Sentencia de 16 de mayo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el punto 2 del artículo 7 del Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación».





En el recurso contencioso-administrativo 62/2004, interpuesto por la representación procesal de la Confederación Sindical Euzco Langilleen Alkartasuna, Solidaridad de Trabajadores Vascos, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 16 de mayo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

Contenidos de la Tribunal Supremo Sentencia de 16 de mayo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el punto 2 del artículo 7 del Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación». del 20060807







Orden del día 07 agosto 2006

En el recurso contencioso-administrativo 62/2004, interpuesto por la representación procesal de la Confederación Sindical Euzco Langilleen Alkartasuna, Solidaridad de Trabajadores Vascos, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 16 de mayo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Confederación Sindical Euzco Langilleen Alkartasuna, Solidaridad de Trabajadores Vascos, que actúa representada por el Procurador D.ª Rosina Montes Agusti, contra el Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, debemos anular el citado Real Decreto en el particular que en su artículo 7 punto 2 dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación», por no ser en ello ajustado a derecho al alterar y restringir los términos del artículo 8 de la Ley 28/2003, de 29 de septiembre. Sin que haya lugar a expresa condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Presidente: Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho; Magistrados: Excmo. Sr. D. Mariano Baena del Alcázar; Excmo. Sr. D. Antonio Martí García; Excmo. Sr. D. Santiago Martínez-Vares García; Excma. Sra. D.ª Celsa Pico Lorenzo.



Datos oficiales del departamento Tribunal Supremo

Sentencia de 16 de mayo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el punto 2 del artículo 7 del Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación».

"Sentencia de 16 de mayo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el punto 2 del artículo 7 del Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-14356 publicado el 07 agosto 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-14356
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 07 agosto 2006
Fecha Pub: 20060807
Fecha última actualizacion: 7 agosto, 2006
Numero BORME 187
Seccion: 1
Departamento: Tribunal Supremo
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 07 agosto 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 29624
Pagina final: 29624




Publicacion oficial en el BOE número 187 - BOE-A-2006-14356


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-14356 de Sentencia de 16 de mayo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el punto 2 del artículo 7 del Real Decreto 337/2004, de 27 de febrero, que desarrolla la Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que dispone «que deberán nombrar dos representantes por cada uno de los dos sindicatos que tenga acreditada mayor implantación».


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-14356 AQUÍ



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