Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente Orden, que figuran en las relaciones de los puestos de trabajo de los Centros a que pertenecen los puestos objeto de la convocatoria, aprobadas por Acuerdos de la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan por la presente Orden podrán ser solicitados por los funcionarios, que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior,
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Orden, que figura en la relación de puestos de trabajo del Centro al que pertenece el puesto objeto de la convocatoria, aprobada por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Interministerial de Retribuciones, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-El puesto de trabajo que se convoca por la presente Orden podrá ser solicitado por los funcionarios, que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Suscrito el 13 de septiembre de 2006, Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Conselleria de Sanidade de la Xunta de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Suscrito el 6 de julio de 2006, Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas), la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
En desarrollo del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto de Salud Carlos III, y la Comunidad de Castilla y León, para establecer el marco de desarrollo de Actividades de carácter científico y técnico.
Suscrito el 6 de julio de 2006, Convenio Específico de Colaboración entre la Consejería de Sanidad, de la Junta de Castilla y León, y el Instituto de Salud «Carlos III», en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.