Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza).





El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III de la norma citada. El Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza) se encuentra en este supuesto por encuadrarse en el epígrafe 1.C. del referido anexo II, como «consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas». Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

Contenidos de la Ministerio de Medio Ambiente Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza). del 20071107







Orden del día 07 noviembre 2007

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del Anexo III de la norma citada. El Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza) se encuentra en este supuesto por encuadrarse en el epígrafe 1.C. del referido anexo II, como «consolidación y mejora de regadíos de más de 100 hectáreas». Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

Este Proyecto tiene como objeto la reestructuración de la red de riego en 104 hectáreas, para contribuir al ahorro de agua y al aumento de la eficiencia en su distribución. Las actuaciones que contempla el proyecto son las siguientes:

Instalación de una tubería primaria de riego, de 1.750 m. de longitud, que discurrirá por el mismo trazado que la actual acequia hasta acabar en desagües próximos al río Ebro. Será de tubo de hormigón armado de 800 mm. de diámetro, capaz de transportar un caudal de 350 l/s y contará con medidores automáticos de caudal en la cabecera de la tubería. Instalación de dos tuberías secundarias de riego, con una longitud total de 1.215 m, que discurrirán perpendicularmente a la tubería primaria. Serán de hormigón armado para tuberías de diámetro de 800 mm. o de hormigón en masa para las de 600 mm., capaces de transportar un caudal de 350 l/s y 250 l/s respectivamente, según el tamaño máximo de las parcelas a regar. En las tuberías se intercalarán arquetas de distribución del agua, de modo que el riego será a turnos. También se contempla la instalación de dos tuberías de desagüe con una longitud de 1.060 m. La zona afectada por esta modernización del regadío se encuentra en el término municipal de Pina de Ebro, subperímetro Huerta Vieja (Zaragoza). Se trata de una franja paralela al río Ebro en su margen izquierda, con una extensión de unos 1,9 km. de longitud y 0,55 Km. de anchura media. El promotor del proyecto es SEIASA del Nordeste, S.A. y el órgano sustantivo es la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibió la documentación ambiental enviada por SEIASA del Nordeste, con fecha de 14 de marzo de 2007. Esta Dirección General, a objeto de decidir sobre la necesidad de someter el procedimiento a evaluación de impacto ambiental, solicitó informes de las siguientes entidades, con fecha de 7 de mayo de 2007:

Del contenido de las contestaciones recibidas, se destaca lo siguiente:

La zona ha sido certificada como zona libre de restos arqueológicos, a excepción del yacimiento «Las Aguaderas», para cuya protección el proyecto prevé medidas adecuadas.

Existe una zona de contacto entre la superficie de modernización y el cauce y soto ribereño, incluido como zona 1 del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los «Sotos y Galachos del Ebro», por lo que deberá evitarse que la modernización del regadío suponga una presión para las márgenes del río Ebro o una modificación de la calidad del agua del río en ese tramo.

3. Análisis según los criterios del Anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto:

Se proyecta la modernización de 104 hectáreas de regadío, para lo cual se instalará una red de tuberías de unos 2.965 m. de longitud total. El proyecto es una ampliación de una modificación anterior de los regadíos de la C. R. de la Huerta Vieja Pina de Ebro, actualmente en ejecución.

Las tierras procedentes de la excavación de la cama de las tuberías se amontonarán a un lado y se utilizarán posteriormente para recubrir las tuberías, equilibrando así el balance de tierras exportadas de la zona de actuación. En caso de que existan aún así otros sobrantes de tierras de excavación, éstos se almacenarán en zonas acondicionadas, para su posterior uso en labores de mantenimiento u otros usos en la zona de estudio. Las obras de fábrica procedentes del desmantelamiento de las acequias se llevarán a vertedero autorizado. Las únicas emisiones generadas por el proyecto se producirán durante la fase de obra, como consecuencia de la maquinaria empleada, y tendrán carácter puntual. Durante la fase de explotación del proyecto no se generarán residuos reseñables, puesto que la conducción y distribución del agua se realiza por presión, sin intervención de ningún tipo de maquinaria. El proyecto implanta un sistema de conducción más eficiente que el actual, por lo que el consumo de agua se reducirá, lo que supone una mejora ambiental respecto a la situación actual.

Ubicación del proyecto:

Las actuaciones se desarrollarán principalmente sobre fincas agrícolas de regadío, es decir, sobre un entorno ya alterado y modificado por el hombre de forma notable.

En las proximidades del proyecto de modernización de regadío se localiza el Lugar de Importancia Comunitario LIC «Sotos y Mejanas del Ebro», si bien la distancia a la que se encuentra y las características del proyecto no hacen previsible que se produzca ninguna afección a este lugar de la Red Natura 2000. Al sudeste de la zona de actuación se encuentran bosques de galería de «Populus alba» y «Salix spp.» de destacable interés para la conservación, que además se encuentran incluidos en el ámbito del «Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los Sotos y Galachos del Ebro». El promotor realizó un estudio para comprobar la presencia de náyades en las acequias y canales de la zona. No se encontraron ejemplares de «Margaritifera auricularia», pero sí una notable densidad de «Unio elongatus» (especie incluida en el anexo IV de la Directiva 98/34/CEE) y otras náyades. Todo el término municipal de Pina de Ebro se incluye en el ámbito de actuación del Plan de Conservación del cernícalo primilla («Falco numanni»), si bien en las proximidades de la actuación no se encuentra ningún área crítica para la especie.

Características del potencial impacto:

Los potenciales impactos del proyecto más significativos serían la afección a las náyades, las molestias a la fauna y la pérdida y alteración de vegetación, especialmente del bosque de ribera.

El promotor ha previsto una serie de medidas preventivas y correctoras que contribuyen a evitar y reducir los potenciales impactos de las actuaciones. Una de esas medidas consiste en la realización de un estudio biológico específico de las náyades presentes en la acequia y en proceder, conforme a las recomendaciones que se deriven del estudio, a la recogida de dichas especies y a su transporte y ubicación en un hábitat adecuado, evitando así las posibles afecciones. Con anterioridad a la ejecución del proyecto, se deberá informar al INAGA, para su preceptivo informe, sobre la metodología de prospección y captura de los náyades, del momento de la actuación y de las zonas donde se pretenden liberar. Entre las medidas preventivas planteadas por el promotor, también se incluye la planificación de las obras de manera que de marzo a julio no se realicen las obras que producen mayores molestias a la avifauna, tales como desbroces, circulación de maquinaria y movimientos de tierras. De este modo de mitiga el efecto que las obras pudieran tener sobre la comunidad ornitológica de la zona y, en especial, sobre el cernícalo primilla. Para prevenir el deterioro de la calidad de las aguas del cauce por sólidos en suspensión, se realizará una adecuada gestión de los materiales procedentes de la obra y se mantendrán cerrados los canales de drenaje durante la ejecución de la obra, tal y como se especifica en la documentación aportada por el promotor. Otras medidas previstas en el proyecto incluyen: la delimitación de la zona de obra y de las infraestructuras auxiliares de modo que no afecten a la vegetación de ribera; prospección y seguimiento arqueológico y paleontológico; vigilancia del estado de la red de riego; y reutilización en las obras de los materiales extraídos, entre otras.

Como consecuencia de la ejecución del proyecto se producirá un impacto debido a los residuos que se generarán por la demolición de las acequias existentes y por la necesidad de llevar a cabo un correcto tratamiento de los restos de hormigón que se obtendrán. Al objeto de evitar esta afección, el promotor informa que los materiales resultantes de la demolición de las acequias serán trasladados a zona de acopio, machaqueo y separación de ferralla con el objeto de generar zahorra que podrá ser utilizada en recebos de caminos y vías mediante su extendido y compactación, para lo que SEIASA del Nordeste se coordinará con el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Mediante la aplicación de las medidas propuestas en la documentación enviada por el promotor se minimizan las potenciales afecciones, por lo que los únicos impactos que puedan producirse serán de escasa magnitud y de carácter poco significativo. Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 4 de octubre de 2007, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelvo no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 8 de octubre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza).

"Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza)." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-19318 publicado el 07 noviembre 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-19318
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 noviembre 2007
Fecha Pub: 20071107
Fecha última actualizacion: 7 noviembre, 2007
Numero BORME 267
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 noviembre 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 45903
Pagina final: 45905




Publicacion oficial en el BOE número 267 - BOE-A-2007-19318


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-19318 de Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el Proyecto modificado de modernización del regadío de la Comunidad de Regantes de La Huerta Vieja de Pina de Ebro (Zaragoza).


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-19318 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *