Resolución de 22 de abril de 2009, del Consejo Insular de Ibiza y Formentera (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia.





La Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Ibiza y Formentera, en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:






Orden del día 12 mayo 2009

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-artístico de Ibiza y Formentera, en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Expediente 16/09. Declaración como bien de interés cultural con la tipología de lugar de interés etnológico, sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia. Incoación del expediente administrativo.»

Sa Caleta, es una pequeña cala natural en la desembocadura de un torrente en la costa sur/sur-oeste de la isla de Ibiza, entre la punta y el monte des Jondal y la playa des Codolar, término municipal de Sant Josep de sa Talaia que presenta unos rasgos y unas características singulares.

En este sentido, el técnico de Patrimonio Histórico ha evacuado informe-memoria de fecha 22 de enero de 2009, con documentación gráfica y planimetrica donde se propone la figura de bien de interés cultural con la tipología de lugar de interés etnológico.

Vista dicha memoria y el resto de la documentación que se encuentra en el expediente.

Dados los artículos 5 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears.

Vista la propuesta de la Ponència Tècnica de Patrimoni Históricartístic acordada en sesión de día 18 de febrero de 2009.

Sobre la base de todo lo anterior, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Historico-artístico (CIOTUPHA), en la sesión del día 3 de marzo de 2009, adopta el siguiente acuerdo:

1. Incoar el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural, con la tipología de lugar de interés etnológico, sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia. La descripción y la localización del BIC que se incoa figura en los anexos que se adjuntan y forman parte integrante del presente acuerdo.

2. Publicar este acuerdo en el BOIB y en el BOE y notificarlo a los interesados, al Ajuntament de Sant Josep de sa Talaia y al Govern de les Illes Balears.

3. Comunicar el acuerdo de incoación al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Illes Balears del Govern de les Illes Balears.

4. Inscribir el acuerdo de incoación en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural.

5. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

La incoación del procedimiento comportará la aplicación del régimen de protección establecido para los bienes ya declarados de interés cultural.»

Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad con lo que establecen el artículo 7 y siguientes reguladores del procedimiento de declaración de bienes de interés cultural de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears.

Eivissa, 22 de abril de 2009.-La Consejera Ejecutiva del Departamento de Política Patrimonial y Agrícola, Margalida Torres Planells.

ANEXO I

1. Justificación

Es objeto de la presente memoria la declaración del puerto de sa Caleta como bien de interés cultural con la tipología de lugar de interés etnológico, por las razones que más adelante se expondrán.

En este sentido, debe adelantarse que se trata de un bien completamente vivo y activo, en un proceso permanente de evolución y de transformación que es necesario regular. Se trata, además, de una de las agrupaciones más importantes de Eivissa de casetas y varadores tradicionales.

En este sentido, cabe recordar que otros lugares de las islas Pitiusas, no siempre más significativos que éste, ya cuentan con un expediente de esta categoría.

2. Situación geográfica y topografía

Sa Caleta está en la costa sur/sur-oeste de la isla de Eivissa, entre la punta y el puig des Jondal y la playa des Codolar.

Con este diminutivo es conocida una pequeña cala natural en la desembocadura de un torrente, ya prácticamente extinguido, excepto en días de lluvias torrenciales, cuyo lecho se adentra en el llano des Jondal.

Sa Caleta esta enmarcada por la parte meridional de la sierra d’en Palleu, por el lado de tramontana, y la península conocida como sa mola de sa Caleta, por el de mediodía.

Actualmente, su acceso es cómodo y directo, al coger la carretera asfaltada que comunicaba el aeropuerto de Eivissa y la cueva Santa.

Las coordenadas UTM al centro de la orilla de la cala son las siguientes:

Y 4303722.92

X 355634.55

El lugar que se pretende declarar se implanta entre los 0 y 4 m snm.

3. Descripción física del bien

3.1 El lugar: Si alguien explica la preferencia de sa Caleta como un lugar de varada de pequeñas embarcaciones de pesca tradicionales, es, sin duda, la estrategia topográfica y geográfica del lugar. En efecto, su fácil acceso y su buena comunicación –hechos ya mencionados más arriba– lo convierten en un punto preferente frente a otros en que estos rasgos son más problemáticos.

Ésta es probablemente la razón del número tan elevado de casetas y varadores con que cuenta este lugar.

A pesar de todo, hay que advertir que la mencionada accesibilidad fue más viable, desde la vulgarización y la generalización de los vehículos a motor, ya que, como se explica en la memoria histórica, antes de los años 60-70 del siglo XX el núcleo tradicional de sa Caleta no ofrecía características, ni diferenciales ni cuantitativos remarcables en relación con muchos de otros de la isla de Eivissa.

En cualquier caso, el lugar o paraje está en el tramo de costa conocido propiamente como sa Caleta. Ésta tiene una parte de pendiente bastante suave casi a la altura del nivel del mar que es el lecho del torrente. Un hecho que también se observó cuando se hizo el estudio del establecimiento fenicio fue el desecamiento casi total de este torrente, que sin duda se ha acentuado incluso más los últimos años.

Esto, en la práctica y por lo que hace a las casetas y a los arriaderos, ha tenido el efecto de permitir este tipo de instalación fija en la misma cala, cosa que, como se verá después, no sucedía antes de los años 60 del siglo XX.

A parte de la cala y el torrente comentados, el lugar donde se instalan las casetas y los arriaderos son los tramos de costa inmediatos, ambos rocosos. Dichos tramos, en al misma costa, estaban erosionados por el mar como acantilado bajo, y se habían formado algunas covachas naturales, que, para poder implantarles las casetas, han sido aprovechadas y agrandadas artificialmente.

3.2 Las instalaciones y las construcciones: Se ha considerado oportuno incluir una descripción general de las instalaciones y las construcciones existentes a sa Caleta, pero como un primer paso, de cariz más bien informativo y general, ya que la filosofía de la presente memoria, como se dirá después, es poner el acento sobre el lugar o paraje, descrito más arriba y dejar un análisis profundizado para un futuro plan especial de protección.

A día de hoy, las casetas y los arriaderos rodean completamente la cala.

Por el lado de poniente se sitúan las que, puede afirmarse con seguridad, son las casetas más antiguas y, en diversas de ellas, todavía se aprecia su construcción tradicional de mampostería de piedra y mortero de barro.

Arrimadas unas con las otras y todas ellas con arriaderos, forman una unidad constructiva yuxtapuesta en batería, totalmente compacta y coherente. Esta unidad es sólo roto por uno o dos almacenes modernos construidos en el acantilado en una posición más alta.

En la parte sur de la costa de levante, igualmente tiene lugar un sistema constructivo similar. Aquí algunas de las casetas conservan una parte de su piedra original vista y, no solo esto, se observan diversas que todavía se mantienen, con reposición anual, los techos originales de arcilla.

Efectivamente, algunas de las casetas de este sector de sa Caleta están hechas con bloque macizo. No se debe olvidar, en el sentido mencionado, que el bloque se introdujo en la isla los años 30 del siglo XX. Es la misma técnica que, sola o combinada con la piedra, afecta a todas las instalaciones militares de la batería de costa de principio de los años 40 y muchos de los molinos del llano vecino de Sant Jordi a partir de ese momento.

Efectivamente, algunas de las casetas de este sector de sa Caleta están hechas con bloque macizo. No se debe olvidar, en el sentido mencionado, que el bloque se introdujo en la isla los años 30 del siglo XX. Es la misma técnica que, sola o combinada con la piedra, afecta a todas las instalaciones militares de la batería de costa de principio de los años 40 y muchos de los molinos del llano vecino de Sant Jordi a partir de ese momento.

En cuanto al núcleo central, las casetas –las de la cala propiamente dichas– forman también una línea curvada continua y coherente. Como no podía ser de otro modo, según el tiempo (en los años 70 y 80 en que fueron construidas) son de bloque vacío de hormigón. Tienen también porchadas y arriaderos. La más próxima al sector de poniente está íntegramente hecha de tablas de madera.

Pero, todo y la «modernización» constante de las instalaciones de sa Caleta, este lugar tiene todavía un poder inmenso de evocación.

4. Datos históricos

El primer documento gráfico del que se ha podido disponer a la hora de redactar la presente memoria es el plano del proyecto de instalación de la batería de costa N-52 en la mola de sa Caleta. Este documento militar, procedente de los archivos del ejército, esta datado del año 1940 y refleja ya la existencia en el tramo de costa acantilada inmediata en el lado de poniente de sa Caleta de un total de 14 casetes, agrupadas en seis módulos diferentes, a muy poca distancia una de las otras.

Posteriormente hay otros documentos gráficos de interés, el primero nuevamente es un plano relacionado con la batería militar. Éste es del año 1956 cuando, a causa del desprendimiento del acantilado de poniente de la península, hubo de sustituirse la estructura telemétrica de control de tiro de los dos Vichers 101,6 mm y refleja la misma situación.

Debe observarse que ninguno de los dos planos no alcanza toda la costa de sa Caleta, solo su parte de poniente. Asimismo, toda la área de la cala reflejada se observa libre de este tipo de instalación.

El segundo, en cambio, es una de las fotografías del famoso vuelo de 1956 (el mismo año que el segundo de los planos mencionados) de la USAF (United States Air Force). La imagen, pero, al haber sido tomada en blanco y negro y desde una considerable altura, no deja ver con nitidez todos los detalles que serian deseables.

A pesar de todo, la dicha fotografía permite constatar un hecho importante y es que, entonces, solo existían las casetas y los arriaderos en la costa de poniente de la cala, de las cuales ya se ha hablado. El resto del espacio, que hoy ya esta completamente ocupado por elementos de este tipo, aparece completamente libre, tanto todo el sector de la misma cala y el lecho del torrente, como la costa rocosa de levante.

Los datos anteriores coinciden en grandes rasgos con la información obtenida de la Demarcación de Costas. Efectivamente, se ha podido disponer de un plano oficial del MOPU/Dirección General de Puertos y Costas, que lleva por título «Plan de ordenación de la costa y playas de la isla de Ibiza para el estudio de posible aprovechamiento por casetas varadero».

Este plano, que lleva la fecha de noviembre de 1981, no sólo refleja todas las casetas de sa Caleta existentes, entonces, sino que también da una serie de características constructivas y, lo que es tanto o más interesante, su anterioridad, o no, en relación con el deslinde vigente entonces, es decir, que había sido aprobado por Orden ministerial, el 3 de octubre del año 1969.

El total de casetas que se refleja en el dicho plano es de sesenta y cuatro, de las cuales la gran mayoría contaba con arriadero fijo de madera. Del resto, cabe suponer que o bien se trataba de almacenes, o bien los barcos eran entrados y sacados del mar por otros medios.

Por otro lado, un documento que acompaña la mencionada planimetría ofrece datos no menos importantes, como ahora el nombre del usuario, la situación administrativa, el plazo de concesión, la fecha de construcción cuanto a su anterioridad o posterioridad al deslinde del año 1969, el sistema constructivo, en el que figuran conceptos bastante claros como: fabrica de bloques de hormigón con enlucido o no, mampostería y madera.

Como síntesis, el desembarcador tradicional moderno de sa Caleta parece tener la siguiente historia:

El núcleo más antiguo y originario de casetas y arrideros era exclusivamente en la costa de poniente de la Mola. Estas casetas estaban construidas con muro de mampostería de piedra y la mayor parte de ellas disponían de arriaderos de madera. No hay datos, en cambio, de cuando se instalaron por primera vez estas casetas, ni cual es su historia previa, que podría remontarse a tiempos muy anteriores.

Un segundo estadio, posterior a esta fecha, pero anterior a 1969, fue la formación de otro núcleo en la costa opuesta de sa Caleta, es decir el tramo rocoso que cierra por levante la cala. Este nuevo núcleo también tuvo su evolución, que se refleja, en este caso, también con la técnica constructiva y que constaba básicamente de casetas hechas de piedra.

Se deduce de los datos anteriores que, en la costa de levante, las primeras que se construyeron estaban en el lado sur, no sólo son las que en la documentación de costas constan como anteriores al deslinde, sino que también son elementos hechos con mampostería de piedra.

Entre 1968 y 1981, con nuevas casetas y arriaderos, se fue llenando el espacio libre entre los dos núcleos, incluso ocupando casi completamente la cala, donde queda expedida una simple zona de paso.

El plano de 1981 en realidad refleja una situación, sino idéntica, si muy próxima a la actual por lo que hace el número de casetas y arriadores así como sus características. Lo que ha cambiado, sobre todo, son las modificaciones y las modernizaciones hechas sobre construcciones ya existentes, en el transcurso de los últimos años.

De hecho, las placas fotovoltaicas son ya una característica de las construcciones.

5. Estado de conservación

El estado de conservación del desembarcador de sa Caleta, en cuanto a instalaciones de este tipo, tiene que cualificarse globalmente de muy bueno y en un estado de mantenimiento constante de todas las unidades por parte de sus respectivos usuarios.

Se entiende que una serie de elementos menores tendrían que ser sometidos al dictamen y el estudio más profundizado y puntual de un plan especial de protección. En todo caso, pero, se trata de situaciones del todo reversibles que no disminuyen el valor etnológico y patrimonial del espacio.

6. Propuesta

En otros expedientes similares al presente, ya se dejó clara la intención y el trasfondo de este tipo de protecciones. Por las características, aunque absolutamente vivas, del bien que se pretende proteger, la figura adecuada, sin duda, es la de bien de interés cultural/ lugar de interés etnológico.

Ya se advirtió, también, que la tipología de esta clase de BIC estaba definida textualmente en la Ley 12/98 como «lugar o paraje natural con construcciones o instalaciones vinculadas a formas de vida, cultura y actividades tradicionales del pueblo de las islas Balears que merezcan ser preservados por su valor etnológico»:

Por esto, no es el objeto primordial la declaración (o la exclusión) de casetas concretas o arriaderos sino la protección de este «lugar» o «paraje» natural con construcciones o instalaciones vinculadas a formas de vida, cultura, y actividades tradicionales«.

Quiere esto decir, que es el «lugar» o «paraje» natural el que se propone declarar, porque es el verdadero marco de las actividades de interés patrimonial y no, simplemente (o no solo), las construcciones o instalaciones vinculadas a formas de vida, que se debe entender incluidas, a expensas, pero, que un Plan Especial de protección, necesario y preceptivo en este caso, regule finalmente todas las situaciones y prevenga, si cabe, a prevenir las medidas correctoras adecuadas.

Por todo esto, el técnico que suscribe eleva a superior criterio la propuesta de declarar el «paraje» de sa Caleta como bien de interés cultural/lugar de interés etnológico.

Es este sentido, deberá ser delimitado el espacio costero donde han tenido y tienen lugar las actividades tradicionales y dotarlo de un entorno de protección.

7. Alcance de la declaración

El área BIC/lugar de interés etnológico se refleja en plano adjunto, señalada en trama gris continua, con la observación que se justifica plenamente con todo el contenido de la presente memoria.

Dado el hecho que el BIC esta rodeado de zonas protegidas (entre las cuales, incluso las declaradas patrimonio de la humanidad), no se fija entorno de protección.

ANEXO II

Planimetría que consta en el expediente.



Datos oficiales del departamento Administración Local

Resolución de 22 de abril de 2009, del Consejo Insular de Ibiza y Formentera (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia.

"Resolución de 22 de abril de 2009, del Consejo Insular de Ibiza y Formentera (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-7939 publicado el 12 mayo 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-7939
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 mayo 2009
Fecha Pub: 20090512
Fecha última actualizacion: 12 mayo, 2009
Numero BORME 115
Seccion: 3
Departamento: Administración Local
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 mayo 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 40849
Pagina final: 40854




Publicacion oficial en el BOE número 115 - BOE-A-2009-7939


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-7939 de Resolución de 22 de abril de 2009, del Consejo Insular de Ibiza y Formentera (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración de bien de interés cultural de sa Caleta, Sant Josep de sa Talaia.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-7939 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *