BARCELONA
BARCELONA - TRIBUNALES MILITARES TERRITORIALES / TRIBUNALES MILITARES TERRITORIALES / 14 diciembre, 2018 14 diciembre, 2018
En virtud de lo acordado por este Tribunal Militar Territorial Tercero de Barcelona en los autos del procedimiento Diligencias Preparatorias núm. 31/ 12/ 11, por el presente se procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Procesal Militar, artículo 166 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a requerir a D. Darío Mainar Flores (DNI. 48.520.501 T), para que en el plazo de diez días, efectúe el pago de la cantidad de dos mil ciento treinta euros (2130,00 €) en concepto de honorarios por los servicios profesionales prestados por su abogado en las Diligencias Preparatorias 32/ 5/15, tal y como consta en la minuta que consta unida en el citado procedimiento y que radica en este Tribunal Militar.
En el mismo plazo de diez días, si a su derecho conviniera podrá impugnar fundadamente los honorarios expresados por indebidos o excesivos. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera procedido al pago requerido o impugnados los honorarios, se iniciará la vía de apremio.
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar Territorial como Diligencias Preparatorias núm. 32/ 13/11, seguidas contra D. Nelson David Ramírez Carrasco, se ha dictado el auto de fecha 22 de octubre de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"La Sala acuerda: el embargo de la cuenta de ahorro de la entidad bancaria BANKIA, S.A., cuyo número de identificación es 2038-xxxx-xx-xxxxxxxxxx y de la que es único titular D. Nelson David Ramírez Carrasco (DNI. 6817516 V) y en la que se dispone de saldo suficiente para hacer frente al pago de la cantidad adeudada, cuyo importe es de setecientos setenta y cinco euros y cincuenta y un céntimos de euro.
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona)
En el Procedimiento seguido contra el exsoldado don Luis Eduardo Gallego Alzate con NIE X6298801K, en este Tribunal Militar como Diligencias Preparatorias núm. 32/18/11 se ha dictado el Auto de fecha 24-05-18, cuya parte positiva es del tenor literal siguiente:
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona)
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar como Diligencias Preparatorias núm. 32/ 13/11, se ha dictado el Auto de fecha 20 de junio de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona)
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar Territorial como Diligencias Preparatorias núm. 32/ 113/07, seguidas contra D. Jonathan Toste Hernández, se ha dictado el Auto de fecha 19 de octubre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona).
En el Procedimiento seguido contra el exsoldado don Manuel Rodríguez Paz, en este Tribunal Militar como Diligencias Preparatorias núm. 32/07/11, se ha dictado Auto de fecha 14 de febrero de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona)
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar Territorial Tercero como Diligencias Preparatorias núm. 32/ 13/11, se ha dictado el Auto de fecha 23 de febrero de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar como Jura de Cuentas correspondiente a las Diligencias Preparatorias núm. 32/ 13/11, se ha dictado el Decreto de 20 de diciembre de 2017, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"La Secretario Relator mediante el presente DECRETO dispone:
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En el procedimiento seguido contra el exsoldado D. Nelson David Ramírez Carrasco, en este Tribunal Militar como Diligencias Preparatorias núm. 32/13/11, se ha dictado Auto de fecha 05 de diciembre de 2017, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Tribunal Militar Territorial Tercero (Barcelona)
En el procedimiento seguido en este Tribunal Militar como Diligencias Preparatorias núm. 32/07/11, se ha dictado el Auto de fecha 16 de noviembre de 2017, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: