Resolución de 27 de agosto de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia.





Suscrito el 2 de agosto de 2007, Convenio específico para el año 2007 del Protocolo General de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.






Orden del día 12 septiembre 2007

Suscrito el 2 de agosto de 2007, Convenio específico para el año 2007 del Protocolo General de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 27 de agosto de 2007.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

En Madrid, a 2 de agosto de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 961/2007, de 6 de julio (B.O.E. del 9), en representación del Gobierno de la nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998, sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas (B.O.E. del 16), de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De otra, la Excma. Sra. doña María José Rubio Vidal, Conselleira de Sanidad de la Xunta de Galicia y Presidenta del Servicio Gallego de Salud (SERGAS), actuando en nombre y representación de la Consellería de Sanidad y del SERGAS, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 45/2006, de 23 febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, en el Decreto 46/2006, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del SERGAS, y en el acuerdo adoptado por el Consejo de la Xunta de Galicia de 27 de marzo de 1991, hecho público por medio de resolución de la Consellería de Economía y Hacienda, de fecha 8 de abril de 1991 (DOG n.º 82, del 30).

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Xunta de Galicia suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.-Que la actuación de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia en el año 2007 se concretará en el desarrollo de los programas:

Implantación del protocolo del indicador de urgencias en consumidores de sustancias psicoactivas en área sanitaria de Santiago. Fase I: 20.800,00 €.

«CREATIVE»: Programa de prevención selectiva e indicada del consumo de alcohol, cannabis, cocaína y otras drogas en espacios urbanos públicos: 70.000,00 €. Programa de atención jurídico social al drogodependiente con problemática legal asociada (PAJS): 180.000,00 €. Evaluación multimodal de los programas de tratamiento para dependencias a psicoestimulantes: 20.000,00 €. Programa de formación en habilidades para el manejo del paciente cocainómano para profesionales de la red gallega: 20.000,00 €. Algo que deberías saber sobre la cocaína: 50.000,00 €.

Segundo.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 25 de abril de 2.007, con un total de 360.800,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos. Cuarto.-Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia durante el ejercicio 2007. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Sexto.-El presente Convenio queda excluido de la aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 3.1.c del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa. Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.-La Conselleira de Sanidad de la Xunta de Galicia, María José Rubio Vidal.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Sanidad y Consumo

Resolución de 27 de agosto de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia.

"Resolución de 27 de agosto de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-16249 publicado el 12 septiembre 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-16249
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 septiembre 2007
Fecha Pub: 20070912
Fecha última actualizacion: 12 septiembre, 2007
Numero BORME 219
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Sanidad y Consumo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 septiembre 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 37383
Pagina final: 37383




Publicacion oficial en el BOE número 219 - BOE-A-2007-16249


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-16249 de Resolución de 27 de agosto de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Junta de Galicia.


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