Orden SCO/87/2009, de 13 de enero, por la que, en ejecución de sentencia se modifica la Orden SCO/971/2006, de 17 de marzo, por la que se nombra y se declara en situación de excedencia voluntaria a personal estatutario de la categoría y especialidad de Médicos de Admisión y Documentación Clínica.





Por Orden de 24 de noviembre de 2005, publicada el 30 de noviembre de 2005, se aprobó y publicó la asignación definitiva de destinos de los aspirantes admitidos a la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Admisión y Documentación Clínica, y se convocó el segundo proceso de asignación de destinos.






Orden del día 31 enero 2009

Por Orden de 24 de noviembre de 2005, publicada el 30 de noviembre de 2005, se aprobó y publicó la asignación definitiva de destinos de los aspirantes admitidos a la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Médicos de Admisión y Documentación Clínica, y se convocó el segundo proceso de asignación de destinos.

Por Orden SCO/3906/2005, de 2 de diciembre («BOE» del 16), se nombró personal estatutario fijo y se asignó plazas a los adjudicatarios en el proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario como Médicos de Admisión y Documentación Clínica de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, dependientes del Insalud.

Contra las citadas Órdenes Ministeriales, doña María del Carmen Álvarez Conde interpuso recurso contencioso-administrativo P.A. número 383/2005.

En cumplimiento de dicha Sentencia que declara parcialmente anuladas la Orden de 24 de noviembre de 2005 y la posterior Orden SCO/3906/2005, de nombramiento y asignación de plazas, en el punto relativo al Hospital Clínico de Valladolid, se publicó el día 11 de diciembre de 2008 la Orden de 24 de noviembre de 2008, que modificaba la Orden de 24 de noviembre de 2005, de asignación definitiva de destinos de Médicos de Admisión y Documentación Clínica.

Por Orden SCO/3871/2008, de 17 de diciembre («BOE» de 6 de enero de 2009), se modificó la Orden SCO/3906/2005, de 2 de diciembre («BOE» del 16), nombrando a doña Carmen Álvarez Conde (DNI 9260904) y excluyendo de la misma a doña María Josefa Caldero Cartón (DNI 12228224).

Habiendo finalizado el plazo previsto en la citada Orden de 24 de noviembre de 2008 sin que doña María Josefa Caldero Cartón hay solicitado su participación en el segundo proceso de asignación de destinos de la fase de provisión, y de acuerdo con lo dispuesto tanto en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, como en las bases de la convocatoria, este Ministerio acuerda:

Primero.–Modificar el anexo de la Orden SCO/971/2006, de 17 de marzo («BOE» de 4 de abril), por la que se nombraba personal estatutario fijo como Médicos de Admisión y Documentación Clínica, procediendo a su declaración en situación de excedencia voluntaria a los aspirantes que habiendo superado la fase de selección y participando en la fase de provisión desde la situación de expectativa de destino, no habían sido adjudicatarios de plaza, excluyendo del anexo a doña Carmen Álvarez Conde (DNI 9260904) e incluyendo en el mismo a doña María Josefa Caldero Cartón (DNI12228224).

Segundo.–De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, al personal que se declara por esta Orden en situación de excedencia voluntaria, no le resulta de aplicación la exigencia prevista en el artículo 67.2 del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en orden a la necesidad de que transcurran dos años para solicitar el reingreso.

Tercero. Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante este Ministerio, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de enero de 2009.–El Ministro de Sanidad y Consumo, P. D. (Orden SCO/3712/2008, de 15 de diciembre), el Director General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección, Alberto Infante Campos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Orden SCO/87/2009, de 13 de enero, por la que, en ejecución de sentencia se modifica la Orden SCO/971/2006, de 17 de marzo, por la que se nombra y se declara en situación de excedencia voluntaria a personal estatutario de la categoría y especialidad de Médicos de Admisión y Documentación Clínica.

"Orden SCO/87/2009, de 13 de enero, por la que, en ejecución de sentencia se modifica la Orden SCO/971/2006, de 17 de marzo, por la que se nombra y se declara en situación de excedencia voluntaria a personal estatutario de la categoría y especialidad de Médicos de Admisión y Documentación Clínica." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-1620 publicado el 31 enero 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-1620
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 31 enero 2009
Fecha Pub: 20090131
Fecha última actualizacion: 31 enero, 2009
Numero BORME 27
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 31 enero 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 10729
Pagina final: 10730




Publicacion oficial en el BOE número 27 - BOE-A-2009-1620


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-1620 de Orden SCO/87/2009, de 13 de enero, por la que, en ejecución de sentencia se modifica la Orden SCO/971/2006, de 17 de marzo, por la que se nombra y se declara en situación de excedencia voluntaria a personal estatutario de la categoría y especialidad de Médicos de Admisión y Documentación Clínica.


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