Resolución de 24 de agosto de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento.





Suscrito el 30 de junio de 2006, acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.






Orden del día 20 septiembre 2006

Suscrito el 30 de junio de 2006, acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de agosto de 2006.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO

Madrid a 30 de junio de 2006.

Reunidos

De una parte: La Sra. doña Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo nombrada por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, B.O.E. de 18 de abril de 2004, con competencia para celebrar contratos y convenios, según consta en el artículo 13.3 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de 14 de abril de 1997.

De otra parte, el Sr. don Francisco Gracia Navarro, como Director del Instituto de Salud Carlos III, nombrado por Real Decreto 1345/2004, de 28 de mayo (BOE n° 130, de 29 de mayo) y en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, y por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, que aprueba el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III.

Exponen

Primero.-El Real Decreto 1555/2004, de 25 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, establece que la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, es el órgano encargado de la elaboración de los sistemas de información, de impulsar planes de salud y programas de calidad en el Sistema Nacional de Salud y de analizar el funcionamiento del sistema sanitario español en comparación con otros sistemas sanitarios.

Segundo.-El artículo 1.1 del Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, aprobado por R.D. 375/2001, de 6 de abril, modificado por el artículo único del R.D. 590/2005 de 20 de mayo, determina que «el Instituto de Salud Carlos III, es un organismo público de investigación con carácter de organismo autónomo, de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado» adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo a través de su titular, cuya misión es desarrollar y ofrecer servicios científico-tecnológicos de la más alta calidad dirigidos al Sistema Nacional de Salud y al conjunto de la sociedad. El Instituto de Salud Carlos III se rige por las disposiciones contenidas en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica; por la Ley 14/1986, General de Sanidad, de 25 de abril; por la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y por su Estatuto, aprobado por Real Decreto 375/2001, de 6 de abril. Tercero.-El Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, determina que al Instituto de Salud Carlos III a través de la Subdirección General de Servicios Aplicados, Formación e Investigación, le corresponde entre otras funciones las siguientes:

1. La formación de los profesionales en el campo de la salud pública a través de los órganos y unidades del Instituto de Salud «Carlos III» y en especial de la Escuela Nacional de Sanidad.

2. Impulsar la creación de redes de formación, multidisciplinares e interdisciplinares, formadas por centros o grupos de formación. 3. Desarrollar e impulsar la formación en línea. 4. Promover y colaborar en el desarrollo de estudios e investigación en el ámbito de la salud pública y la gestión de servicios y ejercer funciones de asesoría nacional e internacional en dichas áreas de actividad.

Así como a través de la Subdirección General de Evaluación y Fomento de la Investigación, las funciones de:

1. La coordinación de las actividades de investigación en ciencias de la salud, en relación con el Plan Nacional de Investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica y con los programas marco de investigación y desarrollo de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología.

2. Las acciones que favorezcan y consoliden la investigación en el Sistema Nacional de la Salud.

Cuarto.-Que la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud es la unidad encargada dentro del Ministerio de Sanidad y Consumo de gestionar y financiar el Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud, instrumento básico para la mejora del sistema sanitario público, es la entidad encomendante, y el Instituto de Salud Carlos III, la entidad encomendada para realizar la gestión de las actividades y servicios objeto de la encomienda.

Quinto.-Que a través de este acuerdo de encomienda de gestión se establece una línea de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoría en el ámbito, de la gestión y de la calidad de la asistencia sanitaria, contribuyendo a la mejora de los servicios sanitarios y a la capacitación de los profesionales. Sexto.-Ambas partes se comprometen a incorporar el patrocinio de Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, en cuantos materiales se produzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas en el marco del presente acuerdo. En particular, se incluirá un ejemplar del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud en la documentación de cada uno de los cursos que se impartan. Séptimo.-Teniendo en cuenta la convergencia de los objetivos y la complementariedad de las acciones programadas, tanto por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud como por el Instituto de Salud Carlos III, y de conformidad con el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 3.1.l) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, adicionado en la misma por el artículo 34.3 del Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, las partes suscriben el presente

Acuerdo

Primero.-Las actividades objeto de la presente encomienda se materializarán en las siguientes áreas, que el Ministerio de Sanidad y Consumo encomienda y el Instituto de Salud Carlos III acepta: 1. Área de Formación Continuada: Oficina de Planificación Sanitaria y Calidad: I. Cursos con relación a las Estrategias de salud.

II. Cursos de capacitación en seguridad de pacientes. III. Cursos relacionados con el gobierno y la gestión clínica. IV. Cursos relacionados con las auditorías docentes en centros de posgrado.

Observatorio de Salud de la Mujer:

I. Cursos de atención a la violencia de género.

II. Cursos de Salud y Genero.

2. Área de investigación:

Observatorio de Salud de la Mujer: I. Proyectos de investigación conjuntos entre la ENS y el OSM.

II. Apoyo metodológico al desarrollo de la investigación en salud y género: desarrollo de habilidades para la investigación y la difusión de los resultados. III. Difusión internacional de los resultados de la investigación sobre salud y género en España: edición y publicación de un monográfico en el JECH. IV. Ayudas para la realización de proyectos de investigación de género en el marco del Plan Nacional de del I + D + I. V. Oficina de Planificación Sanitaria y Calidad. VI. Ayudas para la realización de proyectos de investigación relativos a la calidad y seguridad de pacientes y sobre estrategias en salud: enfermedades no transmisibles de alta prevalencia e impacto y envejecimiento, en el marco del Plan Nacional de del I + D + i.

3. Área de asesoramiento y gestión: Oficina de Planificación Sanitaria y Calidad: Se establecerán mediante demanda del Ministerio de Sanidad y Consumo sobre las siguientes materias: salud pública, políticas de calidad, práctica clínica, auditorías y evaluación externa, políticas de salud, salud pública internacional y administración y gestión de servicios asistenciales.

Instituto de Información Sanitaria: Desarrollo de Sistemas de Información. Observatorio de Salud de la Mujer: Colaboración en las áreas que le son propias al Observatorio. Instituto de Salud Carlos III: Servicios técnicos, materiales, administrativos de apoyo a la gestión de los programas objeto de la encomienda.

Segundo.-El importe total de la encomienda se fija en un máximo de 9.149.897,00 euros, distribuidos conforme a los siguientes presupuestos parciales:

1. Área de Formación: 4.251.257,00 euros. 1.1 Oficina de Planific. Sanitaria: 4.205.657,00 euros.

1.2 Observatorio de Salud de la Mujer: 45.600,00 euros.

2. Área de Investigación: 4. 022.500,00 euros.

2.1 Observatorio de la Mujer: 1.522.500,00 euros.

2.2 Oficina de Planificación y Calidad: 2.500.000,00 euros.

3. Área de Asesoramiento: 697.500,00 euros.

3.1 Oficina de Planific. Sanitaria: 200.000,00 euros.

3.2 Instituto de Información Sanitaria: 370.000,00 euros. 3.3 Observatorio de la Mujer: 127.500,00 euros.

4. Dotación adicional por servicios de Gestión, administrativos y de otra Naturaleza: 178.640,00 euros. Tercero.-Se realizarán dos memorias parciales de desarrollo de actividades por el ISC III, la primera antes del 20 de septiembre y la segunda antes del 20 de diciembre de 2006. Al final del período de vigencia se presentará la Memoria Final con las actividades realizadas.

Cuarto.-El ISCIII pondrá a disposición de esta encomienda los recursos humanos y materiales precisos para cada una de las actividades descritas y aportará los recursos necesarios para su ejecución. Los perfiles de los recursos humanos necesarios se detallan en los anexos. La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos constitutivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Ministerio de Sanidad y Consumo a través de la Agencia de Calidad del Sistema nacional de Salud dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico, den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda, que tiene alcance única y exclusivamente en la gestión de actividades y servicios de carácter científico-técnicos, para lo que el Instituto de Salud Carlos III, se proveerá de los recursos humanos y materiales necesarios. Quinto.-Para la ejecución de la presente Encomienda se constituirá una comisión de seguimiento, paritaria, entre el Ministerio e Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III. La comisión mixta se encargará en la primera semana, una vez formalizada la encomienda de gestión, de establecer las actividades concretas en las que se materializará, con presupuesto de cada una de ellas, y de verificar el cumplimiento del programa acordado durante el año, así como en su caso, de fijar las directrices y criterios generales para el desarrollo de las actividades del siguiente. Sexto.-Este acuerdo de encomienda de gestión se instrumento de acuerdo con el artículo 3.°, puntos 1, l y 2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Por tanto queda regulado por sus normas peculiares aplicándosele los principios de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Séptimo.-La Agencia de Calidad del SNS aportará para la ejecución de este acuerdo de encomienda de gestión la cantidad de 9.149.897,00 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias 26.13 311-O 226.10 y serán transferidas a la cuenta corriente del lSCIII, número 9000/0001/20/020000 911-8 en el Banco de España. Las cantidades previstas tienen el carácter de máximas. Octavo.-El presente acuerdo de encomienda de gestión entrará en vigor el día siguiente al de su firma, concluyendo su plazo de ejecución con la entrega de la memoria final, lo que se realizará en el primer semestre del año 2007. A la entrega de la primera memoria de actividad (20 de septiembre de 2006), se abonará el 50% del presupuesto total que asciende a la cantidad de 4.574.948,50 euros. El 20 de diciembre de 2006, previa entrega de un informe-resumen de todas las actividades realizadas se abonará el 50% restante. En ambos casos será requisito previo al pago la recepción conforme, por parte de la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, de las memorias de actividad vinculadas a los mencionados pagos. En el primer semestre del año 2007, el Instituto de Salud Carlos III entregará un informe final y conclusiones, sin que esta actividad de lugar a liquidación económica alguna. Noveno.-Los compromisos establecidos en esta encomienda pueden ser cancelados por mutuo acuerdo escrito de las partes, en las condiciones que ambas estipulen. Décimo.-En prueba de conformidad firman el presente Acuerdo de encomienda de gestión en el lugar y fecha indicados.-Firmado.-La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado Méndez.-El Director del Instituto de Salud Carlos III, Francisco Gracia Navarro.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Resolución de 24 de agosto de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento.

"Resolución de 24 de agosto de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-16483 publicado el 20 septiembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-16483
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 septiembre 2006
Fecha Pub: 20060920
Fecha última actualizacion: 20 septiembre, 2006
Numero BORME 225
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 septiembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 33073
Pagina final: 33075




Publicacion oficial en el BOE número 225 - BOE-A-2006-16483


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-16483 de Resolución de 24 de agosto de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al acuerdo de encomienda de gestión entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de Salud Carlos III, para el desarrollo de actividades de formación, investigación y asesoramiento.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-16483 AQUÍ



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