Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo, en Ribeira (A Coruña).





El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III de la norma citada. El proyecto recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo. Término municipal de Ribeira (A Coruña) se encuentra en el Anexo II por afectar al lugar de Red Natura 2000 Lugar de Importancia Comunitaria (LIC ES1110006) «Complexo húmido de Carrubedo» y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000313) «Complexo litoral de Corrubedo. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:






Orden del día 15 enero 2008

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III de la norma citada. El proyecto recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo. Término municipal de Ribeira (A Coruña) se encuentra en el Anexo II por afectar al lugar de Red Natura 2000 Lugar de Importancia Comunitaria (LIC ES1110006) «Complexo húmido de Carrubedo» y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000313) «Complexo litoral de Corrubedo. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El objetivo del proyecto es la recuperación del sistema dunar del litoral de Corrubedo, en la provincia de La Coruña. Este sistema de dunas, que queda englobado en el Parque Natural del Complejo Dunar de Corrubedo y Laguna de Carregal y Vixan, ha sufrido una degradación de sus valores ambientales en las últimas décadas, reduciéndose la superficie de dunas libres y adquiriendo un alto grado de antropización por la instalación de pasarelas de acceso.

Reducción de la longitud total de caminos y sendas sobre el sistema dunar, pasando de la longitud actual de 20,7 km a un máximo de 5,6 km.

Restricción de los caminos de acceso al sistema dunar y recuperación de las zonas degradadas mediante captadores de arena y plantación de especies autóctonas. Tala de 552 pies de Pinus pinaster sobre una superficie de 9 hectáreas, de un total de 766 ejemplares que crecen en el sistema dunar con el fin de recuperar el hábitat natural del alcaraván (Burhinus oedicnemus) y del chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus). Limpieza del drenaje de la carretera de Corrubedo para reducir la erosión hídrica del sistema dunar de Oliveira, y posterior regeneración de las dunas mediante captadores de arena y plantación de especies autóctonas. Adecuación de la zona de aparcamiento de la playa de A Ladeira y la playa de Vilar y eliminación del aparcamiento de Oliveira. Abastecimiento de agua para duchas en la playa, señalización e introducción de mobiliario urbano en los principales puntos de parada del Parque Natural.

El promotor del proyecto, que también actúa como órgano sustantivo es la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 5 de octubre de 2006 se recibe la documentación ambiental para analizar la necesidad de sometimiento a procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental del proyecto de «Recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo. T.M. de Ribeira (A Coruña)».

Con fecha 26 de enero de 2007 se envían consultas a los siguientes organismos, señalando aquellos de los que se ha recibido respuesta:

Del resultado de las respuestas recibidas con contenido ambiental es destacable lo siguiente:

Protección de la naturaleza.-La Dirección General para la Biodiversidad considera que el análisis realizado por el promotor de las posibles afecciones del proyecto sobre el medio natural se ha realizado de manera adecuada. Estima que en lo referente a la tala de 552 pies de Pinus pinaster sobre una superficie de 9 hectáreas con el fin de recuperar el hábitat natural del alcarabán y del chorlitejo patinegro, la actuación no sólo está justificada sino que además beneficiaría a ambas especies.

Asimismo, considera que los objetivos definidos en la documentación ambiental del proyecto, así como las actuaciones asociadas a dichos objetivos, están relacionados con la gestión del Parque Natural y son compatibles con los objetivos de conservación de la Red Natura 2000. Por último, concluye que no considera necesario someter el proyecto al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental ya que no tendrá repercusiones sobre la biodiversidad. Patrimonio.-La Dirección General de Patrimonio Cultural presenta un informe en el que se detalla una serie de bienes patrimoniales, yacimientos arqueológicos y elementos etnográficos que se encuentran dentro del ámbito de estudio, que pueden verse afectada por las obras. Asimismo, señala que no se puede descartar la posible existencia de yacimientos no detectados hasta el momento. Señala que se deberá incluir los resultados de una prospección arqueológica de las zonas que se verán afectadas por el proyecto, definido a partir de una banda de 200 m tomada desde el límite exterior de las obras. Medio socioeconómico.-El Ayuntamiento de Ribeira expone que la ejecución de la actuación supondrá una saturación de las principales vías de acceso y de los aparcamientos, lo que reducirá la calidad de la visita (dotaciones insuficientes, esperas prolongadas y cortes de tráfico), además de producir un impacto ambiental negativo por la invasión de fincas colindantes con vehículos, provocando pérdida de vegetación, erosión de suelo y apertura de caminos y senderos no deseados.

3. Análisis según los criterios del Anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto.-Las actuaciones a desarrollar en el entorno del Parque Natural de Corrubedo van enfocadas a recuperar los valores naturales de una zona que ha sufrido un continuo deterioro en las últimas décadas. Las actuaciones propuestas por el promotor para recuperar el sistema dunar consisten en la reducción de la longitud de los caminos que transcurren entre las dunas, pasando de los actuales de 20,7 kilómetros a un máximo de 5,6. La instalación de captadores de arena y la plantación especies autóctonas, también se introducirán restricciones en los caminos de acceso a la zona del cordón dunar. Una de las obras de mayor envergadura consistirá en la tala de 552 pies de Pinus pinaster de los 766 que actualmente invaden una superficie de 9 hectáreas en la zona de dunas. La tala se realizará de forma manual para evitar impactos producidos por la entrada de maquinaria pesada en el entorno natural. Esta actuación, según el informe de la Dirección General para la Biodiversidad, contribuirá a la recuperación del hábitat natural del alcaraván y del chorlitejo patinegro al permitir el crecimiento de vegetación dunar. En el sistema de dunas de Oliveira se hará una limpieza del drenaje de la carretera de Corrubedo para permitir la entrada de agua a través de los canales hacia el sistema de dunas y con ello, alimentar pequeñas charcas temporales que se forman en las depresiones del sistema dunar y que pueden ser de interés para diferentes especies de anfibios. En esta zona también se procederá a la regeneración de las dunas mediante captadores de arena y plantación de especies autóctonas. Se van a adecuar las zonas de aparcamientos de las playas de A Ladeira y de Vilar, para consolidar accesos únicos a las playas, lo que requerirá obras de desbroce y pequeños movimientos de tierra. Se eliminará el aparcamiento de Oliveira y se prolongará el paseo de madera a lo largo del mismo hasta el vial que bordea el campo de fútbol. Por último, se procederá al abastecimiento de agua para duchas en la playa y instalará mobiliario urbano en los principales puntos de parada del Parque Natural Ubicación del proyecto.-La zona de actuación del proyecto se encuentra en la costa suroeste, en el municipio coruñés de Ribeira, quedando la totalidad de su superficie localizada dentro de los límites del Parque Natural del Complejo Dunar de Corrubedo y Laguna de Carregal y Vixan. Esta zona de gran valor ecológico también recoge las figuras de protección de Lugar de Importancia Comunitaria (LIC ES1110006) «Complexo húmido de Carrubedo» y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA ES0000313) «Complexo litoral de Corrubedo», y fue incluido en la lista de humedales RAMSAR en 1993 («Complejo de las playas, dunas y lagunas de Corrubedo»). El espacio natural de compone de lagunas y cursos de agua junto a un sistema dunar en el que no existen especies «en peligro de extinción» incluidas en el catálogo nacional de especies amenazadas o en catálogos autonómicos, pero sí especies animales y vegetales que requieren de una protección estricta (Anexo IV de la Directiva de hábitats) como la nutria (Lutra lutra) o el murciélago ratonero grande (Myotis myotis). Características del potencial impacto.-La actuación proyectada se entiende como una serie de medidas de restauración ambiental enfocadas a la recuperación de los valores ecológicos que provocaron su designación como figuras de protección anteriormente citadas. Durante la fase de obra se producirán efectos negativos de escasa envergadura y de carácter puntual como consecuencia de las obras de desbroce y excavación. Se generarán residuos que serán retirados diariamente a vertedero autorizado. La tala de los pies de pino se hará de forma manual para evitar la entrada de maquinaria pesada. La ejecución del proyecto tendrá un carácter positivo sobre la edafología, la fauna, la flora, la hidrología y el paisaje. Las labores de revegetación del sistema dunar y la tala de pinar contribuirán a mejorar el sustrato y recuperar el hábitat de cría del alcaraván y del chorlitejo patinegro, además de suponer un impacto positivo sobre el paisaje. La limpieza del sistema de drenaje longitudinal de la carretera de Corrubedo y la revegetación dunar en las zonas erosionadas por las aguas, recuperará de forma significativa el sistema de Oliveira. La restricción de los caminos de acceso al sistema dunar y la reducción de caminos y sendas sobre éste tendrán también un carácter positivo al minimizar la presión antrópica sobre este ecosistema.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 3 de diciembre de 2007, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelvo No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 4 de diciembre de 2007.-El Secretario general para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo, en Ribeira (A Coruña).

"Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo, en Ribeira (A Coruña)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-738 publicado el 15 enero 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-738
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 enero 2008
Fecha Pub: 20080115
Fecha última actualizacion: 15 enero, 2008
Numero BORME 13
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 enero 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 3027
Pagina final: 3029




Publicacion oficial en el BOE número 13 - BOE-A-2008-738


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-738 de Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Recuperación ambiental en el litoral de Corrubedo, en Ribeira (A Coruña).


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-738 AQUÍ



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