utilizando software libre y fomenta la capacitación femenina en las TIC al hacerse dirigido a las empresas lideradas por mujeres.

Actuaciones:

Selección de empresarias beneficiarias y empresas de software a través de publicación en DOG para garantizar la transparencia.

10 incorporación de NTIC a los procesos de gestión interna de la empresa (Contabilidad, recursos humanos...) 10 incorporación de la empresa al comercio electrónico a través de una web. Contactos entre las empresarias y las empresas de software. Elaboración o adaptación del software a las empresas. Formación do personal de las empresas para el uso y mantenimiento del software. Evaluación del proyecto.

Objetivos:

Incrementar el grado de adopción de las TICs en las PEMEs gallegas.

Creación de veinte soluciones TIC dirigidas a las pequeñas empresarias para la mejora da competitividad y productividad empresarial.

2. Medición con indicadores al final del desarrollo.-Objetivos del hogar e inclusión del ciudadano:

Objetivo: Incrementar el uso de las TIC por las empresas.

Indicador: Empresas con página web propia. Valor Galicia 2004 INE: n.d. Valor España 2004: 10,72 %. Valor UE 2004: 27,00 %. Meta 2010: 39,00 %.

Para poder hacer un seguimiento efectivo de los indicadores y poder ajustar las acciones a las oportunidades detectadas, el Ministerio aportará las herramientas y cuestionarios necesarios para este fin.

3. Aportaciones económicas o acciones complementarias.

Año 2007

4. Justificación de las inversiones y su plazo.

Año 2008

Creación 20 páginas web y formación del personal de las empresas:

Diseño y realización e implantación del software: 200.000 €.

Formación das usuarias: 30.000 €. Servicios de proximidad y conciliación: 5.000 €. Evaluación: 10.000 €.

5. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la Actuación.-Servizo Galego de Promoción da Igualdade do Home e da Muller/ Dirección Xeral de Promoción industrial e Sociedade da información.

6. Período de ejecución.-Antes del 31-12-2008.

Actuación 4. Sistema de gestión de la trazabilidad de productos a lo largo de la cadena alimentaria



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 2 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza.

"Resolución de 2 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-18828 publicado el 30 octubre 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-18828
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 octubre 2007
Fecha Pub: 20071030
Fecha última actualizacion: 30 octubre, 2007
Numero BORME 260
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 octubre 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 44197
Pagina final: 44208




Publicacion oficial en el BOE número 260 - BOE-A-2007-18828


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-18828 de Resolución de 2 de octubre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la Adenda al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Pyme digital, en el ámbito del Plan Avanza.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-18828 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *